{"id":120148,"date":"2020-05-16T01:13:02","date_gmt":"2020-05-16T01:13:02","guid":{"rendered":"legacy-k2-2019-97161"},"modified":"2020-05-16T01:13:02","modified_gmt":"2020-05-16T01:13:02","slug":"ine-amplia-vigencia-de-credencial-de-elector-k2-97161","status":"publish","type":"post","link":"https:\/\/www.pueblaonline.com.mx\/archivo\/2020\/nacion\/ine-amplia-vigencia-de-credencial-de-elector-k2-97161\/120148\/","title":{"rendered":"INE ampl\u00eda vigencia de credencial de elector"},"content":{"rendered":"<p>El Consejo General del Instituto Nacional Electoral (INE) aprob\u00f3 tres proyectos de acuerdo que tienen el objetivo de fortalecer la garant\u00eda del derecho a la identidad de las y los ciudadanos mexicanos, ante la emergencia sanitaria ocasionada por el COVID-19: adecuaciones al Servicio de Verificaci\u00f3n de Identidad, ampliaci\u00f3n de vigencia de credenciales y expedici\u00f3n de constancias digitales<\/p>\n<p>El Consejo General del Instituto Nacional Electoral (INE) aprob\u00f3 tres proyectos de acuerdo que tienen el objetivo de fortalecer la garant\u00eda del derecho a la identidad de las y los ciudadanos mexicanos, ante la emergencia sanitaria ocasionada por el COVID-19: adecuaciones al Servicio de Verificaci\u00f3n de Identidad, ampliaci\u00f3n de vigencia de credenciales y expedici\u00f3n de constancias digitales.<\/p>\n<p>El Consejero Presidente del Instituto, Lorenzo C\u00f3rdova, se\u00f1al\u00f3 que estos acuerdos son muestra del compromiso que tiene la autoridad electoral con las y los ciudadanos.<\/p>\n<p>\u201cSon decisiones que demuestran el compromiso del INE, como instituci\u00f3n de garant\u00eda, de hacer todo lo que est\u00e9 dentro de sus atribuciones para contribuir al ejercicio de los derechos de las y los mexicanos\u201d.<\/p>\n<p>Por su parte, el Consejero Jaime Rivera, presidente de la Comisi\u00f3n del Registro Federal de Electores, afirm\u00f3 que los acuerdos aprobados son una expresi\u00f3n m\u00e1s de la vocaci\u00f3n innovadora del Instituto Nacional Electoral, que busca siempre ofrecer todas las garant\u00edas y mayores facilidades para el ejercicio de los derechos de las y los ciudadanos.<\/p>\n<p>\u201cUno de esos derechos es el de la identidad por medio de la credencial para votar, que ha permitido garantizar elecciones aut\u00e9nticas y que sirve para m\u00faltiples fines de la vida econ\u00f3mica y social\u201d.<\/p>\n<p>Verificaci\u00f3n de identidad mediante reconocimiento facial<\/p>\n<p>En primer lugar, las y los consejeros determinaron realizar adecuaciones al Servicio de Verificaci\u00f3n de Identidad, las cuales consisten en poder realizar una comparaci\u00f3n facial de la imagen que recaben las instituciones o prestadores de bienes y servicios de las personas a quienes atiende, respecto de la imagen en la base de datos del Padr\u00f3n Electoral.<\/p>\n<p>Esta medida tiene como objetivo atender la nueva realidad que se vive en el pa\u00eds, en la que muchas personas e instituciones realizan tr\u00e1mites v\u00eda remota (no presencial) para acceder a productos y servicios a trav\u00e9s de canales o plataformas digitales fuera de las oficinas o sucursales f\u00edsicas de las instituciones, ya sea con el apoyo de un operador de la misma instituci\u00f3n o directamente por la o el cliente en modalidad de autoservicio.<\/p>\n<p>El Servicio de Verificaci\u00f3n ha permitido que las instituciones verifiquen la vigencia de las credenciales para votar, mediante la comparaci\u00f3n de los datos de CIC, OCR, n\u00famero de emisi\u00f3n, clave de elector, nombre(s), apellidos, a\u00f1o de registro, CURP y huellas dactilares, y que la o el portador de la credencial es la misma persona que realiz\u00f3 el tr\u00e1mite con el INE. A estas medidas de verificaci\u00f3n, con este proyecto de acuerdo, se incluye ahora la comparaci\u00f3n facial.