{"id":285303,"date":"2014-11-03T02:55:56","date_gmt":"2014-11-03T02:55:56","guid":{"rendered":"legacy-k2-j25-15126"},"modified":"2014-11-03T02:55:56","modified_gmt":"2014-11-03T02:55:56","slug":"548-poblanas-abortaron-en-clinicas-del-df-de-2011-a-2013-ddeser-k2-15126","status":"publish","type":"post","link":"https:\/\/www.pueblaonline.com.mx\/archivo\/2014\/puebla\/548-poblanas-abortaron-en-clinicas-del-df-de-2011-a-2013-ddeser-k2-15126\/285303\/","title":{"rendered":"548 poblanas abortaron en cl\u00ednicas del DF, de 2011 a 2013: DDESER"},"content":{"rendered":"<p><span style=\"line-height: 1.3em;\">Son varios los llamados que a trav\u00e9s de instancias internacionales se han hecho a los gobiernos para poner atenci\u00f3n en el tema del aborto inseguro<\/span><\/p>\n<p><span style=\"line-height: 1.3em;\">\u201cSe estima que cada a\u00f1o alrededor de 4 millones de mujeres en Am\u00e9rica Latina y El Caribe deciden abortar. Las legislaciones en la regi\u00f3n regulan la pr\u00e1ctica, en m\u00e1rgenes que van desde la autorizaci\u00f3n limitada hasta la completa prohibici\u00f3n\u201d.<\/span><\/p>\n<p>Son varios los llamados que a trav\u00e9s de instancias internacionales se han hecho a los gobiernos para poner atenci\u00f3n en el tema del aborto inseguro. Por ejemplo:<\/p>\n<p>1994: El aborto inseguro es reconocido como un grave problema de salud p\u00fablica en el Programa de Acci\u00f3n de la Conferencia Internacional de Poblaci\u00f3n y Desarrollo (p\u00e1rrafo 8.25).<\/p>\n<p>1995: La Plataforma de Acci\u00f3n de la IV Conferencia Mundial sobre la Mujer (Beijing) reafirm\u00f3 el contenido de El Cairo y agreg\u00f3 la recomendaci\u00f3n que los pa\u00edses revisaran las leyes que penalizan a las mujeres cuando se someten a abortos ilegales (p\u00e1rrafo 106 K).<\/p>\n<p>1998: La Comisi\u00f3n Econ\u00f3mica para Am\u00e9rica Latina y el Caribe (CEPAL) reconoci\u00f3 que la morbimortalidad materna se vincula con el aborto realizado en condiciones inseguras. Y recomienda su atenci\u00f3n para evitar el aborto y enfrentar de manera apropiada sus complicaciones.<\/p>\n<p>1999: El texto aprobado en el proceso de revisi\u00f3n de Cairo +5, recomienda el entrenamiento de profesionales para atender a las mujeres en los casos en que el aborto sea legal.<\/p>\n<p>2000: El documento final de Beijing +5 incorpora el texto del p\u00e1rrafo 106 K de la Plataforma de Acci\u00f3n de Beijing, en el que se se\u00f1ala la necesidad de revisar las leyes que penalizan la pr\u00e1ctica del aborto inseguro. Adem\u00e1s, recomienda que los gobiernos implementen la indicaci\u00f3n acordada en Cairo +5 sobre el entrenamiento de profesionales y el equipamiento adecuado de servicios.<\/p>\n<p>2012: La declaraci\u00f3n de la 45 sesi\u00f3n de la comisi\u00f3n de Poblaci\u00f3n y desarrollo, exhorto a los gobiernos a despenalizar el aborto como mecanismo para disminuir los da\u00f1os a la salud de las mujeres por abortos inseguros.<\/p>\n<p>Y en los \u00faltimos a\u00f1os se suman documentos donde se exige abiertamente a los gobiernos despenalizar el aborto como un tema de acceso a los derechos sexuales y reproductivos de las mujeres, \u00a0tales documentos son: La Declaraci\u00f3n del Bal\u00ed &#8211; producto del Foro Mundial de juventud-, el Consenso de Montevideo y varias de las recomendaciones que emite cada a\u00f1o en Naciones Unidas la Comisi\u00f3n para la eliminaci\u00f3n de la discriminaci\u00f3n contra las mujeres, CEDAW (por sus siglas en ingl\u00e9s).