Corte avala que parejas homosexuales adopten hijos en todo el país

Por  Staff Puebla On Line | Publicado el 11-08-2015

 

La Jornada informa que con el voto en contra del ministro Eduardo Medina Mora, el pleno de la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) estableció que las sociedades de convivencia, entre parejas del mismo sexo o heterosexuales, conforman un modelo de familia reconocido por la Constitución y que por tanto tienen el derecho a la adopción, así como a compartir o encomendar la patria potestad, guardia y custodia de los hijos menores del otro convivente.

Al declarar la invalidez del artículo 19 de la Ley Regulatoria de Sociedades Civiles de Convivencia del Estado de Campeche, cinco de los diez ministros presentes en la sesión señalaron que la norma era inconstitucional porque implícitamente estaba dirigida a impedir que las parejas homosexuales adoptaran.

La mayoría consideró que el artículo violaba el interés superior del menor al prohibir que los menores se integraran en una familia.

El ministro presidente Luis Maria Aguilar, Juan N. Silva Meza, Olga Sánchez Cordero y Alfredo Gutiérrez Ortiz Mena coincidieron en que el citado artículo era discriminatorio fundamentalmente porque pretendía excluir a los homosexuales de su derecho a integrar una familia a través de las sociedades de convivencia, similar al matrimonio o concubinato, y por ende se les negaba el derecho a adoptar.

En tanto que, José Ramón Cossío, Jorge Pardo Rebolledo, Alberto Gelacio Pérez Dayán y Fernando Franco señalaron que la norma era inválida porque impedía a las sociedades de convivencia, independientemente de su integración, se les impedía el derecho a formar una familia.

Afirmaron que el tema iba a más allá de violar los derechos de las parejas homosexuales, que era un acto discriminatorio general.

Incluso, Fernando Franco sostuvo que pudiera el caso de que parejas “asexuales” formaran sociedades de convivencia y que por tanto, la resolución no se podía limitar al tema de la preferencia sexual.

En todo caso, nueve de los diez ministros presentes votaron por la invalidez total de la norma, ante la ausencia de la ministra Margarita Luna Ramos, quien no asistió por una encomienda oficial.

Fuente: http://www.jornada.unam.mx/ultimas/2015/08/11/parejas-gay-y-heterosexuales-pueden-adoptar-determina-la-corte-623.html

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