{"id":357834,"date":"2012-10-03T04:48:20","date_gmt":"2012-10-03T04:48:20","guid":{"rendered":"legacy-k2-2009-31154"},"modified":"2012-10-03T04:48:20","modified_gmt":"2012-10-03T04:48:20","slug":"convocatoria-para-eleccion-de-integrantes-del-iee-y-tee-para-el-periodo-2012-2019-k2-31154","status":"publish","type":"post","link":"https:\/\/www.pueblaonline.com.mx\/archivo\/2012\/puebla\/convocatoria-para-eleccion-de-integrantes-del-iee-y-tee-para-el-periodo-2012-2019-k2-31154\/357834\/","title":{"rendered":"Convocatoria para elecci\u00f3n de integrantes del IEE y TEE para el periodo 2012-2019"},"content":{"rendered":"<div>Estos son los requisitos y periodos de inscripci\u00f3n para los ciudadanos que deseen ser consejeros del Instituto Electoral del Estado y magistrados del Tribunal Electoral de Puebla<\/div>\n<div>Los integrantes de la Comisi\u00f3n Especial Electoral, para la designaci\u00f3n de los Consejeros del Instituto Electoral y de los Magistrados del Tribunal Electoral, ambos del Estado de Puebla, aprobaron por unanimidad la convocatoria para el proceso de selecci\u00f3n para las personas que ser\u00e1n designados para desempe\u00f1ar el cargo de Consejeros Electorales del Consejo General del Instituto Electoral del Estado, periodo comprendido del a\u00f1o 2012 al 2019.<\/div>\n<div><\/div>\n<div>En este sentido, la Presidenta del \u00d3rgano Colegiado Diputada Zenorina Gonz\u00e1lez Ortega, acompa\u00f1ada de los Diputados Rafael von Raesfeld Porras, Mario Gerardo Riestra Pi\u00f1a, Gerardo Mej\u00eda Ram\u00edrez, Eleofermes Palacios Reyes, Josefina Buxad\u00e9 Castel\u00e1n, Jes\u00fas Salvador Zald\u00edvar Benavides, Enrique N\u00e1cer Hern\u00e1ndez, El\u00edas Abaid Kuri, Jos\u00e9 Antonio Gali L\u00f3pez, Jos\u00e9 Guillermo Ar\u00e9chiga Santamar\u00eda, Jos\u00e9 Juan Espinosa Torres, Zeferino Mart\u00ednez Rodr\u00edguez, acordaron las bases de la convocatoria resaltando:<\/div>\n<div><\/div>\n<div>Las propuestas que deber\u00e1n dirigirse por escrito a la Comisi\u00f3n Especial Electoral con sus documentos adjuntos, se deber\u00e1n presentar en la oficina de la Secretar\u00eda General del Congreso del Estado de lunes a viernes, en horario de 09:00 a 18:00 hrs. a partir del d\u00eda tres de octubre hasta el d\u00eda quince del mismo mes y a\u00f1o.<\/div>\n<div><\/div>\n<div>De acuerdo, al Art\u00edculo 81 del C\u00f3digo de Instituciones y Procesos Electorales del Estado, los aspirantes deber\u00e1n acreditar y reunir los siguientes requisitos:<\/div>\n<div>\u00a0<\/div>\n<div>1. Ser ciudadano mexicano en pleno goce de sus derechos civiles y pol\u00edticos;<\/div>\n<div>\u00a0<\/div>\n<div>2. Ser originario o residente en el Estado cuando menos con cinco a\u00f1os anteriores a la fecha de su designaci\u00f3n;<\/div>\n<div>\u00a0<\/div>\n<div>3. Estar inscrito en el Registro Federal de Electores y contar con credencial para votar con fotograf\u00eda;<\/div>\n<div>\u00a0<\/div>\n<div>4. Tener m\u00e1s de treinta a\u00f1os de edad al d\u00eda de su designaci\u00f3n;<\/div>\n<div>\u00a0<\/div>\n<div>5. Poseer t\u00edtulo profesional y los conocimientos suficientes para el desempe\u00f1o de su funci\u00f3n;<\/div>\n<div>\u00a0<\/div>\n<div>6. Tener buena conducta y probidad, y no haber sido condenado por delito alguno, salvo que hubiese sido de car\u00e1cter no intencional o imprudencial;<\/div>\n<div>\u00a0<\/div>\n<div>7. No desempe\u00f1ar o haber desempe\u00f1ado cargo de dirigencia o representaci\u00f3n nacional, estatal o municipal de alg\u00fan partido pol\u00edtico en los seis a\u00f1os anteriores a la fecha de su designaci\u00f3n;<\/div>\n<div>\u00a0<\/div>\n<div>8. No tener ni haber tenido cargo alguno de elecci\u00f3n popular, ni haber sido postulado como candidato en los seis a\u00f1os anteriores a su designaci\u00f3n;<\/div>\n<div>\u00a0<\/div>\n<div>9. No desempe\u00f1ar o haber desempe\u00f1ado cargo de direcci\u00f3n nacional, estatal, distrital o municipal de organizaciones o asociaciones vinculadas a alg\u00fan partido pol\u00edtico, en los seis a\u00f1os anteriores a la fecha de su designaci\u00f3n;<\/div>\n<div>\u00a0<\/div>\n<div>10. No ser ni haber sido Procurador General de Justicia, ni del Ciudadano, Secretario o Subsecretario de la Administraci\u00f3n P\u00fablica Estatal, Agente del Ministerio P\u00fablico, Secretario General, Tesorero, Contralor, ni Director de Ayuntamiento o Delegado de la Administraci\u00f3n P\u00fablica Federal en el Estado, durante los seis a\u00f1os anteriores a la fecha de su designaci\u00f3n; y<\/div>\n<div>\u00a0<\/div>\n<div>11. No ser ni haber sido Ministro de culto religioso alguno, en t\u00e9rminos de la legislaci\u00f3n aplicable.