{"id":235243,"date":"2016-05-02T22:24:06","date_gmt":"2016-05-02T22:24:06","guid":{"rendered":"legacy-k2-2015-38660"},"modified":"2016-05-02T22:24:06","modified_gmt":"2016-05-02T22:24:06","slug":"tee-desecha-quejas-del-pri-contra-rmv-k2-38660","status":"publish","type":"post","link":"https:\/\/www.pueblaonline.com.mx\/archivo\/2016\/politica\/tee-desecha-quejas-del-pri-contra-rmv-k2-38660\/235243\/","title":{"rendered":"TEE desecha quejas del PRI contra RMV"},"content":{"rendered":"<p class=\"MsoNormal\">El Tribunal Electoral del Estado determin\u00f3 que el gobernador del estado, Rafael Moreno Valle, no ha incurrido en faltas a la legislaci\u00f3n electoral como lo denunci\u00f3 el Partido Revolucionario Institucional<\/p>\n<p class=\"MsoNormal\">\u00a0<\/p>\n<p class=\"MsoNormal\">El Tribunal Electoral del Estado determin\u00f3 que el gobernador del estado, Rafael Moreno Valle, no ha incurrido en faltas a la legislaci\u00f3n electoral como lo denunci\u00f3 el Partido Revolucionario Institucional.<\/p>\n<p class=\"MsoNormal\">Aqu\u00ed la decisi\u00f3n sobre dos procesos legales iniciados por el tricolor:<\/p>\n<p class=\"MsoNormal\">TEEP-AE-010\/2016: Interpuesta por Silvino Espinosa Herrera en su calidad de representante propietario del Partido Revolucionario Institucional, acreditado ante el Consejo General del Instituto Electoral del Estado de Puebla; en contra del titular del Gobierno del Estado de Puebla;\u00a0 por supuestas violaciones a la normatividad electoral. En su escrito de denuncia el promovente afirma que el servidor p\u00fablico denunciado, al difundir la inauguraci\u00f3n de diversas obras p\u00fablicas de su gobierno en diferentes medios de comunicaci\u00f3n social, promovi\u00f3 indebidamente la imagen institucional del mismo, en virtud de que carece de los elementos establecidos en el art\u00edculo 134 de la Constituci\u00f3n Pol\u00edtica de los Estados Unidos Mexicanos. En el presente asunto especial, se advierti\u00f3 que el denunciante parte de una premisa err\u00f3nea, toda vez que a su juicio, los anuncios realizados donde aparecen obras del Gobierno del Estado de Puebla, son propaganda pol\u00edtica electoral tendiente a promocionar la imagen del gobernador en turno, alg\u00fan candidato o partido pol\u00edtico. Se infiri\u00f3 infiere que si bien es cierto, la publicidad contiene logos, emblemas y frases que identifican actualmente a un poder p\u00fablico, espec\u00edficamente al Gobierno del Estado y a su titular, es notable que no se dan los supuestos que permitan determinar que se hubieran emitido en un periodo prohibido por la Ley, o que contengan expresiones o fechas relativas a un proceso electoral y menos a\u00fan mensajes tendientes a la obtenci\u00f3n del voto a favor de alg\u00fan servidor p\u00fablico o cualquier otro destinado a influir en las preferencias electorales de los ciudadanos, es por eso que las pruebas presentadas resultan insuficientes para acreditar que el servidor p\u00fablico involucrado, emiti\u00f3 mensajes que contravengan\u00a0 la normatividad electoral, toda vez que las mismas no fueron admniculadas con otro medio de convicci\u00f3n. Aunado a lo anterior se puede desprender del expediente en estudio que las fechas en que se realizaron los actos aqu\u00ed denunciados, no se encontraba en un proceso electoral local, toda vez que de conformidad con el art\u00edculo 186 de la Ley Electoral del Estado de Puebla, el proceso electoral ordinario inicia la cuarta semana de noviembre, del a\u00f1o anterior de la elecci\u00f3n, es decir la cuarta semana de Noviembre de 2015 pasado, por lo tanto la difusi\u00f3n de las obras p\u00fablicas en estudio, se realiz\u00f3 fuera del periodo prescrito por la Ley.\u00a0 En consecuencia, por mayor\u00eda, con el voto concurrente del Magistrado Jorge S\u00e1nchez Morales, se declar\u00f3 la inexistencia de la violaci\u00f3n se\u00f1alada por el denunciante.