{"id":31052,"date":"2022-07-06T19:26:05","date_gmt":"2022-07-06T19:26:05","guid":{"rendered":"legacy-k2-2019-124502"},"modified":"2022-07-06T19:26:05","modified_gmt":"2022-07-06T19:26:05","slug":"por-infeccion-de-diu-le-amputaron-piernas-en-el-imss-cndh-ordena-reparar-dano-k2-124502","status":"publish","type":"post","link":"https:\/\/www.pueblaonline.com.mx\/archivo\/2022\/nacion\/por-infeccion-de-diu-le-amputaron-piernas-en-el-imss-cndh-ordena-reparar-dano-k2-124502\/31052\/","title":{"rendered":"Por infecci\u00f3n de DIU le amputaron piernas en el IMSS; CNDH ordena reparar da\u00f1o"},"content":{"rendered":"<p class=\"MsoNormal\">La Comisi\u00f3n Nacional de los Derechos Humanos (CNDH) emiti\u00f3 la Recomendaci\u00f3n 118\/2022 al director general del Instituto Mexicano del Seguro Social (IMSS), Zo\u00e9 Alejandro Robledo Aburto, debido a que personal m\u00e9dico adscrito al Hospital General Regional n\u00famero 1 (HGR-1), y a la Unidad de Medicina Familiar n\u00famero 9 (UMF-9) de ese instituto, transgredieron los derechos a la protecci\u00f3n de la salud, a la integridad personal, a la salud sexual y reproductiva, y da\u00f1aron el proyecto de vida de una mujer de 27 a\u00f1os por diagn\u00f3stico, tratamiento y seguimiento m\u00e9dico inadecuados<\/p>\n<p class=\"MsoNormal\">\u00a0<\/p>\n<p class=\"MsoNormal\">La Comisi\u00f3n Nacional de los Derechos Humanos (CNDH) emiti\u00f3 la Recomendaci\u00f3n 118\/2022 al director general del Instituto Mexicano del Seguro Social (IMSS), Zo\u00e9 Alejandro Robledo Aburto, debido a que personal m\u00e9dico adscrito al Hospital General Regional n\u00famero 1 (HGR-1) Quer\u00e9taro, y a la Unidad de Medicina Familiar n\u00famero 9 (UMF-9) de ese instituto, transgredieron los derechos a la protecci\u00f3n de la salud, a la integridad personal, a la salud sexual y reproductiva, y da\u00f1aron el proyecto de vida de una mujer de 27 a\u00f1os por diagn\u00f3stico, tratamiento y seguimiento m\u00e9dico inadecuados de un Dispositivo Intra Uterino (DIU) traslocado que gener\u00f3 una infecci\u00f3n generalizada y que la llev\u00f3 a un paro cardiaco con 30 minutos de reanimaci\u00f3n asistida, choque s\u00e9ptico, extirpaci\u00f3n del \u00fatero, un ovario, y la amputaci\u00f3n de ambas piernas.<\/p>\n<p class=\"MsoNormal\">La queja fue presentada por la v\u00edctima y en ella se\u00f1ala que, en septiembre de 2018, acudi\u00f3 en al menos tres ocasiones a la UMF-9 debido a un dolor abdominal, diagnostic\u00e1ndole infecci\u00f3n en v\u00edas urinarias y colitis, por lo que se estableci\u00f3 tratamiento sin solicitar estudios de laboratorios. Se detalla que acudi\u00f3 al \u00e1rea de gineco obstetricia en el HGR-1 para retirarle un DIU que se encontraba traslocado y que fue extra\u00eddo con pinzas sin realizar previamente un ultrasonido o estudios de rayos X. Se agrega, adem\u00e1s, que tres d\u00edas despu\u00e9s, la v\u00edctima se present\u00f3 con dolor lumbar en la UMF-9, donde se anot\u00f3 como antecedente el retiro del DIU y que, sin llevar a cabo alg\u00fan an\u00e1lisis, se le diagnostic\u00f3 lumbalgia aguda. La situaci\u00f3n de la v\u00edctima evolucion\u00f3 desfavorablemente, por lo que se present\u00f3 en el \u00e1rea de urgencias de la UMF-9 y de ah\u00ed fue trasladada al HGR-1, donde ingres\u00f3 por grave p\u00e9rdida de sangre, gastroenteritis infecciosa y deshidrataci\u00f3n severa.