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¡Entérate! El SAT podrá cancelar tu RFC por estas razones

¡Entérate! El SAT podrá cancelar tu RFC por estas razones

Cédula de identificación fiscal

Por inactividad o detectar irregularidades, el Servicios de Administración Tributaria (SAT) podrá cancelar el Registro Federal de Contribuyentes (RFC).

Los legisladores federales aprobaron cambios al Código Fiscal de la Federación (CFF), como añadir seis causales para retirar el RFC a los contribuyentes.

El decreto publicado en el Diario Oficial de la Federación (DOF) modificó al artículo 27 del CFF, para cancelar claves de contribuyentes por:

· No presentar declaraciones en los últimos cinco ejercicios fiscales

· No aparecer en declaraciones de terceros

· No emitir Comprobantes Fiscales Digitales (CFDI)

· No presentar avisos ante el RFC

· No contar con créditos fiscales pendientes

· En caso de fallecimiento del contribuyente

Otros cambios al artículo 27 fueron que el SAT podrá negar la inscripción al RFC por mantener observaciones fiscales, sin atender.

El fisco mexicano reiteró en la misiva que las nuevas disposiciones fiscales aplicarán para personas físicas y morales.

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