{"id":175169,"date":"2018-12-06T02:04:22","date_gmt":"2018-12-06T02:04:22","guid":{"rendered":"legacy-k2-2017-76116"},"modified":"2018-12-06T02:04:22","modified_gmt":"2018-12-06T02:04:22","slug":"pan-amplia-solicitud-al-tepjf-para-que-magistrado-vargas-se-retire-del-caso-puebla-k2-76116","status":"publish","type":"post","link":"https:\/\/www.pueblaonline.com.mx\/archivo\/2018\/politica\/pan-amplia-solicitud-al-tepjf-para-que-magistrado-vargas-se-retire-del-caso-puebla-k2-76116\/175169\/","title":{"rendered":"PAN amplia solicitud al TEPJF para que magistrado Vargas se retire del caso Puebla"},"content":{"rendered":"<p>El magistrado Vargas Valdez no s\u00f3lo actu\u00f3 en contravenci\u00f3n a la legislaci\u00f3n aplicable, sino tambi\u00e9n en contra de sus propios criterios y principios pues, en sus propias palabras, la autoridad electoral tiene un deber de prudencia y un deber de imparcialidad en torno a sus pronunciamientos m\u00e1xime cuando se trata de asuntos no concluidos<\/p>\n<p>\u00d3scar P\u00e9rez C\u00f3rdoba Amador, representante de la Coalici\u00f3n \u201cPor Puebla al Frente\u201d y a su vez del Partido Acci\u00f3n Nacional en el Estado de Puebla, present\u00f3 un escrito en alcance a la solicitud de impedimento y recusaci\u00f3n ante la presidencia de la Sala Superior del TEPJF, cuyo prop\u00f3sito es el inicio de un procedimiento de responsabilidad administrativa en contra del magistrado Jos\u00e9 Luis Vargas Valdez, en virtud de que su conducta ilegal, no s\u00f3lo consisti\u00f3 en hacer del conocimiento p\u00fablico un asunto antes de discutirlo o resolverlo, sino que, el 3 de diciembre del a\u00f1o en curso, en Canc\u00fan, Quintana Roo, dicho magistrado particip\u00f3 en el evento inaugural de la Segunda Asamblea de la Red Mundial de Justicia Electoral, en el cual aprovech\u00f3 los micr\u00f3fonos y reflectores del foro, para abordar diversos temas del proyecto ilegalmente publicado que corresponden a la confidencialidad del expediente.<\/p>\n<p>Vargas Valdez mantuvo en el centro de la discusi\u00f3n lo sucedido con el proyecto publicado en su cuenta de Twitter, lo que ha generado un aut\u00e9ntico juicio paralelo en la ciudadan\u00eda y en medios de comunicaci\u00f3n, en torno a c\u00f3mo deben resolverse los medios de impugnaci\u00f3n multicitados, introduciendo a la agenda p\u00fablica una visi\u00f3n subjetiva, sesgada, parcial y err\u00f3nea del asunto.<\/p>\n<p>Cabe destacar que el magistrado ha sostenido criterios sobre la manera en que deben ser valoradas las publicaciones de funcionarios p\u00fablicos en redes sociales, y que podr\u00edan constituir o no responsabilidad para sus emisores, sin embargo, su actuar ha sido total y completamente contrario a sus declaraciones.<\/p>\n<p>Tan es as\u00ed, que el pasado 30 de septiembre al resolver el asunto en el que Jos\u00e9 Luis Vargas fue ponente sobre la validez de la elecci\u00f3n del Ayuntamiento de Quer\u00e9taro (SUP-REC-1452\/2018 Y SU ACUMULADO), expuso lo siguiente:<\/p>\n<p>\u201cEn ese sentido, lo que el proyecto estima es que la libertad de expresi\u00f3n, en el caso de los funcionarios p\u00fablicos implica un deber y tambi\u00e9n un poder para comunicar a la ciudadan\u00eda cuestiones de inter\u00e9s p\u00fablico, lo que conlleva a que los servidores pueden emitir opiniones en contextos electorales, siempre que atiendan a los principios de imparcialidad, neutralidad en el uso de los recursos p\u00fablicos, a efecto de que prevalezcan las condiciones de equidad entre los participantes en una elecci\u00f3n.\u201d<\/p>\n<p>Otra prueba de la incongruencia de dicho magistrado, se encuentra en la forma en la que, al intervenir en la sesi\u00f3n p\u00fablica celebrada el 9 de abril de 2018, resolvi\u00f3 el SUP-JDC-186\/2018 y acumulados, pronunci\u00e1ndose en torno a la forma en la que deben conducirse Consejeros del INE:<\/p>\n<p>\u201cCreo, como ya lo dec\u00eda la magistrada presidenta que la autoridad electoral tiene un deber de prudencia, un deber de imparcialidad en torno a sus pronunciamientos, y m\u00e1xime aun cuando no existe o cuando a\u00fan no exist\u00eda un dictamen consolidado. Yo francamente repruebo esas conductas, \u00bfpor qu\u00e9 raz\u00f3n? Porque, insisto, atr\u00e1s de toda carrera profesional existe, una honra, existe un esfuerzo y me parece inadmisible que existan ese tipo de pronunciamientos, m\u00e1xime cuando est\u00e1 sujeta a juicio una persona y que merece todo el respecto hasta en tanto no se conozca la verdad de los hechos.\u201d<\/p>\n<p>Es decir, si se trata de evidenciar p\u00fablicamente a los integrantes de otras autoridades electorales, Jos\u00e9 Luis Vargas no escatima en asumir una posici\u00f3n de superioridad \u00e9tica y moral para dar lecciones sobre las virtudes que deben caracterizar el actuar de consejeros o magistrados electorales; pero, en los hechos, est\u00e1 demostrado que su comportamiento no coincide con sus c\u00e1tedras.