{"id":154626,"date":"2018-12-04T03:15:25","date_gmt":"2018-12-04T03:15:25","guid":{"rendered":"legacy-k2-2019-76024"},"modified":"2018-12-04T03:15:25","modified_gmt":"2018-12-04T03:15:25","slug":"pan-solicito-al-tepjf-retirar-al-magistrado-vargas-del-caso-puebla-por-violar-legislacion-k2-76024","status":"publish","type":"post","link":"https:\/\/www.pueblaonline.com.mx\/archivo\/2018\/politica\/pan-solicito-al-tepjf-retirar-al-magistrado-vargas-del-caso-puebla-por-violar-legislacion-k2-76024\/154626\/","title":{"rendered":"PAN solicit\u00f3 al TEPJF retirar al magistrado Vargas del caso Puebla por violar legislaci\u00f3n"},"content":{"rendered":"<p>Este lunes, el representante de la Coalici\u00f3n Por Puebla al Frente y a su vez del Partido Acci\u00f3n Nacional, \u00d3scar P\u00e9rez C\u00f3rdoba Amador present\u00f3 una solicitud de recusaci\u00f3n o impedimento ante la Sala Superior del TEPJF, cuyo prop\u00f3sito es que el magistrado Jos\u00e9 Luis Vargas Valdez se abstenga de conocer de los juicios promovidos por Luis Miguel Ger\u00f3nimo Barbosa Huerta y por MORENA, respectivamente, en los que se cuestiona la validez de la elecci\u00f3n de la gubernatura de Puebla en la que result\u00f3 electa Martha Erika Alonso, por haber violado m\u00faltiples normas jur\u00eddicas que regulan el comportamiento de un juzgador<\/p>\n<p>Este lunes, el representante de la Coalici\u00f3n Por Puebla al Frente y a su vez del Partido Acci\u00f3n Nacional, \u00d3scar P\u00e9rez C\u00f3rdoba Amador present\u00f3 una solicitud de recusaci\u00f3n o impedimento ante la Sala Superior del TEPJF, cuyo prop\u00f3sito es que el magistrado Jos\u00e9 Luis Vargas Valdez se abstenga de conocer de los juicios promovidos por Luis Miguel Ger\u00f3nimo Barbosa Huerta y por MORENA, respectivamente, en los que se cuestiona la validez de la elecci\u00f3n de la gubernatura de Puebla en la que result\u00f3 electa Martha Erika Alonso, por haber violado m\u00faltiples normas jur\u00eddicas que regulan el comportamiento de un juzgador (entre otras, la Ley Org\u00e1nica del Poder Judicial de la Federaci\u00f3n, el Reglamento Interno del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federaci\u00f3n y el C\u00f3digo Modelo de \u00c9tica Judicial Electoral, que instruye a los titulares de los \u00f3rganos jurisdiccionales a observar una conducta ejemplar que sirva de modelo para sus colaboradores).<\/p>\n<p>Al publicar en una cuenta personal de Twitter un proyecto de sentencia sobre un asunto a\u00fan no discutido ni resuelto, el magistrado Vargas Valdez vulner\u00f3 el deber de confidencialidad de los expedientes e incurri\u00f3 en la prohibici\u00f3n de hacer del conocimiento de las partes o de cualquier otra persona el sentido de alg\u00fan proyecto antes de que se resuelva el asunto respectivo (en este caso no s\u00f3lo el sentido, sino tambi\u00e9n las consideraciones), ambos contemplados en el art\u00edculo 146 del Reglamento Interior del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federaci\u00f3n.<\/p>\n<p>Dicho acto, adem\u00e1s, atrajo injustificadamente la atenci\u00f3n a su persona en detrimento del comportamiento institucional que debe regir la funci\u00f3n de un juzgador electoral, lo que, adem\u00e1s, pone en duda la imparcialidad y la objetividad con la que debe conducirse, pues, con dicha publicaci\u00f3n, se prejuzg\u00f3 el asunto sometido a su conocimiento, de tal suerte que en lugar de resolver jurisdiccionalmente las din\u00e1micas pol\u00edticas, su actuar ha politizado a\u00fan m\u00e1s la resoluci\u00f3n del asunto.<\/p>\n<p>Dicho comportamiento se aparta de lo previsto en el c\u00f3digo de \u00e9tica se\u00f1alado, en torno a que: 1. De ning\u00fan modo los servidores judiciales electorales, bajo la supuesta convicci\u00f3n de actuar en beneficio o inter\u00e9s del tribunal o sala, est\u00e1n justificados para adoptar un comportamiento contrario a los principios y valores de dicho c\u00f3digo; 2. Uno de los principios torales violados es el de objetividad, el cual, seg\u00fan dicho c\u00f3digo, implica que los servidores judiciales electorales deben ajustar estrictamente sus actos a los criterios que las normas electorales dictan; 3. Ning\u00fan servidor judicial electoral debe proporcionar o comprometer debates, resultados o votaciones en cualquier forma o modo, y 4. Dichos servidores p\u00fablicos deben conducir con secrec\u00eda la gesti\u00f3n de informaci\u00f3n reservada o confidencial.<\/p>\n<p>De la misma forma, se viol\u00f3 el deber de esforzarse para que la imagen y prestigio de la instituci\u00f3n a la que pertenecen los servidores judiciales sea respetada, evitando en todo momento, con su conducta, comprometer la independencia, imparcialidad y objetividad de su actuaci\u00f3n p\u00fablica, realizando las labores encomendadas y desechando presiones e intereses extra\u00f1os, de manera que se abstendr\u00e1n de admitir recomendaciones que influyan en el tr\u00e1mite o resoluci\u00f3n de los asuntos sometidos a su potestad.