{"id":179451,"date":"2018-09-02T01:32:53","date_gmt":"2018-09-02T01:32:53","guid":{"rendered":"legacy-k2-2017-72248"},"modified":"2018-09-02T01:32:53","modified_gmt":"2018-09-02T01:32:53","slug":"tepjf-revoca-multa-de-morena-por-fideicomiso-para-damnificados-k2-72248","status":"publish","type":"post","link":"https:\/\/www.pueblaonline.com.mx\/archivo\/2018\/politica\/tepjf-revoca-multa-de-morena-por-fideicomiso-para-damnificados-k2-72248\/179451\/","title":{"rendered":"TEPJF revoca multa de Morena por fideicomiso para damnificados"},"content":{"rendered":"<p class=\"MsoNormal\">El Pleno de la Sala Superior del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federaci\u00f3n (TEPJF) revoc\u00f3 la resoluci\u00f3n INE\/CG638\/2018 aprobada por el Consejo General del Instituto Nacional Electoral (INE), mediante el cual se determin\u00f3 existencia de un v\u00ednculo indisoluble entre el fideicomiso \u201cPor los dem\u00e1s\u201d y el partido Morena, por lo que los recursos ingresados al fideicomiso est\u00e1n sujetos a las reglas de fiscalizaci\u00f3n y, en consecuencia, le impuso al partido una sanci\u00f3n por $197,046,415.92<\/p>\n<p class=\"MsoNormal\">\u00a0<\/p>\n<p class=\"MsoNormal\">El Pleno de la Sala Superior del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federaci\u00f3n (TEPJF) revoc\u00f3 la resoluci\u00f3n INE\/CG638\/2018 aprobada por el Consejo General del Instituto Nacional Electoral (INE), mediante el cual se determin\u00f3 existencia de un v\u00ednculo indisoluble entre el fideicomiso \u201cPor los dem\u00e1s\u201d y el partido Morena, por lo que los recursos ingresados al fideicomiso est\u00e1n sujetos a las reglas de fiscalizaci\u00f3n y, en consecuencia, le impuso al partido una sanci\u00f3n por $197,046,415.92, al concluir que los recursos aportados al fideicomiso deb\u00edan considerarse como aportaciones al partido y, con ello, acreditarse la recepci\u00f3n de financiamiento de fuentes prohibidas o desconocidas, adem\u00e1s de no haberse informado oportunamente a la autoridad electoral la constituci\u00f3n del fideicomiso ni los recursos recibidos.<\/p>\n<p class=\"MsoNormal\">El acuerdo referido fue impugnado por el partido Morena, quien argument\u00f3 que el INE carece de competencia para fiscalizar un fideicomiso de naturaleza privada y para ampliar la litis sobre hechos no denunciados, y aleg\u00f3 la falta de exhaustividad en la investigaci\u00f3n e indebida fundamentaci\u00f3n y motivaci\u00f3n de la resoluci\u00f3n. Por otro lado, los ciudadanos integrantes del Comit\u00e9 T\u00e9cnico del fideicomiso se\u00f1alan que el INE vulner\u00f3 su garant\u00eda de audiencia y que dicha autoridad carece de competencia para ordenar el cese de las operaciones.<\/p>\n<p class=\"MsoNormal\">Al resolver el SUP-RAP-209\/2018 y acumulado, la Sala Superior determin\u00f3 que el INE est\u00e1 facultado para fiscalizar los recursos p\u00fablicos y privados que recibe un partido pol\u00edtico, por lo que tiene competencia formal para investigar hechos relacionados con un fideicomiso cuando existan elementos que hagan presumir que el contrato est\u00e1 siendo utilizado para evadir el cumplimiento de las disposiciones que rigen el financiamiento de los partidos pol\u00edticos.<\/p>\n<p class=\"MsoNormal\">Sin embargo, la Sala consider\u00f3 que la investigaci\u00f3n realizada por el INE no fue exhaustiva, porque no se agot\u00f3 la l\u00ednea de investigaci\u00f3n. El Pleno se\u00f1al\u00f3 que las diligencias realizadas por la autoridad no fueron suficientes, ya que no derivaron en una investigaci\u00f3n integral de los hechos. En particular, la autoridad debi\u00f3 haber solicitado la colaboraci\u00f3n de las instituciones hacendarias y bancarias, as\u00ed como instaurar procedimientos sancionadores correspondientes, para determinar la identidad de los aportantes al fideicomiso.<\/p>\n<p class=\"MsoNormal\">Efectivamente, no obran en el expediente requerimientos de informaci\u00f3n formulados a la fiduciaria, fideicomisarios, miembros del Comit\u00e9 T\u00e9cnico o sujetos de apoyo que permitieran identificar el mecanismo de entrega de los recursos a esos beneficiarios, por lo que, al estar directamente relacionado con el objeto de investigaci\u00f3n, la responsable debi\u00f3 llamar a las partes que lo integran para que comparecieran al procedimiento sancionador, de ah\u00ed que tambi\u00e9n resulta fundado el agravio relativo a la violaci\u00f3n a la garant\u00eda de audiencia en perjuicio de las partes que integran el fideicomiso, m\u00e1xime que la responsable v\u00ednculo a los integrantes del Comit\u00e9 T\u00e9cnico en el resolutivo quinto de la resoluci\u00f3n controvertida sin llamarlos a juicio.