{"id":332822,"date":"2013-12-09T03:02:12","date_gmt":"2013-12-09T03:02:12","guid":{"rendered":"http:\/\/legacy-k2-2009-47175"},"modified":"2026-03-27T17:54:30","modified_gmt":"2026-03-27T23:54:30","slug":"en-reforma-energetica-abren-puerta-a-ip-pero-no-a-concesiones-k2-47175","status":"publish","type":"post","link":"https:\/\/www.pueblaonline.com.mx\/archivo\/2013\/puebla\/en-reforma-energetica-abren-puerta-a-ip-pero-no-a-concesiones-k2-47175\/332822\/","title":{"rendered":"En reforma energ\u00e9tica abren puerta a IP, pero no a concesiones"},"content":{"rendered":"<div><span style=\"line-height: 1.3em\">La propuesta de dictamen mantiene a nivel constitucional la prohibici\u00f3n de concesiones a las empresas petroleras internacionales, pero permite al Estado firmar contratos de servicios, de utilidad o producci\u00f3n compartida o de licencia, para realizar, por cuenta de la naci\u00f3n, las actividades de exploraci\u00f3n y extracci\u00f3n del petr\u00f3leo<\/span><\/div>\n<div><span style=\"line-height: 1.3em\">Exc\u00e9lsior informa que la propuesta de dictamen de la reforma energ\u00e9tica, dada a conocer en el Senado, permite al Estado firmar contratos de servicios, de utilidad o producci\u00f3n compartida, o de licencia, para realizar, por cuenta de la naci\u00f3n, las actividades de exploraci\u00f3n y extracci\u00f3n del petr\u00f3leo.<\/span><\/div>\n<div>\u00a0<\/div>\n<div>Sin embargo, mantiene a nivel constitucional la prohibici\u00f3n de concesiones a las empresas petroleras internacionales.<\/div>\n<div>\u00a0<\/div>\n<div>Los integrantes de las comisiones unidas senatoriales conocieron la propuesta trabajada por panistas, priistas y el gobierno federal, que consiste en cambios a los art\u00edculos 25, 27 y 28 constitucionales, as\u00ed como un r\u00e9gimen transitorio en 21 art\u00edculos del proyecto del dictamen que se somete a partir de hoy a debate en el Senado.<\/div>\n<div>\u00a0<\/div>\n<div>Se autorizar\u00e1 a las empresas nacionales y extranjeras \u201creportar para efectos contables y financieros la asignaci\u00f3n o contrato correspondiente y sus beneficios esperados, siempre y cuando se afirme en las asignaciones o contratos que el petr\u00f3leo y todos los hidrocarburos que se encuentran en el subsuelo son propiedad de la naci\u00f3n\u201d.<\/div>\n<div>\u00a0<\/div>\n<div>M\u00e9xico s\u00f3lo podr\u00e1 pagar a los particulares \u201cen efectivo para los contratos de servicios; con porcentaje de la utilidad para los contratos de utilidad compartida; con un porcentaje de la producci\u00f3n obtenida para los contratos de producci\u00f3n compartida y con la transmisi\u00f3n onerosa de los hidrocarburos una vez que hayan sido extra\u00eddos\u201d.<\/div>\n<div>\u00a0<\/div>\n<div>***<\/div>\n<div>\u00a0<\/div>\n<div>La propuesta de dictamen de la Reforma Energ\u00e9tica mantiene a nivel constitucional la prohibici\u00f3n de concesiones a las empresas petroleras internacionales, pero permite al Estado firmar contratos de servicios, de utilidad o producci\u00f3n compartida o de licencia, para realizar, por cuenta de la naci\u00f3n, las actividades de exploraci\u00f3n y extracci\u00f3n del petr\u00f3leo.