<\/p>\n<p class=\"MsoNormal\">En la integraci\u00f3n del expediente, este Organismo Nacional recab\u00f3 informaci\u00f3n suficiente para acreditar que al llegar al HGR-1, la v\u00edctima se encontraba en una condici\u00f3n grave que pon\u00eda en riesgo su vida, y que la p\u00e9rdida de sangre se debi\u00f3 a una infecci\u00f3n generalizada (sepsis), por lo que fue necesario proporcionarle respiraci\u00f3n mec\u00e1nica, ser intubada y una trasfusi\u00f3n sangu\u00ednea y, debido al paro cardiaco que sufri\u00f3, requiri\u00f3 reanimaci\u00f3n por 30 minutos, se realiz\u00f3 extirpaci\u00f3n de \u00fatero y ovario y, posteriormente, se le tuvo que realizar la amputaci\u00f3n de ambas piernas.<\/p>\n<p class=\"MsoNormal\">Por lo anterior, este Organismo Aut\u00f3nomo considera que la atenci\u00f3n otorgada no fue oportuna ni adecuada, principalmente la que se llev\u00f3 a cabo en la UMF-9, donde las autoridades se\u00f1aladas como responsables, emitieron un diagn\u00f3stico sin estudios de laboratorio cl\u00ednicos, Rayos X o ultrasonidos y sin tomar en cuenta el procedimiento de retiro de DIU que le hab\u00edan practicado.<\/p>\n<p class=\"MsoNormal\">Esta Comisi\u00f3n pudo comprobar que el retiro de tal dispositivo se llev\u00f3 sin apego a la Norma Oficial Mexicana correspondiente, sin realizar estudios cl\u00ednicos para detectar infecciones vaginales, ni la presencia de efectos colaterales, con lo que se constata un inadecuado seguimiento e indebida atenci\u00f3n del dispositivo como m\u00e9todo anticonceptivo, sin pasar por alto que la v\u00edctima podr\u00eda presentar trastornos fisiol\u00f3gicos secundarios de su funci\u00f3n reproductiva, alteraciones de la funci\u00f3n sexual y trastornos psicol\u00f3gicos relacionados a la p\u00e9rdida del \u00fatero.<\/p>\n<p class=\"MsoNormal\">La CNDH considera que el pron\u00f3stico de vida de la v\u00edctima es grave por las complicaciones derivadas de la inadecuada atenci\u00f3n m\u00e9dica que le dejaron secuelas permanentes en la funci\u00f3n deambulatoria, al amput\u00e1rsele ambas extremidades inferiores y oblig\u00e1ndola a usar pr\u00f3tesis. Se hace notar que, si bien la amputaci\u00f3n de extremidades se llev\u00f3 a cabo para salvar la vida de la v\u00edctima ante el avance de la infecci\u00f3n, este procedimiento aplicado fue resultado de una inadecuada atenci\u00f3n m\u00e9dica, un diagn\u00f3stico deficiente e incompleto y de un inadecuado seguimiento de control, que permitieron el avance importante de la infecci\u00f3n que pudo prevenirse.<\/p>\n<p class=\"MsoNormal\">Ante tales hechos, la CNDH solicita al director general del IMSS que proceda a la inmediata reparaci\u00f3n del da\u00f1o, incluyendo el pago de una compensaci\u00f3n econ\u00f3mica suficiente; se procure a la v\u00edctima el acceso a programas sociales que le brinden oportunidades de desarrollo, y se le otorguen becas en favor de sus dos familiares directamente afectados. Se deber\u00e1 proporcionar a las v\u00edctimas acreditadas ante la Comisi\u00f3n Ejecutiva de Atenci\u00f3n a V\u00edctimas, la atenci\u00f3n psicol\u00f3gica y psiqui\u00e1trica que requieran por personal profesional especializado, de forma continua hasta que alcancen su sanaci\u00f3n ps\u00edquica y emocional o m\u00e1ximo beneficio en su salud.