<\/p>\n<p class=\"MsoNormal\">Por otro lado, las magistradas y magistrados consideraron que la resoluci\u00f3n carece de congruencia interna, ya que no acredita la utilizaci\u00f3n de recursos p\u00fablicos, pero, al mismo tiempo, ordena dar seguimiento a los procedimientos de fiscalizaci\u00f3n del partido Morena, lo que lo convierte en una pesquisa generalizada. Asimismo, indicaron que el elemento esencial que la autoridad toma para aducir la supuesta utilizaci\u00f3n de los recursos p\u00fablicos son las declaraciones de Andr\u00e9s Manuel L\u00f3pez Obrador de que el partido que entonces dirig\u00eda iba a aportar recursos al fideicomiso \u201cPor los dem\u00e1s\u201d, lo que no ha sido acreditado en el curso de la investigaci\u00f3n.<\/p>\n<p class=\"MsoNormal\">Finalmente, el Pleno se\u00f1al\u00f3 que no existe nexo causal entre el sujeto responsable por los hechos supuestamente violatorios de la normatividad electoral \u2013el partido Morena\u2013 y determinaci\u00f3n de un beneficio que este hubiese obtenido de la actividad il\u00edcita. Es decir, en el caso, era necesario demostrar un beneficio pol\u00edtico-electoral al instituto pol\u00edtico. Las magistradas y magistrados consideraron que, ante la ausencia de hechos irregulares probados y conexi\u00f3n entre ellos y el partido, la autoridad debi\u00f3 respetar la presunci\u00f3n de inocencia a favor de Morena.<\/p>\n<p class=\"MsoNormal\">En consecuencia, al no haberse acreditado su responsabilidad directa o indirecta por la creaci\u00f3n y operaci\u00f3n del fideicomiso, la Sala Superior revoc\u00f3 la resoluci\u00f3n impugnada y, con ello, la sanci\u00f3n impuesta por el INE al partido Morena.<\/p>\n","protected":false},"excerpt":{"rendered":"<p>El Pleno de la Sala Superior del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federaci\u00f3n (TEPJF) revoc\u00f3 la resoluci\u00f3n INE\/CG638\/2018 aprobada por el Consejo General del Instituto Nacional Electoral (INE), mediante el cual se determin\u00f3 existencia de un v\u00ednculo indisoluble entre el fideicomiso \u201cPor los dem\u00e1s\u201d y el partido Morena, por lo que los recursos [&hellip;]<\/p>\n","protected":false},"author":15,"featured_media":203443,"comment_status":"closed","ping_status":"closed","sticky":false,"template":"","format":"standard","meta":{"newspack_featured_image_position":"","newspack_post_subtitle":"","newspack_article_summary_title":"Overview:","newspack_article_summary":"","newspack_hide_updated_date":false,"newspack_show_updated_date":false,"footnotes":""},"categories":[83],"tags":[],"class_list":["post-179451","post","type-post","status-publish","format-standard","has-post-thumbnail","hentry","category-politica","entry"],"_links":{"self":[{"href":"https:\/\/www.pueblaonline.com.mx\/archivo\/wp-json\/wp\/v2\/posts\/179451","targetHints":{"allow":["GET"]}}],"collection":[{"href":"https:\/\/www.pueblaonline.com.mx\/archivo\/wp-json\/wp\/v2\/posts"}],"about":[{"href":"https:\/\/www.pueblaonline.com.mx\/archivo\/wp-json\/wp\/v2\/types\/post"}],"author":[{"embeddable":true,"href":"https:\/\/www.pueblaonline.com.mx\/archivo\/wp-json\/wp\/v2\/users\/15"}],"replies":[{"embeddable":true,"href":"https:\/\/www.pueblaonline.com.mx\/archivo\/wp-json\/wp\/v2\/comments?post=179451"}],"version-history":[{"count":0,"href":"https:\/\/www.pueblaonline.com.mx\/archivo\/wp-json\/wp\/v2\/posts\/179451\/revisions"}],"wp:featuredmedia":[{"embeddable":true,"href":"https:\/\/www.pueblaonline.com.mx\/archivo\/wp-json\/wp\/v2\/media\/203443"}],"wp:attachment":[{"href":"https:\/\/www.pueblaonline.com.mx\/archivo\/wp-json\/wp\/v2\/media?parent=179451"}],"wp:term":[{"taxonomy":"category","embeddable":true,"href":"https:\/\/www.pueblaonline.com.mx\/archivo\/wp-json\/wp\/v2\/categories?post=179451"},{"taxonomy":"post_tag","embeddable":true,"href":"https:\/\/www.pueblaonline.com.mx\/archivo\/wp-json\/wp\/v2\/tags?post=179451"}],"curies":[{"name":"wp","href":"https:\/\/api.w.org\/{rel}","templated":true}]}}