<\/div>\n<div>\u00a0<\/div>\n<div>Adem\u00e1s, autoriza a las empresas nacionales y extranjeras \u201creportar para efectos contables y financieros la asignaci\u00f3n o contrato correspondiente y sus beneficios esperados, siempre y cuando se afirme en las asignaciones o contratos que el petr\u00f3leo y todos los hidrocarburos s\u00f3lidos, l\u00edquidos o gaseosos, que se encuentran en el subsuelo, son propiedad de la naci\u00f3n\u201d.<\/div>\n<div>\u00a0<\/div>\n<div>De igual forma, aclara que M\u00e9xico s\u00f3lo podr\u00e1 pagar a los particulares \u201cen efectivo, para los contratos de servicios; con porcentaje de la utilidad, para los contratos de utilidad compartida; con un porcentaje de la producci\u00f3n obtenida, para los contratos de producci\u00f3n compartida; con la transmisi\u00f3n onerosa de los hidrocarburos una vez que hayan sido extra\u00eddos del subsuelo\u201d.<\/div>\n<div>\u00a0<\/div>\n<div>El s\u00e1bado, los senadores integrantes de las comisiones unidas de Puntos Constitucionales, Energ\u00eda y Estudios Legislativos Primera del Senado conocieron la propuesta de dictamen trabajada por panistas, priistas y el gobierno de Enrique Pe\u00f1a Nieto, que consiste en cambios a los art\u00edculos 25, 27 y 28 constitucionales, as\u00ed como un r\u00e9gimen transitorio de 21 art\u00edculos.<\/div>\n<div>\u00a0<\/div>\n<div>En el 25 dice que \u201ctrat\u00e1ndose de las actividades a que se refiere el art\u00edculo 28 de esta Constituci\u00f3n en materia de electricidad, petr\u00f3leo y dem\u00e1s hidrocarburos, la ley establecer\u00e1 las normas relativas a la administraci\u00f3n, organizaci\u00f3n, funcionamiento, procedimiento de contrataci\u00f3n y dem\u00e1s actos jur\u00eddicos que celebren las empresas productivas del Estado, as\u00ed como un r\u00e9gimen de remuneraciones, para garantizar su eficacia, eficiencia, honestidad, productividad y transparencia con base en las mejores pr\u00e1cticas, y determinar\u00e1 las dem\u00e1s actividades que podr\u00e1n realizar\u201d.<\/div>\n<div>\u00a0<\/div>\n<div>En el 27 dice que en materia de energ\u00eda el\u00e9ctrica no se otorgar\u00e1n concesiones, \u201csin perjuicio de que el Estado pueda celebrar contratos con particulares en los t\u00e9rminos que establezcan las leyes, mismas que determinar\u00e1n la forma en que los particulares podr\u00e1n participar en las dem\u00e1s actividades de la industria el\u00e9ctrica.<\/div>\n<div>\u00a0<\/div>\n<div>\u201cTrat\u00e1ndose del petr\u00f3leo y de los hidrocarburos s\u00f3lidos, l\u00edquidos o gaseosos, en el subsuelo, la propiedad de la naci\u00f3n es\u00a0<span style=\"line-height: 1.3em\">inalienable e imprescriptible y no se otorgar\u00e1n concesiones. Con el prop\u00f3sito de obtener ingresos que contribuyan al desarrollo de largo plazo de la naci\u00f3n, \u00e9sta llevar\u00e1 a cabo las actividades de exploraci\u00f3n y extracci\u00f3n mediante asignaciones a empresas productivas del Estado o a trav\u00e9s de contratos con \u00e9stas o con particulares, en los t\u00e9rminos de la ley reglamentaria.<\/span><\/div>\n<div>\u00a0<\/div>\n<div>\u201cPara cumplir con el objeto de dichas asignaciones o contratos, las empresas productivas del Estado podr\u00e1n contratar con particulares. En cualquier caso, los hidrocarburos en el subsuelo son propiedad de la naci\u00f3n y as\u00ed deber\u00e1 afirmarse en las asignaciones o contratos.