<\/p>\n<p class=\"MsoNormal\">Adem\u00e1s, el IMSS deber\u00e1 otorgar a la v\u00edctima, de forma vitalicia, la atenci\u00f3n m\u00e9dica que requiera como consecuencia de la discapacidad permanente y las secuelas que esta le genere, y deber\u00e1 proporcionar todos los dispositivos de pr\u00f3tesis requeridos que le permitan su desplazamiento adecuado. Asimismo, se deber\u00e1 colaborar con el \u00d3rgano Interno de Control en el IMSS para que se tramite y d\u00e9 seguimiento a la denuncia que se presentar\u00e1 en contra de las personas servidoras p\u00fablicas se\u00f1aladas como responsables, con el fin de que se generen las sanciones correspondientes.<\/p>\n<p class=\"MsoNormal\">La Recomendaci\u00f3n 118\/2022 ya ha sido debidamente notificada a sus destinatarios y puede consultarse en la p\u00e1gina web cndh.org.mx.<\/p>\n","protected":false},"excerpt":{"rendered":"<p>La Comisi\u00f3n Nacional de los Derechos Humanos (CNDH) emiti\u00f3 la Recomendaci\u00f3n 118\/2022 al director general del Instituto Mexicano del Seguro Social (IMSS), Zo\u00e9 Alejandro Robledo Aburto, debido a que personal m\u00e9dico adscrito al Hospital General Regional n\u00famero 1 (HGR-1), y a la Unidad de Medicina Familiar n\u00famero 9 (UMF-9) de ese instituto, transgredieron los derechos [&hellip;]<\/p>\n","protected":false},"author":11,"featured_media":45505,"comment_status":"closed","ping_status":"closed","sticky":false,"template":"","format":"standard","meta":{"newspack_featured_image_position":"","newspack_post_subtitle":"","newspack_article_summary_title":"Overview:","newspack_article_summary":"","newspack_hide_updated_date":false,"newspack_show_updated_date":false,"footnotes":""},"categories":[84],"tags":[],"class_list":["post-31052","post","type-post","status-publish","format-standard","has-post-thumbnail","hentry","category-nacion","entry"],"_links":{"self":[{"href":"https:\/\/www.pueblaonline.com.mx\/archivo\/wp-json\/wp\/v2\/posts\/31052","targetHints":{"allow":["GET"]}}],"collection":[{"href":"https:\/\/www.pueblaonline.com.mx\/archivo\/wp-json\/wp\/v2\/posts"}],"about":[{"href":"https:\/\/www.pueblaonline.com.mx\/archivo\/wp-json\/wp\/v2\/types\/post"}],"author":[{"embeddable":true,"href":"https:\/\/www.pueblaonline.com.mx\/archivo\/wp-json\/wp\/v2\/users\/11"}],"replies":[{"embeddable":true,"href":"https:\/\/www.pueblaonline.com.mx\/archivo\/wp-json\/wp\/v2\/comments?post=31052"}],"version-history":[{"count":0,"href":"https:\/\/www.pueblaonline.com.mx\/archivo\/wp-json\/wp\/v2\/posts\/31052\/revisions"}],"wp:featuredmedia":[{"embeddable":true,"href":"https:\/\/www.pueblaonline.com.mx\/archivo\/wp-json\/wp\/v2\/media\/45505"}],"wp:attachment":[{"href":"https:\/\/www.pueblaonline.com.mx\/archivo\/wp-json\/wp\/v2\/media?parent=31052"}],"wp:term":[{"taxonomy":"category","embeddable":true,"href":"https:\/\/www.pueblaonline.com.mx\/archivo\/wp-json\/wp\/v2\/categories?post=31052"},{"taxonomy":"post_tag","embeddable":true,"href":"https:\/\/www.pueblaonline.com.mx\/archivo\/wp-json\/wp\/v2\/tags?post=31052"}],"curies":[{"name":"wp","href":"https:\/\/api.w.org\/{rel}","templated":true}]}}