{"id":282930,"date":"2014-11-26T04:02:26","date_gmt":"2014-11-26T04:02:26","guid":{"rendered":"legacy-k2-2014-16320"},"modified":"2014-11-26T04:02:26","modified_gmt":"2014-11-26T04:02:26","slug":"ine-abre-convocatoria-para-candidatos-independientes-a-diputados-federales-k2-16320","status":"publish","type":"post","link":"https:\/\/www.pueblaonline.com.mx\/archivo\/2014\/puebla\/ine-abre-convocatoria-para-candidatos-independientes-a-diputados-federales-k2-16320\/282930\/","title":{"rendered":"INE abre convocatoria para candidatos independientes a diputados federales"},"content":{"rendered":"<p><span style=\"line-height: 1.3em;\">A partir del d\u00eda 30 de diciembre de 2014 y hasta el d\u00eda 27 de febrero de 2015, las y los aspirantes podr\u00e1n realizar actos tendentes a recabar el porcentaje de apoyo ciudadano requerido por la Ley, por medios diversos a la radio y la televisi\u00f3n<\/span><\/p>\n<p><span style=\"line-height: 1.3em;\">El pasado 19 de noviembre en Sesi\u00f3n Extraordinaria el Consejo General del Instituto Nacional Electoral (INE) aprob\u00f3 por votaci\u00f3n un\u00e1nime el Acuerdo INE\/CG273\/2014, por el que se emiten los criterios aplicables, el modelo \u00fanico de estatutos y la convocatoria para el registro de candidatas y candidatos independientes a Diputadas y Diputados por el principio de mayor\u00eda relativa para el Proceso Electoral Federal 2014-2015.<\/span><\/p>\n<p>El numeral cuarto del acuerdo antes mencionado, se\u00f1ala como monto del tope m\u00e1ximo de gastos para los actos tendentes a recabar el apoyo ciudadano para contender como candidato o candidata independiente a Diputado o Diputada por el principio de mayor\u00eda relativa en el Proceso Electoral Federal 2014-2015, la cantidad de $112,037.36 (ciento doce mil treinta y siete pesos 36\/100 M.N.)<\/p>\n<p>Con lo anterior, la Junta Local Ejecutiva del INE en el estado de Puebla da a conocer la \u201cConvocatoria a las ciudadanas y los ciudadanos interesados (as) en postularse como candidatas o candidatos independientes a Diputados (as) federales por el principio de mayor\u00eda relativa, para el proceso electoral federal 2014-2015\u201d.<\/p>\n<p>Los requisitos que establece la convocatoria son: Ser ciudadano (a) mexicano (a), por nacimiento, en el ejercicio de sus derechos; Tener veinti\u00fan a\u00f1os cumplidos el d\u00eda de la elecci\u00f3n; Ser originario (a) del Estado en que se haga la elecci\u00f3n o vecino de \u00e9l con residencia efectiva de m\u00e1s de seis meses anteriores a la fecha de ella. La vecindad no se pierde por ausencia en el desempe\u00f1o de cargos p\u00fablicos de elecci\u00f3n popular; No estar en servicio activo en el Ej\u00e9rcito Federal ni tener mando en la polic\u00eda o gendarmer\u00eda rural en el Distrito donde se haga la elecci\u00f3n, cuando menos noventa d\u00edas antes de ella; No ser titular de alguno de los organismos a los que la Constituci\u00f3n Pol\u00edtica de los Estados Unidos Mexicanos otorga autonom\u00eda, ni ser Secretario o Subsecretario de Estado, ni titular de alguno de los organismos descentralizados o desconcentrados de la administraci\u00f3n p\u00fablica federal, a menos que se separe definitivamente de sus funciones 90 d\u00edas antes del d\u00eda de la elecci\u00f3n. No ser Ministro (a) de la Suprema Corte de Justicia de la Naci\u00f3n, ni Magistrado (a), ni Secretario (a) del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federaci\u00f3n, ni Consejero (a) Presidente o consejero (a) electoral en los consejos General, locales o distritales del Instituto Nacional Electoral, ni Secretario Ejecutivo, Director (a) Ejecutivo (a) o personal profesional directivo del propio Instituto, salvo que se hubiere separado de su encargo, de manera definitiva, tres a\u00f1os antes del d\u00eda de la elecci\u00f3n. Los Gobernadores de los Estados y el Jefe de Gobierno del Distrito Federal no podr\u00e1n ser electos en las entidades de sus respectivas jurisdicciones durante el periodo de su encargo, aun cuando se separen definitivamente de sus puestos.