\u201d<\/div>\n<div>\u00a0<\/div>\n<div>En el 28 mantiene a la exploraci\u00f3n y extracci\u00f3n del petr\u00f3leo como actividades estrat\u00e9gicas, as\u00ed como la planeaci\u00f3n y el control del sistema el\u00e9ctrico nacional y el servicio p\u00fablico de transmisi\u00f3n y distribuci\u00f3n de electricidad.<\/div>\n<div>\u00a0<\/div>\n<div>A\u00f1ade que \u201cel Estado contar\u00e1 con un fideicomiso p\u00fablico denominado Fondo Mexicano del Petr\u00f3leo, cuya instituci\u00f3n fiduciaria ser\u00e1 el banco central y tendr\u00e1 por objeto, en los t\u00e9rminos que establezca la ley, recibir, administrar y distribuir los ingresos derivados de las asignaciones y contratos a que se refiere el p\u00e1rrafo s\u00e9ptimo del art\u00edculo 27 de esta Constituci\u00f3n, con excepci\u00f3n de los impuestos\u201d.<\/div>\n","protected":false},"excerpt":{"rendered":"<p>La propuesta de dictamen mantiene a nivel constitucional la prohibici\u00f3n de concesiones a las empresas petroleras internacionales, pero permite al Estado firmar contratos de servicios, de utilidad o producci\u00f3n compartida o de licencia, para realizar, por cuenta de la naci\u00f3n, las actividades de exploraci\u00f3n y extracci\u00f3n del petr\u00f3leo Exc\u00e9lsior informa que la propuesta de dictamen [&hellip;]<\/p>\n","protected":false},"author":18,"featured_media":406418,"comment_status":"closed","ping_status":"closed","sticky":false,"template":"","format":"standard","meta":{"newspack_featured_image_position":"","newspack_post_subtitle":"","newspack_article_summary_title":"Overview:","newspack_article_summary":"","newspack_hide_updated_date":false,"newspack_show_updated_date":false,"footnotes":""},"categories":[104],"tags":[],"class_list":["post-332822","post","type-post","status-publish","format-standard","has-post-thumbnail","hentry","category-puebla","entry"],"_links":{"self":[{"href":"https:\/\/www.pueblaonline.com.mx\/archivo\/wp-json\/wp\/v2\/posts\/332822","targetHints":{"allow":["GET"]}}],"collection":[{"href":"https:\/\/www.pueblaonline.com.mx\/archivo\/wp-json\/wp\/v2\/posts"}],"about":[{"href":"https:\/\/www.pueblaonline.com.mx\/archivo\/wp-json\/wp\/v2\/types\/post"}],"author":[{"embeddable":true,"href":"https:\/\/www.pueblaonline.com.mx\/archivo\/wp-json\/wp\/v2\/users\/18"}],"replies":[{"embeddable":true,"href":"https:\/\/www.pueblaonline.com.mx\/archivo\/wp-json\/wp\/v2\/comments?post=332822"}],"version-history":[{"count":1,"href":"https:\/\/www.pueblaonline.com.mx\/archivo\/wp-json\/wp\/v2\/posts\/332822\/revisions"}],"predecessor-version":[{"id":427089,"href":"https:\/\/www.pueblaonline.com.mx\/archivo\/wp-json\/wp\/v2\/posts\/332822\/revisions\/427089"}],"wp:featuredmedia":[{"embeddable":true,"href":"https:\/\/www.pueblaonline.com.mx\/archivo\/wp-json\/wp\/v2\/media\/406418"}],"wp:attachment":[{"href":"https:\/\/www.pueblaonline.com.mx\/archivo\/wp-json\/wp\/v2\/media?parent=332822"}],"wp:term":[{"taxonomy":"category","embeddable":true,"href":"https:\/\/www.pueblaonline.com.mx\/archivo\/wp-json\/wp\/v2\/categories?post=332822"},{"taxonomy":"post_tag","embeddable":true,"href":"https:\/\/www.pueblaonline.com.mx\/archivo\/wp-json\/wp\/v2\/tags?post=332822"}],"curies":[{"name":"wp","href":"https:\/\/api.w.org\/{rel}","templated":true}]}}