{"id":150921,"date":"2019-02-14T02:25:54","date_gmt":"2019-02-14T02:25:54","guid":{"rendered":"legacy-k2-2019-78423"},"modified":"2019-02-14T02:25:54","modified_gmt":"2019-02-14T02:25:54","slug":"instituto-de-derechos-humanos-ignacio-ellacuria-condena-a-la-guardia-nacional-k2-78423","status":"publish","type":"post","link":"https:\/\/www.pueblaonline.com.mx\/archivo\/2019\/nacion\/instituto-de-derechos-humanos-ignacio-ellacuria-condena-a-la-guardia-nacional-k2-78423\/150921\/","title":{"rendered":"Instituto de Derechos Humanos Ignacio Ellacur\u00eda condena a la Guardia Nacional"},"content":{"rendered":"<p>El Instituto de Derechos Humanos Ignacio Ellacur\u00eda S.J. hace un llamado al Senado de la Rep\u00fablica a rechazar el Dictamen aprobado por la H. C\u00e1mara de Diputados que plantea realizar reformas constitucionales respecto de la Guardia Nacional y perpetuar la militarizaci\u00f3n de la seguridad p\u00fablica<\/p>\n<p>El Instituto de Derechos Humanos Ignacio Ellacur\u00eda S.J. hace un llamado al Senado de la Rep\u00fablica a rechazar el Dictamen aprobado por la H. C\u00e1mara de Diputados que plantea realizar reformas constitucionales respecto de la Guardia Nacional y perpetuar la militarizaci\u00f3n de la seguridad p\u00fablica.<\/p>\n<p>El dictamen aprobado por la Comisi\u00f3n de Puntos Constitucionales de la C\u00e1mara de Diputados atenta contra la vigencia de los derechos humanos en M\u00e9xico. El dictamen que pretende elevar a rango constitucional la \u00adgura de la Guardia Nacional de supuesto car\u00e1cter civil, constituye una simulaci\u00f3n que pretende legitimar una Guardia Nacional de car\u00e1cter militar.<\/p>\n<p>El dictamen a\u00f1ade la Guardia Nacional en el p\u00e1rrafo d\u00e9cimo del art\u00edculo 21 constitucional, a\u00adrmando que se inscribe dentro de las instituciones de seguridad p\u00fablica (supuestamente para dar cumplimiento a los objetivos de la seguridad ciudadana); en el p\u00e1rrafo d\u00e9cimo noveno que se busca adicionar al mismo art\u00edculo (respecto a la naturaleza, atribuciones y estatuto constitucional de la Guardia Nacional), se dispone que \u00e9sta ser\u00e1 una instituci\u00f3n policial de car\u00e1cter y direcci\u00f3n civil, no obstante, el dictamen establece que la Guardia Nacional tendr\u00e1 un r\u00e9gimen interno homologado al de las Fuerzas Armadas en estructura jer\u00e1rquica, disciplina y profesionalizaci\u00f3n:<\/p>\n<p>\u201c\u2026el car\u00e1cter civil de la Guardia Nacional, determinado con su\u00adciencia por los rasgos antes expuestos, tiene, sin embargo, una naturaleza especial que reside en dise\u00f1o jur\u00eddico de su organizaci\u00f3n interna en la cual diversos aspectos son dependientes de la secretar\u00eda del ramo de la defensa nacional\u2026\u201d<\/p>\n<p>\u201cPor otro lado, la segunda parte del p\u00e1rrafo d\u00e9cimo segundo establece un r\u00e9gimen interno homologado al de las Fuerzas Armadas en las materias de estructura jer\u00e1rquica, disciplina, r\u00e9gimen de servicios, ascensos, prestaciones, ingreso, profesionalizaci\u00f3n y cumplimiento de responsabilidades y tareas, mismo que corre a cargo de la secretar\u00eda del ramo de la Defensa\u2026\u201d<\/p>\n<p>Lo anterior, permite observar que la Guardia Nacional de car\u00e1cter civil, en realidad tendr\u00e1 componentes militares, como lo es la organizaci\u00f3n castrense, principalmente en materia de disciplina o adiestramiento, dado que la misma est\u00e1 orientada a \u201cabatir al enemigo\u201d, lo que ha generado m\u00faltiples violaciones a los derechos humanos en el territorio mexicano. El Relator Especial sobre las ejecuciones extrajudiciales, sumarias o arbitrarias, Christof Heyns, en su visita a M\u00e9xico, se\u00f1al\u00f3 que:<\/p>\n<p>\u201cEl principal objetivo de un cuerpo militar es someter al enemigo vali\u00e9ndose de la superioridad de su fuerza, mientras que el enfoque de derechos humanos, que debe ser el criterio para juzgar cualquier operaci\u00f3n policial, se centra en la prevenci\u00f3n, la detenci\u00f3n, la investigaci\u00f3n y el enjuiciamiento, y solo contempla el uso de la fuerza como \u00faltimo recurso, permitiendo el recurso a la fuerza letal \u00fanicamente para evitar la p\u00e9rdida de vidas humanas\u201d.<\/p>\n<p>El dictamen aprobado evidencia la irresponsabilidad del Estado mexicano con sus obligaciones internacionales, pues de forma reiterada hace caso omiso, no s\u00f3lo a la determinaciones del m\u00e1s alto tribunal de justicia en el pa\u00eds, la SCJN, quien en diciembre pasado se pronunci\u00f3 sobre el papel de las fuerzas militares en labores de seguridad p\u00fablica, declarando inconstitucional la Ley de Seguridad Interior; sino tambi\u00e9n de las sentencias internacionales de car\u00e1cter obligatorio, donde la Corte Interamericana de Derechos Humanos reiter\u00f3 como regla general, que el mantenimiento del orden p\u00fablico interno y la seguridad ciudadana deben estar primariamente reservados a los cuerpos policiales civiles, y que cuando excepcionalmente intervengan en tareas de seguridad, la participaci\u00f3n de las fuerzas armadas debe ser extraordinaria, subordinada y complementaria, regulada y \u00adscalizada, requisitos que se contraponen a la iniciativa de reforma constitucional que pretende legitimar una Guardia Nacional de car\u00e1cter militar permanente.<\/p>\n<p>Desde 1998, la Comisi\u00f3n Interamericana de Derechos Humanos expres\u00f3 su preocupaci\u00f3n a M\u00e9xico por que las fuerzas armadas intervinieran en funciones propias de la autoridad civil, expresando que eso responde a una confusi\u00f3n de los conceptos de seguridad p\u00fablica y seguridad nacional y, le recomend\u00f3 mantener a las fuerzas armadas en el rol para el que fueron creadas, de acuerdo a la legislaci\u00f3n internacional y en especial al art\u00edculo 27 de la Convenci\u00f3n Americana.<\/p>\n<p>Por lo tanto, instamos al Senado de la Rep\u00fablica a:<\/p>\n<p>UNICO. &#8211; No aprobar las reformas constitucionales que perpetuar\u00e1n la militarizaci\u00f3n de la seguridad p\u00fablica, acatando as\u00ed, los criterios jurisprudenciales de car\u00e1cter constitucional y convencional en la materia, el art\u00edculo primero constitucional y el cumplimiento de sus obligaciones en materia de derechos humanos.<\/p>\n<p>Atentamente<\/p>\n<p>Instituto de Derechos Humanos Ignacio Ellacur\u00eda S.J.<\/p>\n","protected":false},"excerpt":{"rendered":"<p>El Instituto de Derechos Humanos Ignacio Ellacur\u00eda S.J. hace un llamado al Senado de la Rep\u00fablica a rechazar el Dictamen aprobado por la H. 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