{"id":235245,"date":"2016-05-02T22:47:37","date_gmt":"2016-05-02T22:47:37","guid":{"rendered":"legacy-k2-2015-38662"},"modified":"2016-05-02T22:47:37","modified_gmt":"2016-05-02T22:47:37","slug":"tee-amonesta-a-morena-por-actos-anticipados-de-campana-k2-38662","status":"publish","type":"post","link":"https:\/\/www.pueblaonline.com.mx\/archivo\/2016\/politica\/tee-amonesta-a-morena-por-actos-anticipados-de-campana-k2-38662\/235245\/","title":{"rendered":"TEE amonesta a Morena por actos anticipados de campa\u00f1a"},"content":{"rendered":"<p class=\"MsoNormal\">El Tribunal Electoral del Estado emiti\u00f3 una amonestaci\u00f3n p\u00fablica en contra del partido Morena y su candidato a gobernador de Puebla, Abraham Quir\u00f3z, por actos anticipados de campa\u00f1a<\/p>\n<p class=\"MsoNormal\">El Tribunal Electoral del Estado emiti\u00f3 una amonestaci\u00f3n p\u00fablica en contra del partido Morena y su candidato a gobernador de Puebla, Abraham Quir\u00f3z, por actos anticipados de campa\u00f1a.<\/p>\n<p class=\"MsoNormal\">Aqu\u00ed la exposici\u00f3n del caso:<\/p>\n<p>\u00a0<\/p>\n<p class=\"MsoNormal\">TEEP-AE-009\/2016: Interpuesto por el Partido Acci\u00f3n Nacional en contra del partido\u00a0 Morena y su candidato a gobernador por supuestos actos anticipados de campa\u00f1a. En su escrito de denuncia el promovente afirma que en un periodo prohibido por la ley (inter campa\u00f1a), se observ\u00f3 la existencia de 21 bardas pintadas con propaganda atribuible al partido pol\u00edtico Morena y a su candidato a gobernador en diversos lugares del interior del estado y que la misma tiene como finalidad solicitar el voto y apoyo a favor del citado ciudadano, al efecto acompa\u00f1\u00f3 fotograf\u00edas de las bardas y solicit\u00f3 a la autoridad responsable concediera una medida cautelar con la finalidad de blanquear las mismas, la cual fue otorgada el dos de abril por la Comisi\u00f3n de Quejas y Denuncias del Instituto Electoral del Estado. En su defensa el partido pol\u00edtico se\u00f1al\u00f3 que en las bardas no se solicita un llamado expreso al voto ni a una solicitud de apoyo. En ese mismo sentido, el candidato denunciado manifest\u00f3 que el contenido de la propaganda no es de su autor\u00eda, que desconoce totalmente la existencia de la misma, as\u00ed como que no hay elementos de prueba aportados por el quejoso que lo relacionen con la elaboraci\u00f3n de la propaganda denunciada. Al efecto debe se\u00f1alarse que la propaganda denunciada contiene lo siguiente: El emblema del partido involucrado; en algunas fotograf\u00edas la imagen y el nombre del candidato Abraham Quiroz, acompa\u00f1ada de la imagen de Andr\u00e9s Manuel L\u00f3pez Obrador; la frase: Promotor de la soberan\u00eda nacional. De igual forma, seg\u00fan lo estableci\u00f3 el Consejo General entre el cuatro de marzo y el dos de abril no pod\u00eda realizarse la propaganda electoral. En consecuencia, de todo lo anterior se consideran los elementos antes se\u00f1alados, generando la existencia del acto anticipado de campa\u00f1a s\u00f3lo por lo que hace al partido pol\u00edtico y no al candidato, pues este \u00faltimo neg\u00f3 categ\u00f3ricamente conocer la existencia de las bardas, as\u00ed como tampoco obra elemento dentro del expediente que lleve a una conclusi\u00f3n distinta. Los partidos pol\u00edticos tienen permitido en la legislaci\u00f3n electoral