<\/p>\n<p class=\"MsoNormal\">\u00a0<\/p>\n<p>\u00a0<\/p>\n<p class=\"MsoNormal\">TEEP-AE-011\/2016: Interpuesto por el Partido Revolucionario Institucional en contra del Gobierno del Estado, las Secretarias de Turismo; Infraestructura y Transportes; Salud; Educaci\u00f3n P\u00fablica; Desarrollo Rural, Sustentabilidad y Ordenamiento Territorial; y Coordinaci\u00f3n General de Comunicaci\u00f3n Difusi\u00f3n y Promoci\u00f3n; as\u00ed como la persona moral Clear Channel, por supuestamente difundir propaganda que no cumpli\u00f3 con lo preceptuado por la Constituci\u00f3n Federal. El Partido Revolucionario Institucional indica que desde el ocho de marzo, tuvo conocimiento de la contrataci\u00f3n y\/o adquisici\u00f3n de espectaculares por parte del Gobierno del Estado, sin que tal propaganda re\u00fana los requisitos del citado precepto constitucional. Resulta infundada la denuncia, toda vez que el material probatorio aportado por el Partido Revolucionario Institucional, es insuficiente para demostrar plenamente que los medios de comunicaci\u00f3n que refiere \u2014espectaculares y mobiliario urbano de publicidad integrada\u2014 vulneran la normativa constitucional. En otras palabras, las fotograf\u00edas no acreditan ni como presunci\u00f3n, la violaci\u00f3n al art\u00edculo 134 de la Constituci\u00f3n Federal. De ah\u00ed, que se considere que el denunciante omiti\u00f3 aportar elementos adicionales para demostrar plenamente las conductas atribuidas a los funcionarios p\u00fablicos que refiere, as\u00ed como una violaci\u00f3n a la legislaci\u00f3n electoral . Por tanto, por mayor\u00eda, con el voto concurrente del Magistrado Jorge S\u00e1nchez Morales, se declar\u00f3 la inexistencia de la violaci\u00f3n objeto de las denuncias.<\/p>\n","protected":false},"excerpt":{"rendered":"<p>El Tribunal Electoral del Estado determin\u00f3 que el gobernador del estado, Rafael Moreno Valle, no ha incurrido en faltas a la legislaci\u00f3n electoral como lo denunci\u00f3 el Partido Revolucionario Institucional \u00a0 El Tribunal Electoral del Estado determin\u00f3 que el gobernador del estado, Rafael Moreno Valle, no ha incurrido en faltas a la legislaci\u00f3n electoral como [&hellip;]<\/p>\n","protected":false},"author":16,"featured_media":259570,"comment_status":"closed","ping_status":"closed","sticky":false,"template":"","format":"standard","meta":{"newspack_featured_image_position":"","newspack_post_subtitle":"","newspack_article_summary_title":"Overview:","newspack_article_summary":"","newspack_hide_updated_date":false,"newspack_show_updated_date":false,"footnotes":""},"categories":[83],"tags":[],"class_list":["post-235243","post","type-post","status-publish","format-standard","has-post-thumbnail","hentry","category-politica","entry"],"_links":{"self":[{"href":"https:\/\/www.pueblaonline.com.mx\/archivo\/wp-json\/wp\/v2\/posts\/235243","targetHints":{"allow":["GET"]}}],"collection":[{"href":"https:\/\/www.pueblaonline.com.mx\/archivo\/wp-json\/wp\/v2\/posts"}],"about":[{"href":"https:\/\/www.pueblaonline.com.mx\/archivo\/wp-json\/wp\/v2\/types\/post"}],"author":[{"embeddable":true,"href":"https:\/\/www.pueblaonline.com.mx\/archivo\/wp-json\/wp\/v2\/users\/16"}],"replies":[{"embeddable":true,"href":"https:\/\/www.pueblaonline.com.mx\/archivo\/wp-json\/wp\/v2\/comments?post=235243"}],"version-history":[{"count":0,"href":"https:\/\/www.pueblaonline.com.mx\/archivo\/wp-json\/wp\/v2\/posts\/235243\/revisions"}],"wp:featuredmedia":[{"embeddable":true,"href":"https:\/\/www.pueblaonline.com.mx\/archivo\/wp-json\/wp\/v2\/media\/259570"}],"wp:attachment":[{"href":"https:\/\/www.pueblaonline.com.mx\/archivo\/wp-json\/wp\/v2\/media?parent=235243"}],"wp:term":[{"taxonomy":"category","embeddable":true,"href":"https:\/\/www.pueblaonline.com.mx\/archivo\/wp-json\/wp\/v2\/categories?post=235243"},{"taxonomy":"post_tag","embeddable":true,"href":"https:\/\/www.pueblaonline.com.mx\/archivo\/wp-json\/wp\/v2\/tags?post=235243"}],"curies":[{"name":"wp","href":"https:\/\/api.w.org\/{rel}","templated":true}]}}