<\/p>\n<p>De modo particular, los servidores deben mantener un comportamiento neutral en todas las acciones que realicen para conocer y dirimir los conflictos que surjan con motivo de las jornadas comiciales, haciendo evidente que su intenci\u00f3n no es beneficiar ni perjudicar a alguna de las partes en la contienda, y se abstendr\u00e1n de realizar cualquier tipo de propaganda o difusi\u00f3n pol\u00edtica, pautas que el magistrado Vargas Valdez inobserv\u00f3.<\/p>\n<p>El proceder de Vargas Valdez vulner\u00f3 los principios de legalidad, imparcialidad, objetividad, profesionalismo, independencia y confidencialidad (todos rectores de la funci\u00f3n jurisdiccional y la materia electoral), lo que conlleva dos consecuencias diversas: a) la actualizaci\u00f3n de un impedimento subjetivo para conocer del asunto, al carecer de la imparcialidad y objetividad necesarias para ello, y b) la actualizaci\u00f3n de una responsabilidad administrativa por actuaci\u00f3n irregular.<\/p>\n<p>Parad\u00f3jicamente, en las p\u00e1ginas 168 y subsecuentes del proyecto multicitado en su cuenta de Twitter, el citado Magistrado afirma que el actuar profesional se refiere al ejercicio responsable y serio del cargo, lo que ignor\u00f3 deliberadamente al buscar la atenci\u00f3n medi\u00e1tica y el aplauso f\u00e1cil mediante la publicaci\u00f3n, sin sustento jur\u00eddico alguno, del citado proyecto.<\/p>\n<p>Finalmente, debe tomarse en cuenta que los Magistrados encargados de la sustanciaci\u00f3n y elaboraci\u00f3n de un proyecto de sentencia por raz\u00f3n de turno carecen de atribuciones normativas para hacer del conocimiento p\u00fablico -por cualquier medio- el sentido y las consideraciones en que sustentan su posici\u00f3n respecto de un litigio en concreto. En todo caso, el Reglamento Interno del TEPJF prev\u00e9 que dicha determinaci\u00f3n corresponde en exclusiva al Pleno de la Sala Superior, en tanto \u00f3rgano colegiado.<\/p>\n<p>Por lo tanto, se concluye que en el caso el citado Magistrado Ponente actu\u00f3 de manera arbitraria e irresponsable al difundir en sus redes sociales el proyecto citado, sin que existiera el acuerdo correspondiente del Pleno de la Sala a trav\u00e9s de los mecanismos institucionales -por ejemplo, en la p\u00e1gina de internet o en los estrados-, omisi\u00f3n que corrobora la ilegalidad apuntada y la necesidad de evitar que dicho Magistrado contin\u00fae poniendo en riesgo la validez de la elecci\u00f3n de Gobernador del Estado.<\/p>\n","protected":false},"excerpt":{"rendered":"<p>Este lunes, el representante de la Coalici\u00f3n Por Puebla al Frente y a su vez del Partido Acci\u00f3n Nacional, \u00d3scar P\u00e9rez C\u00f3rdoba Amador present\u00f3 una solicitud de recusaci\u00f3n o impedimento ante la Sala Superior del TEPJF, cuyo prop\u00f3sito es que el magistrado Jos\u00e9 Luis Vargas Valdez se abstenga de conocer de los juicios promovidos por [&hellip;]<\/p>\n","protected":false},"author":11,"featured_media":171478,"comment_status":"closed","ping_status":"closed","sticky":false,"template":"","format":"standard","meta":{"newspack_featured_image_position":"","newspack_post_subtitle":"","newspack_article_summary_title":"Overview:","newspack_article_summary":"","newspack_hide_updated_date":false,"newspack_show_updated_date":false,"footnotes":""},"categories":[83],"tags":[],"class_list":["post-154626","post","type-post","status-publish","format-standard","has-post-thumbnail","hentry","category-politica","entry"],"_links":{"self":[{"href":"https:\/\/www.pueblaonline.com.mx\/archivo\/wp-json\/wp\/v2\/posts\/154626","targetHints":{"allow":["GET"]}}],"collection":[{"href":"https:\/\/www.pueblaonline.com.mx\/archivo\/wp-json\/wp\/v2\/posts"}],"about":[{"href":"https:\/\/www.pueblaonline.com.mx\/archivo\/wp-json\/wp\/v2\/types\/post"}],"author":[{"embeddable":true,"href":"https:\/\/www.pueblaonline.com.mx\/archivo\/wp-json\/wp\/v2\/users\/11"}],"replies":[{"embeddable":true,"href":"https:\/\/www.pueblaonline.com.mx\/archivo\/wp-json\/wp\/v2\/comments?post=154626"}],"version-history":[{"count":0,"href":"https:\/\/www.pueblaonline.com.mx\/archivo\/wp-json\/wp\/v2\/posts\/154626\/revisions"}],"wp:featuredmedia":[{"embeddable":true,"href":"https:\/\/www.pueblaonline.com.mx\/archivo\/wp-json\/wp\/v2\/media\/171478"}],"wp:attachment":[{"href":"https:\/\/www.pueblaonline.com.mx\/archivo\/wp-json\/wp\/v2\/media?parent=154626"}],"wp:term":[{"taxonomy":"category","embeddable":true,"href":"https:\/\/www.pueblaonline.com.mx\/archivo\/wp-json\/wp\/v2\/categories?post=154626"},{"taxonomy":"post_tag","embeddable":true,"href":"https:\/\/www.pueblaonline.com.mx\/archivo\/wp-json\/wp\/v2\/tags?post=154626"}],"curies":[{"name":"wp","href":"https:\/\/api.w.org\/{rel}","templated":true}]}}