la difusi\u00f3n de propaganda en los tiempos permitidos, y en el caso, se expone el emblema del instituto pol\u00edtico y el nombre e imagen de su candidato, propaganda que en concepto de la ponencia, los posiciona ante la ciudadan\u00eda del estado de manera anticipada; como consecuencia, la propaganda proselitista les genera un beneficio en el contexto del proceso electoral. En el Derecho Administrativo Sancionador Electoral una de las facultades de la autoridad, es la de reprimir conductas que trastoquen el orden jur\u00eddico, para lograr el respeto de los principios constitucionales y legales en la materia electoral. En esencia, la conducta implic\u00f3 un acto anticipado de campa\u00f1a que benefici\u00f3 al partido Morena y su candidato a gobernador; que se trata de una conducta que ocurri\u00f3 en \u00fanica ocasi\u00f3n, en una temporalidad (inter campa\u00f1a), en donde la propaganda debe ser gen\u00e9rica y no contener llamados expl\u00edcitos o impl\u00edcitos al voto; y que no existe reincidencia, se considera que la falta es lev\u00edsima por parte del partido pol\u00edtico en menci\u00f3n. Por tanto, el Pleno del Tribunal estableci\u00f3 una amonestaci\u00f3n p\u00fablica al partido pol\u00edtico Morena.<\/p>\n","protected":false},"excerpt":{"rendered":"<p>El Tribunal Electoral del Estado emiti\u00f3 una amonestaci\u00f3n p\u00fablica en contra del partido Morena y su candidato a gobernador de Puebla, Abraham Quir\u00f3z, por actos anticipados de campa\u00f1a El Tribunal Electoral del Estado emiti\u00f3 una amonestaci\u00f3n p\u00fablica en contra del partido Morena y su candidato a gobernador de Puebla, Abraham Quir\u00f3z, por actos anticipados de [&hellip;]<\/p>\n","protected":false},"author":16,"featured_media":0,"comment_status":"closed","ping_status":"closed","sticky":false,"template":"","format":"standard","meta":{"newspack_featured_image_position":"","newspack_post_subtitle":"","newspack_article_summary_title":"Overview:","newspack_article_summary":"","newspack_hide_updated_date":false,"newspack_show_updated_date":false,"footnotes":""},"categories":[83],"tags":[],"class_list":["post-235245","post","type-post","status-publish","format-standard","hentry","category-politica","entry"],"_links":{"self":[{"href":"https:\/\/www.pueblaonline.com.mx\/archivo\/wp-json\/wp\/v2\/posts\/235245","targetHints":{"allow":["GET"]}}],"collection":[{"href":"https:\/\/www.pueblaonline.com.mx\/archivo\/wp-json\/wp\/v2\/posts"}],"about":[{"href":"https:\/\/www.pueblaonline.com.mx\/archivo\/wp-json\/wp\/v2\/types\/post"}],"author":[{"embeddable":true,"href":"https:\/\/www.pueblaonline.com.mx\/archivo\/wp-json\/wp\/v2\/users\/16"}],"replies":[{"embeddable":true,"href":"https:\/\/www.pueblaonline.com.mx\/archivo\/wp-json\/wp\/v2\/comments?post=235245"}],"version-history":[{"count":0,"href":"https:\/\/www.pueblaonline.com.mx\/archivo\/wp-json\/wp\/v2\/posts\/235245\/revisions"}],"wp:attachment":[{"href":"https:\/\/www.pueblaonline.com.mx\/archivo\/wp-json\/wp\/v2\/media?parent=235245"}],"wp:term":[{"taxonomy":"category","embeddable":true,"href":"https:\/\/www.pueblaonline.com.mx\/archivo\/wp-json\/wp\/v2\/categories?post=235245"},{"taxonomy":"post_tag","embeddable":true,"href":"https:\/\/www.pueblaonline.com.mx\/archivo\/wp-json\/wp\/v2\/tags?post=235245"}],"curies":[{"name":"wp","href":"https:\/\/api.w.org\/{rel}","templated":true}]}}