<\/p>\n<p>Con esta medida, la autoridad electoral contribuye a prevenir que las y los ciudadanos sean v\u00edctimas de una posible usurpaci\u00f3n de su identidad o, de un uso il\u00edcito de sus datos personales que pudiera generar m\u00faltiples perjuicios a su persona y a su patrimonio, ahora no s\u00f3lo en tr\u00e1mites presenciales sino a distancia a trav\u00e9s de nuevas tecnolog\u00edas.<\/p>\n<p>Cabe destacar que las empresas o instituciones ser\u00e1n las responsables de la implementaci\u00f3n del mecanismo para recabar las fotograf\u00edas de las y los ciudadanos, as\u00ed como el consentimiento libre, informado, expreso e inequ\u00edvoco sobre el tratamiento de sus datos personales. Si no cuentan con el consentimiento, el INE no estar\u00e1 en posibilidades de proporcionar el Servicio de Verificaci\u00f3n en cualquier modalidad.<\/p>\n<p>El Servicio de Verificaci\u00f3n se realiza sin que el INE proporcione en alg\u00fan momento informaci\u00f3n confidencial o datos del Padr\u00f3n Electoral a otras instancias y s\u00f3lo con las instituciones con las que exista o se firme un convenio espec\u00edfico de colaboraci\u00f3n.<\/p>\n<p>Ampliaci\u00f3n de vigencia de las credenciales de elector<\/p>\n<p>En segundo lugar, el pleno aval\u00f3 que las credenciales para votar que perdieron vigencia el 1 de enero de 2020 y no han sido renovadas, contin\u00faen vigentes hasta el 1 de septiembre de 2020, con motivo de la declaratoria de emergencia sanitaria por la pandemia del Coronavirus, COVID-19.<\/p>\n<p>Ello, derivado de que, por la contingencia sanitaria, desde el pasado 23 de marzo se suspendieron los servicios en los M\u00f3dulos de Atenci\u00f3n Ciudadana del INE, por lo que muchos ciudadanos han visto interrumpida la posibilidad de renovar y actualizar su credencial.<\/p>\n<p>Un total de 1,171,251 registros de ciudadanas y ciudadanos, cuyas credenciales para votar que perdieron vigencia en enero pasado, que no han sido renovadas y actualmente sus titulares se encuentran imposibilitados para realizar el tr\u00e1mite para su obtenci\u00f3n en los M\u00f3dulos de Atenci\u00f3n Ciudadana, podr\u00edan seguir utilizando la mica para fines de identificaci\u00f3n ante instituciones p\u00fablicas y privadas hasta el pr\u00f3ximo 1\u00b0 de septiembre del 2020.<\/p>\n<p>INE expedir\u00e1 constancias digitales<\/p>\n<p>En tercer lugar, el Consejo General del INE aprob\u00f3 la expedici\u00f3n de constancias digitales de situaci\u00f3n registral, como medida que promueva la identificaci\u00f3n de las y los ciudadanos que pudieron haber extraviado su Credencial para Votar, de manera temporal mientras se mantenga la declaratoria de emergencia sanitaria por la pandemia del Coronavirus, COVID-19, hasta el 1\u00ba de septiembre de 2020.<\/p>\n<p>El INE prev\u00e9 que la solicitud para expedir la Constancia Digital podr\u00e1 tramitarse durante el periodo comprendido del 25 de mayo y hasta el 1\u00ba de septiembre de 2020, y se expedir\u00e1 a favor de todas y todos aquellos ciudadanos que cuenten con un registro vigente en el Padr\u00f3n Electoral; sin embargo, esta expedici\u00f3n no iniciar\u00e1 hasta en tanto las instituciones p\u00fablicas y privada no dispongan de las herramientas tecnol\u00f3gicas que permitan mostrar los datos contenidos en los c\u00f3digos QR de las constancias, lo cual podr\u00eda ser a m\u00e1s tardar el 28 de mayo de 2020.\u00a0<\/p>\n<p>El Consejero Presidente explic\u00f3 que la fecha de inicio de entrega de constancias digitales depender\u00e1 del momento en que la propia Direcci\u00f3n Ejecutiva del Registro Federal de Electores tenga listo para su distribuci\u00f3n el aplicativo con el que instituciones p\u00fablicas y privadas har\u00e1n la validaci\u00f3n de dichas constancias que emitir\u00e1 el INE.<\/p>\n<p>De esta manera, se brindar\u00e1 a la ciudadan\u00eda un mecanismo de identificaci\u00f3n adecuado, a falta de la posesi\u00f3n de la Credencia para Votar, que le permita la realizaci\u00f3n de tr\u00e1mites y el acceso a otros derechos.