<\/p>\n<p>Los Secretarios del Gobierno de los Estados y del Distrito Federal, los Magistrados y Jueces Federales o del Estado o del Distrito Federal, as\u00ed como los Presidentes Municipales y titulares de alg\u00fan \u00f3rgano pol\u00edtico-administrativo en el caso del Distrito Federal, no podr\u00e1n ser electos en las entidades de sus respectivas jurisdicciones, si no se separan definitivamente de sus cargos noventa d\u00edas antes del d\u00eda de la elecci\u00f3n; No ser Ministro de alg\u00fan culto religioso; No haber sido electo como Diputado (a) en el pasado proceso electoral federal; y Estar inscrito (a) en el Registro Federal de Electores y contar con credencial para votar.<\/p>\n<p>Las ciudadanas y los ciudadanos que pretendan postularse como candidata o candidato independiente a Diputado (a) Federal por el principio de mayor\u00eda relativa, deber\u00e1n hacerlo del conocimiento del Instituto, a partir del d\u00eda siguiente al en que se publique la convocatoria y hasta el d\u00eda 26 de diciembre de 2014. A partir del d\u00eda 30 de diciembre de 2014 y hasta el d\u00eda 27 de febrero de 2015, las y los aspirantes podr\u00e1n realizar actos tendentes a recabar el porcentaje de apoyo ciudadano requerido por la Ley, por medios diversos a la radio y la televisi\u00f3n. Las solicitudes de registro de candidatas o candidatos independientes, que presenten las y los aspirantes, deber\u00e1n exhibirse por escrito ante los Consejos Distritales correspondientes o, supletoriamente, ante el Consejo General del INE, dentro del plazo comprendido entre los d\u00edas 22 y 29 de marzo de 2015.<\/p>\n<p>Todos los formatos referentes a la presente convocatoria, podr\u00e1n obtenerse en la p\u00e1gina electr\u00f3nica del Instituto Nacional Electoral www.ine.mx, en el apartado correspondiente a Candidaturas Independientes.<\/p>\n<p>Para mayores informes las ciudadanas y ciudadanos interesados tambi\u00e9n pueden acudir a las oficinas de los consejos distritales correspondientes o del Consejo Local del INE en el estado de Puebla, ubicado en 35 Oriente no. 5, Col. Huexotitla, CP. 72534, Puebla, Puebla; a los tel\u00e9fonos: 01 (222) 2 37 25 20; 01 (222) 2 37 25 28; 01 (222) 2 43 26 74.<\/p>\n","protected":false},"excerpt":{"rendered":"<p>A partir del d\u00eda 30 de diciembre de 2014 y hasta el d\u00eda 27 de febrero de 2015, las y los aspirantes podr\u00e1n realizar actos tendentes a recabar el porcentaje de apoyo ciudadano requerido por la Ley, por medios diversos a la radio y la televisi\u00f3n El pasado 19 de noviembre en Sesi\u00f3n Extraordinaria el [&hellip;]<\/p>\n","protected":false},"author":17,"featured_media":314097,"comment_status":"closed","ping_status":"closed","sticky":false,"template":"","format":"standard","meta":{"newspack_featured_image_position":"","newspack_post_subtitle":"","newspack_article_summary_title":"Overview:","newspack_article_summary":"","newspack_hide_updated_date":false,"newspack_show_updated_date":false,"footnotes":""},"categories":[104],"tags":[],"class_list":["post-282930","post","type-post","status-publish","format-standard","has-post-thumbnail","hentry","category-puebla","entry"],"_links":{"self":[{"href":"https:\/\/www.pueblaonline.com.mx\/archivo\/wp-json\/wp\/v2\/posts\/282930","targetHints":{"allow":["GET"]}}],"collection":[{"href":"https:\/\/www.pueblaonline.com.mx\/archivo\/wp-json\/wp\/v2\/posts"}],"about":[{"href":"https:\/\/www.pueblaonline.com.mx\/archivo\/wp-json\/wp\/v2\/types\/post"}],"author":[{"embeddable":true,"href":"https:\/\/www.pueblaonline.com.mx\/archivo\/wp-json\/wp\/v2\/users\/17"}],"replies":[{"embeddable":true,"href":"https:\/\/www.pueblaonline.com.mx\/archivo\/wp-json\/wp\/v2\/comments?post=282930"}],"version-history":[{"count":0,"href":"https:\/\/www.pueblaonline.com.mx\/archivo\/wp-json\/wp\/v2\/posts\/282930\/revisions"}],"wp:featuredmedia":[{"embeddable":true,"href":"https:\/\/www.pueblaonline.com.mx\/archivo\/wp-json\/wp\/v2\/media\/314097"}],"wp:attachment":[{"href":"https:\/\/www.pueblaonline.com.mx\/archivo\/wp-json\/wp\/v2\/media?parent=282930"}],"wp:term":[{"taxonomy":"category","embeddable":true,"href":"https:\/\/www.pueblaonline.com.mx\/archivo\/wp-json\/wp\/v2\/categories?post=282930"},{"taxonomy":"post_tag","embeddable":true,"href":"https:\/\/www.pueblaonline.com.mx\/archivo\/wp-json\/wp\/v2\/tags?post=282930"}],"curies":[{"name":"wp","href":"https:\/\/api.w.org\/{rel}","templated":true}]}}