SCJN notifica el Congreso de Puebla que debe reformar Código Electoral

Por  Marisol Córdoba | Publicado el 27-11-2015

 

El Congreso local recibió la notificación  de la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) de la sentencia  de  declaración de inconstitucionalidad a los candados impuestos a las candidaturas independientes, se trata de modificar siete artículos del Código de Instituciones y Procesos Electorales del Estado de Puebla (Coipeep). 

Esto por las inconformidades del PRI, Morena y Movimiento Ciudadano contra las reformas  en materia electoral aprobadas por el Congreso local el pasado 22 de agosto. 

El presidente de la Junta de Gobierno y Coordinación Política del Congreso, Carlos Martínez Amador, informó que las modificaciones a la ley electoral local las tendrán que hacer hasta antes del 15 de diciembre, fecha en el que concluye el tercer periodo de sesiones. 

Entre las modificaciones se encuentran: la permanencia del Secretario Ejecutivo del OPLE hasta el 2019. 

También el  artículo 201 Ter, Apartado A, párrafo segundo, fracción IV y Apartado C, fracción II, del Código Electoral que exige a los electores  apersonarse en el INE para ratificar sus firmas de apoyo a los candidatos independientes. 

Asimismo tendrán que modificar el  artículo 201 Ter, apartado C, fracción IV, que establece un periodo de 20 días para que los aspirantes a candidaturas independientes recaben las firmas de apoyo, pues la Corte consideró que es poco tiempo. 

De igual manera el artículo 201 Quater fracción I que marca un 3 por ciento del padrón electoral como requisito para acceder a una candidatura independiente que tendrá que ser modificado y tomar como base la lista nominal. 

Además el  periodo de precampañas que establece el artículo 200 Bis, Apartado B, fracción II, párrafos primero y segundo y la fracción IV, periodo que se tendrá que ampliar de los 10 días que se establecen actualmente. 

 

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