<\/p>\n<p>Cabe recordar lo pronunciado por el magistrado en su entrevista con Pascal Beltr\u00e1n del R\u00edo para la primera emisi\u00f3n de Imagen Informativa, respecto a las impugnaciones a elecciones de gobernador en el Edomex y Coahuila:<\/p>\n<p>\u201cEs una cosa de poner todos de nuestra parte para cuidar la equidad en las contiendas para que no existan acusaciones de abuso por parte del poder p\u00fablico para fines pol\u00edticos o partidistas. Nosotros no somos actores pol\u00edticos, somos jueces, no debemos destacar por declaraciones sino hablar a trav\u00e9s de las sentencias. La defensa m\u00e1s s\u00f3lida y leg\u00edtima con la que contamos los jueces radica en la fuerza de nuestras sentencias. Los argumentos vertidos por las partes en el juicio deben ser analizados en forma exhaustiva, congruente y con pleno apego al marco jur\u00eddico en aras de hacer patente que se actu\u00f3 con absoluta independencia e imparcialidad.\u201d<\/p>\n<p>As\u00ed, es claro que el magistrado Vargas Valdez, no s\u00f3lo actu\u00f3 en contravenci\u00f3n a la legislaci\u00f3n aplicable, sino tambi\u00e9n en contra de sus propios criterios y principios pues, en sus propias palabras, la autoridad electoral tiene un deber de prudencia y un deber de imparcialidad en torno a sus pronunciamientos m\u00e1xime cuando se trata de asuntos no concluidos.<\/p>\n<p>Por \u00faltimo, es necesario que tanto los ciudadanos, como los integrantes de la Sala Superior del TEPJF, recuerden que no es la primera vez que un Magistrado adelanta su criterio sobre un asunto vinculado con la validez de una elecci\u00f3n. En efecto, en el expediente relacionado con la validez de la elecci\u00f3n de Gobernador del estado de Tabasco en el a\u00f1o 2000, el entonces presidente del Tribunal Electoral, Jos\u00e9 Fernando Ojesto Mart\u00ednez Porcayo, tuvo que excusarse para conocer del asunto ya que, antes de que se dictara la sentencia correspondiente, realiz\u00f3 diversas manifestaciones en medios de comunicaci\u00f3n en las que de alg\u00fan modo dejaba entrever su criterio antes de que el asunto se resolviera.<\/p>\n<p>El entonces magistrado no public\u00f3 un proyecto, no revel\u00f3 detalles del expediente y no busc\u00f3 protagonismo, como s\u00ed lo est\u00e1 haciendo el magistrado Vargas, y a\u00fan as\u00ed, se tuvo que excusar de conocer y, por tanto, de votar en dicho asunto, en aras de atender a los principios que reg\u00edan su labor como magistrado, entonces, \u00bfno deber\u00eda el Magistrado Vargas Valdez actuar de la misma forma y excusarse inmediatamente?<\/p>\n","protected":false},"excerpt":{"rendered":"<p>El magistrado Vargas Valdez no s\u00f3lo actu\u00f3 en contravenci\u00f3n a la legislaci\u00f3n aplicable, sino tambi\u00e9n en contra de sus propios criterios y principios pues, en sus propias palabras, la autoridad electoral tiene un deber de prudencia y un deber de imparcialidad en torno a sus pronunciamientos m\u00e1xime cuando se trata de asuntos no concluidos \u00d3scar [&hellip;]<\/p>\n","protected":false},"author":15,"featured_media":0,"comment_status":"closed","ping_status":"closed","sticky":false,"template":"","format":"standard","meta":{"newspack_featured_image_position":"","newspack_post_subtitle":"","newspack_article_summary_title":"Overview:","newspack_article_summary":"","newspack_hide_updated_date":false,"newspack_show_updated_date":false,"footnotes":""},"categories":[83],"tags":[],"class_list":["post-175169","post","type-post","status-publish","format-standard","hentry","category-politica","entry"],"_links":{"self":[{"href":"https:\/\/www.pueblaonline.com.mx\/archivo\/wp-json\/wp\/v2\/posts\/175169","targetHints":{"allow":["GET"]}}],"collection":[{"href":"https:\/\/www.pueblaonline.com.mx\/archivo\/wp-json\/wp\/v2\/posts"}],"about":[{"href":"https:\/\/www.pueblaonline.com.mx\/archivo\/wp-json\/wp\/v2\/types\/post"}],"author":[{"embeddable":true,"href":"https:\/\/www.pueblaonline.com.mx\/archivo\/wp-json\/wp\/v2\/users\/15"}],"replies":[{"embeddable":true,"href":"https:\/\/www.pueblaonline.com.mx\/archivo\/wp-json\/wp\/v2\/comments?post=175169"}],"version-history":[{"count":0,"href":"https:\/\/www.pueblaonline.com.mx\/archivo\/wp-json\/wp\/v2\/posts\/175169\/revisions"}],"wp:attachment":[{"href":"https:\/\/www.pueblaonline.com.mx\/archivo\/wp-json\/wp\/v2\/media?parent=175169"}],"wp:term":[{"taxonomy":"category","embeddable":true,"href":"https:\/\/www.pueblaonline.com.mx\/archivo\/wp-json\/wp\/v2\/categories?post=175169"},{"taxonomy":"post_tag","embeddable":true,"href":"https:\/\/www.pueblaonline.com.mx\/archivo\/wp-json\/wp\/v2\/tags?post=175169"}],"curies":[{"name":"wp","href":"https:\/\/api.w.org\/{rel}","templated":true}]}}