Ícono del sitio Puebla Online

Tribunal anuló condena contra ex comandante por tortura a Lydia Cacho

Tribunal anuló condena contra ex comandante por tortura a Lydia Cacho

Un tribunal colegiado anuló la sentencia de siete años de cárcel que se había impuesto al excomandante Juan Sánchez Moreno, al considerar que no existen pruebas sólidas que demuestren su implicación en el caso de tortura contra la periodista Lydia Cacho Ribeiro.

La resolución fue tomada por unanimidad por el Tercer Tribunal Colegiado en materia penal con sede en Quintana Roo, que otorgó un amparo liso y llano a Sánchez Moreno, quien formó parte de la Unidad Especializada en Cumplimiento de Mandamientos Judiciales de la entonces Policía Judicial de Puebla.

En consecuencia, ordenó que en un plazo máximo de 24 horas se emita una sentencia absolutoria en su favor.

“No se presentó ninguna prueba que destruya de forma contundente el principio de presunción de inocencia ni que demuestre de manera clara y sin duda que el quejoso haya ordenado a otras personas llevar a cabo actos de tortura contra la periodista. Más aún, considerando que las acciones que los peritos identifican como actos de tortura fueron ejecutadas por otros individuos, y no existe evidencia que vincule al acusado como quien los utilizó para perpetrar el delito”, señaló el tribunal.

EL CASO

Lydia Cacho denunció haber sido detenida y trasladada de Cancún a Puebla en 2005, luego de haber revelado una red de pederastia.

En 2018, la Fiscalía Especial para la Atención de Delitos contra la Libertad de Expresión (FEADLE) inició acciones legales contra Juan Sánchez Moreno y otras seis personas, entre ellas el exgobernador Mario Marín y el empresario Kamel Nacif, por su presunta responsabilidad en el delito de tortura.

En mayo de 2019, se dictó auto de formal prisión contra Sánchez Moreno y, en enero de 2020, un juez federal lo condenó a 5 años y 3 meses de prisión. Esta sentencia fue ratificada y ampliada por un tribunal de apelación en abril de 2021, elevando la pena a 7 años y 6 meses, además de imponerle 15 años de inhabilitación para ocupar cargos públicos.

El acusado presentó un amparo directo (expediente 76/2022), el cual fue resuelto el pasado 4 de julio por el Tercer Tribunal Colegiado, que concluyó que no se acreditó su responsabilidad penal en los hechos y que no había pruebas suficientes para demostrar que actuó como autor mediato, es decir, que ordenó o utilizó a otros para cometer el delito.

“El tribunal colegiado, al analizar el caso en suplencia de la queja, determina que no se probó la responsabilidad penal de Juan Sánchez Moreno”, concluye la resolución.

Con información de La Jornada y Milenio

Salir de la versión móvil