Médicos del Hospital General de Subzona número 10 (HGSZ-10) del Instituto Mexicano del Seguro Social (IMSS), en Puebla, vulneraron los derechos humanos de una persona adulta mayor al otorgarle una atención inadecuada, de acuerdo con la investigación realizada por esta Comisión Nacional de los Derechos Humanos (CNDH), misma que dio paso a la Recomendación 105/2025.
El 7 de julio de 2024, la víctima acudió a dicho Hospital General, ubicado en el municipio Nuevo Necaxa, al cursar diversos malestares, por lo que le prescribieron medicamento y se le pidió la realización de un ultrasonido en un establecimiento particular. Luego, presentó dificultad para respirar, por lo que regresó al HGSZ-10 ese mismo día y, tras atenderla, fue enviada a su domicilio.
Ante la falta de mejoría, ingresó por tercera ocasión al hospital y en esta ocasión fue canalizada a la ciudad de Puebla, pero ante la dilación en su traslado, falleció al día siguiente de un paro cardiorrespiratorio.
La Comisión determinó la violación a los derechos humanos a la protección de la salud, a la vida y al trato digno de la víctima, así como al derecho de acceso a la información en materia de salud en perjuicio de seis personas más, dado que la persona médica tratante desestimó el cuadro clínico que padecía y tampoco investigó la naturaleza de sus padecimientos.
El dictamen especializado emitido por personal de la CNDH determinó que las omisiones de carácter administrativo y la atención otorgada por la persona médica tratante impidieron realizar un protocolo adecuado para conocer el origen de los síntomas en la víctima, así como para prescribir un tratamiento oportuno y acorde a sus necesidades.
Derivado de ello, se recomendó al IMSS reparar integralmente el daño, proporcionar a las víctimas indirectas apoyo psicológico y/o tanatológico; colaborar con la investigación iniciada en el Órgano Interno de Control en el IMSS por la deficiente atención otorgada y transmitir disposiciones expresas al personal médico adscrito al servicio de Urgencias del HGSZ-10 que describan las medidas de supervisión para la aplicación adecuada de las guías de práctica clínica citadas en la recomendación.