<\/p>\n<p>&#8220;Es vergonzoso que en una regi\u00f3n, donde la gran mayor\u00eda de pa\u00edses son Estados parte de la Convenci\u00f3n de Belem do Par\u00e1 (Convenci\u00f3n Interamericana para Prevenir Sancionar y Erradicar la Violencia contra la Mujer) cuando una mujer o ni\u00f1a queda embarazada de una violaci\u00f3n el Estado la obligue a continuar con el embarazo. Muchas mujeres y ni\u00f1as, antes de enfrentarse a ser obligadas a seguir un embarazo, toman otras medidas desesperadas e intentan practicarse un aborto a s\u00ed mismas.\u201d Situaci\u00f3n que se repite en la regi\u00f3n y de manera particular y dolorosa en M\u00e9xico.<\/p>\n<p>En este contexto, nos parece importante recordar lo que ocurre en nuestro Pa\u00eds. \u00a0M\u00e9xico es un Pa\u00eds que entra\u00f1a profundas desigualdades; de acceso a oportunidades, a educaci\u00f3n, a informaci\u00f3n, a la salud y a condiciones de vida en general. Estas desigualdades se acent\u00faan entre las mexicanas; pues mientras unas son \u201ctratadas\u201d como \u201cciudadanas de primera\u201d y \u00a0acceden a sus derechos reproductivos, como es el caso del Distrito Federal donde las mujeres pueden interrumpir su embarazo hasta la semana 12 de gestaci\u00f3n, en el mismo territorio mexicano otras somos cuestionadas y criminalizadas por ejercer este mismo derecho.<\/p>\n<p>Tal es el caso de Puebla, donde en el 2009 se aprob\u00f3 una reforma para \u201cprotege la vida desde el momento de la concepci\u00f3n\u201d y hasta la muerte natural, reforma que tenia la clara intenci\u00f3n de obstaculizar los derechos reproductivos de las mujeres.<\/p>\n<p>Pese a que en Puebla, desde 1986 el c\u00f3digo de defensa social en su art. 343 establece que el aborto no es sancionable cuando es producto de una violaci\u00f3n, cuando el aborto es causado por la \u201cimprudencia de la mujer, cuando de no provocarse el aborto la mujer embarazada corra peligro de muerte y cuando el aborto se deba a causas eugen\u00e9sicas graves. Muchas son las dificultades que enfrentan las mujeres para acceder a este derecho; entre las que se encuentran la falta de voluntad pol\u00edtica, la desinformaci\u00f3n que el personal de las instituciones de salud y justicia tienen al respecto de estas causales, la desinformaci\u00f3n de las mujeres, pero sobre todo la existencia de una serie de prejuicios que entrelazan con estos factores siguen siendo un obst\u00e1culo en el acceso al aborto legal en Puebla.<\/p>\n<p>Esto podemos evidenciarlo a trav\u00e9s de un ejercicio que desde este red hemos realizado solicitando informaci\u00f3n v\u00eda infomex a diferentes dependencias sobre el acceso a las causales en Puebla.<\/p>\n<p>En una solicitud realizada a la Secretaria de Salud, con el Folio: 00333514, donde preguntamos del 2011 a mayo de 2014 el n\u00famero de abortos practicados por las causales legales estipuladas en el c\u00f3digo de defensa social del estado de Puebla. Y respondieron que en ese periodo se hab\u00eda realizado \u201cuna\u201d interrupci\u00f3n del embarazo por la causal violaci\u00f3n y el procedimiento realizado fue legrado Uterino Instrumentado.