<\/p>\n<p>La Constancia Digital contar\u00e1 con una vigencia de tres meses a partir de su emisi\u00f3n, mientras que la fecha de su expiraci\u00f3n se incorporar\u00e1 en el propio texto de la constancia.<\/p>\n<p>El dise\u00f1o de la Constancia Digital contempla la generaci\u00f3n de un documento en formato PDF (Portable Document Format, por sus siglas en ingl\u00e9s), con los siguientes datos: nombre(s), apellido paterno, apellido materno; clave de elector; n\u00famero de emisi\u00f3n; dato OCR (Reconocimiento \u00d3ptico de Caracteres); C\u00f3digo de Identificaci\u00f3n de Credencial (CIC); a\u00f1o de registro; fecha de emisi\u00f3n, mes y a\u00f1o de fin de vigencia de la Constancia Digital.<\/p>\n<p><img loading=\"lazy\" decoding=\"async\" src=\"images\/1 ife.png\" border=\"0\" alt=\"\" width=\"335\" height=\"197\" \/><\/p>\n<p>Adem\u00e1s, se prev\u00e9 disponer a las instituciones p\u00fablicas y privadas, a m\u00e1s tardar el 28 de mayo de 2020, las herramientas tecnol\u00f3gicas que permitan mostrar los datos contenidos en los c\u00f3digos QR mencionados, para poder verificar que los datos ah\u00ed contenidos coincidan con los datos impresos en el documento y con la o el portador de la Credencial para Votar, evitando as\u00ed su alteraci\u00f3n indebida.<\/p>\n<p>La solicitud de la Constancia Digital estar\u00e1 disponible para su descarga en la siguiente p\u00e1gina de Internet del INE:<\/p>\n<p><a href=\"%20https:\/sistemas-transparencia.ine.mx\/sistemaot\/obligaciones\/rsc\/documentos\/Articulo70\/Formato20\/DERFE\/2018\/tml2\/formato_solicitud_arco.pdf\/\" target=\"_blank\">\u00a0https:\/\/sistemas-transparencia.ine.mx\/sistemaot\/obligaciones\/rsc\/documentos\/Articulo70\/Formato20\/DERFE\/2018\/tml2\/formato_solicitud_arco.pdf\/<\/a><\/p>\n","protected":false},"excerpt":{"rendered":"<p>El Consejo General del Instituto Nacional Electoral (INE) aprob\u00f3 tres proyectos de acuerdo que tienen el objetivo de fortalecer la garant\u00eda del derecho a la identidad de las y los ciudadanos mexicanos, ante la emergencia sanitaria ocasionada por el COVID-19: adecuaciones al Servicio de Verificaci\u00f3n de Identidad, ampliaci\u00f3n de vigencia de credenciales y expedici\u00f3n de [&hellip;]<\/p>\n","protected":false},"author":11,"featured_media":124059,"comment_status":"closed","ping_status":"closed","sticky":false,"template":"","format":"standard","meta":{"newspack_featured_image_position":"","newspack_post_subtitle":"","newspack_article_summary_title":"Overview:","newspack_article_summary":"","newspack_hide_updated_date":false,"newspack_show_updated_date":false,"footnotes":""},"categories":[84],"tags":[],"class_list":["post-120148","post","type-post","status-publish","format-standard","has-post-thumbnail","hentry","category-nacion","entry"],"_links":{"self":[{"href":"https:\/\/www.pueblaonline.com.mx\/archivo\/wp-json\/wp\/v2\/posts\/120148","targetHints":{"allow":["GET"]}}],"collection":[{"href":"https:\/\/www.pueblaonline.com.mx\/archivo\/wp-json\/wp\/v2\/posts"}],"about":[{"href":"https:\/\/www.pueblaonline.com.mx\/archivo\/wp-json\/wp\/v2\/types\/post"}],"author":[{"embeddable":true,"href":"https:\/\/www.pueblaonline.com.mx\/archivo\/wp-json\/wp\/v2\/users\/11"}],"replies":[{"embeddable":true,"href":"https:\/\/www.pueblaonline.com.mx\/archivo\/wp-json\/wp\/v2\/comments?post=120148"}],"version-history":[{"count":0,"href":"https:\/\/www.pueblaonline.com.mx\/archivo\/wp-json\/wp\/v2\/posts\/120148\/revisions"}],"wp:featuredmedia":[{"embeddable":true,"href":"https:\/\/www.pueblaonline.com.mx\/archivo\/wp-json\/wp\/v2\/media\/124059"}],"wp:attachment":[{"href":"https:\/\/www.pueblaonline.com.mx\/archivo\/wp-json\/wp\/v2\/media?parent=120148"}],"wp:term":[{"taxonomy":"category","embeddable":true,"href":"https:\/\/www.pueblaonline.com.mx\/archivo\/wp-json\/wp\/v2\/categories?post=120148"},{"taxonomy":"post_tag","embeddable":true,"href":"https:\/\/www.pueblaonline.com.mx\/archivo\/wp-json\/wp\/v2\/tags?post=120148"}],"curies":[{"name":"wp","href":"https:\/\/api.w.org\/{rel}","templated":true}]}}