<\/p>\n<p>Pese a que tan solo del 2012 al abril de 2014 seg\u00fan informaci\u00f3n proporcionada por la procuradur\u00eda de justicia en Puebla se recibieron 1278 denuncias por delito de violaci\u00f3n sexual, \u00a0&#8211; 730 en (2012), 449 (2013), 99 (2014)- Respuesta con folio: 00195614. Nos cuestionamos \u00bfEs posible que de este n\u00famero de mujeres solo una, una sola haya solicitado la interrupci\u00f3n del embarazo producto de una violaci\u00f3n? Es realidad, \u00bfEstas mujeres prefieren continuar con el embarazo producto de una violaci\u00f3n? O solo no se les informo de ese derecho.<\/p>\n<p>Seg\u00fan la respuesta emitida con el Folio: 00195914 del 2012 a abril de 2014 solo una mujer solicit\u00f3 el aborto por la causal violaci\u00f3n.<\/p>\n<p>Y esto, a\u00fan cuando en el estado de Puebla de Enero de 2012 a abril de 2014 un total de 3484 \u00a0ni\u00f1as de entre 11 y 15 a\u00f1os, se atendieron por parto. Le preguntamos al estado y sus instituciones y a la sociedad en general \u00bfAcaso el embarazo de una ni\u00f1a no puede estar poniendo en riesgo su vida?. En este sentido, nos estamos cuestionando \u00bfQu\u00e9 hace una ni\u00f1a de 11 a\u00f1os embarazada?, Sabemos que muchas de las violaciones sexuales ocurren en la intimidad de la familia, o en contexto donde los agresores tienen acceso \u201cf\u00e1cil\u201d y en repetidas ocasiones a la victima. Sabemos que en casos de violaciones sexuales de menores los involucrados muchas veces son los padres, los hermanos, los t\u00edos, los abuelos o personas cercanas a las mujeres.<\/p>\n<p>En un estado que no quiere comprender que las mujeres se someten a abortos (legales o no) por m\u00faltiples causas, en un estado donde se intent\u00f3 penalizar el aborto completamente, tambi\u00e9n se sigue criminalizado a las mujeres. \u00a0De 2011 a 2013 se procesaron a 9 mujeres por delito de aborto, 3 recibieron sentencia condenatoria, solicitud de informaci\u00f3n folio 459\/2014.<\/p>\n<p>Algunos datos:<\/p>\n<p>De cada 10 mujeres que interrumpen su embarazo en cl\u00ednicas p\u00fablicas del Distrito Federal, tres son de otras entidades federativas, seg\u00fan cifras de la Secretar\u00eda de Salud local.<\/p>\n<p>Entre 2009 y 2011, 679 mujeres han sido denunciadas por el delito de aborto en el interior de la Rep\u00fablica, seg\u00fan un informe no oficial de la organizaci\u00f3n Grupo de Informaci\u00f3n en Reproducci\u00f3n Elegida (GIRE).<\/p>\n<p>De 2008 a 2010, 249 poblanas interrumpieron su gestaci\u00f3n en cl\u00ednicas de la Secretar\u00eda de Salud del Gobierno del Distrito Federal. \u00a0En el periodo de 2011 a 2013 abortaron 548 mujeres de Puebla en servicios m\u00e9dicos del GDF, es decir que hubo un incremento de 299 casos.<\/p>\n<p>En el 2014 DDESER Puebla ha acompa\u00f1ado 17 casos de aborto electivo de mujeres que acuden al DF, 3 casos de mujeres en situaci\u00f3n de violaci\u00f3n y un caso de una mujer con complicaciones a su salud.<\/p>\n<p><a href=\"https:\/\/drive.google.com\/file\/d\/0BxUNdcFFsYpxdEY0anEyVUhVZmM\/view?pli=1\" target=\"_blank\">https:\/\/drive.google.com\/file\/d\/0BxUNdcFFsYpxdEY0anEyVUhVZmM\/view?pli=1<\/a><\/p>\n","protected":false},"excerpt":{"rendered":"<p>Son varios los llamados que a trav\u00e9s de instancias internacionales se han hecho a los gobiernos para poner atenci\u00f3n en el tema del aborto inseguro \u201cSe estima que cada a\u00f1o alrededor de 4 millones de mujeres en Am\u00e9rica Latina y El Caribe deciden abortar. 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