<\/div>\n<div><\/div>\n<div>Por otro lado, las personas postuladas adem\u00e1s de acreditar con los documentos de requisitos, deber\u00e1n presentar los documentos siguientes: Curr\u00edculum vitae bajo protesta de decir verdad, con fotograf\u00eda reciente a color, con firma aut\u00f3grafa en todas sus fojas y con soporte documental; as\u00ed como, copia certificada del Acta de Nacimiento, expedida por el Registro del Estado Civil de las Personas de la Entidad Federativa y en caso de no ser originario del Estado deber\u00e1n acompa\u00f1ar constancia de residencia o vecindad en original.<\/div>\n<div><\/div>\n<div>Asimismo, deber\u00e1n presentar una copia certificada por Notario P\u00fablico del Estado del T\u00edtulo Profesional, as\u00ed como de la credencial para votar con fotograf\u00eda y una Constancia original de no antecedentes penales, hasta con diez d\u00edas h\u00e1biles anteriores al d\u00eda de la presentaci\u00f3n de la propuesta, adem\u00e1s de una Constancia original de no inhabilitado, expedida por la Secretar\u00eda de la Contralor\u00eda del Estado de Puebla vigente a la fecha de su presentaci\u00f3n.<\/div>\n<div><\/div>\n<div>De igual manera, un escrito original con firma aut\u00f3grafa en todas sus hojas, que contenga la declaraci\u00f3n bajo protesta de decir verdad de: Tener buena conducta y probidad; No desempe\u00f1ar ni haber desempe\u00f1ado cargo de dirigencia o representaci\u00f3n nacional, estatal o municipal de alg\u00fan partido pol\u00edtico, en los seis a\u00f1os anteriores a la fecha de su designaci\u00f3n; No tener ni haber tenido cargo alguno de elecci\u00f3n popular, ni haber sido postulado como candidato en los seis a\u00f1os anteriores a su designaci\u00f3n; No desempe\u00f1ar ni haber desempe\u00f1ado cargo de direcci\u00f3n nacional, estatal, distrital o municipal de agrupaciones pol\u00edticas nacionales, organizaciones o asociaciones vinculadas a alg\u00fan partido pol\u00edtico en los seis a\u00f1os anteriores a la fecha de su designaci\u00f3n; No ser ni haber sido Procurador General de Justicia, Secretario o Subsecretario de la Administraci\u00f3n P\u00fablica Estatal, Agente del Ministerio P\u00fablico, Secretario General, Tesorero, Contralor, ni Director de Ayuntamiento o cargo an\u00e1logo o Delegado de la Administraci\u00f3n P\u00fablica Federal en el Estado, durante los seis a\u00f1os anteriores a la fecha de su designaci\u00f3n; No ser ni haber sido Ministro de culto religioso alguno, en t\u00e9rminos de la legislaci\u00f3n aplicable; y que toda la documentaci\u00f3n y datos que se acompa\u00f1an o adjuntan a la propuesta, son aut\u00e9nticos y ciertos.<\/div>\n<div><\/div>\n<div>Por otro lado, la Convocatoria establece que en el caso de los Consejeros Electorales que actualmente desempe\u00f1an dicho cargo en el Consejo General del IEE y pretendan ser ratificados deber\u00e1n observar invariablemente lo siguiente: El Consejero Electoral deber\u00e1 presentar escrito original con firma aut\u00f3grafa en el que manifieste la intenci\u00f3n de ser considerado para su ratificaci\u00f3n, escrito que deber\u00e1 acompa\u00f1ar un ensayo por debidamente foliado, respecto al trabajo y actividades que haya realizado durante el tiempo de su encargo, adem\u00e1s de manifestar los motivos o causas por las que considera debe ser ratificado.<\/div>\n<div><\/div>\n<div>De esta manera, la Comisi\u00f3n Especial Electoral emitir\u00e1 Acuerdo en el que se determine el status como Consejero Electoral ratificable, con el objeto de que se integren los nombres respectivos a la Lista a que se refiere la fracci\u00f3n II del art\u00edculo 82 del C\u00f3digo de Instituciones y Procesos Electorales del Estado.<\/div>\n<div><\/div>\n<div>Cabe se\u00f1alar, que la Comisi\u00f3n Especial Electoral revisar\u00e1 y analizar\u00e1 que las propuestas de las personas postuladas cumplan con las disposiciones constitucionales y legales relativas y las Bases de la Convocatoria, misma que se har\u00e1 llegar de manera oportuna al Pleno del Congreso del Estado, el cual contendr\u00e1 la lista de ciudadanos que acreditaron y cumplieron con los requisitos legales y las Bases de la Convocatoria as\u00ed como los Consejeros Electorales con car\u00e1cter de ratificables, para que se proceda a designar y nombrar a los Consejeros Electorales propietarios y a los suplentes para el per\u00edodo 2012-2019, en t\u00e9rminos de la legislaci\u00f3n aplicable.<\/div>\n","protected":false},"excerpt":{"rendered":"<p>Estos son los requisitos y periodos de inscripci\u00f3n para los ciudadanos que deseen ser consejeros del Instituto Electoral del Estado y magistrados del Tribunal Electoral de Puebla Los integrantes de la Comisi\u00f3n Especial Electoral, para la designaci\u00f3n de los Consejeros del Instituto Electoral y de los Magistrados del Tribunal Electoral, ambos del Estado de Puebla, [&hellip;]<\/p>\n","protected":false},"author":18,"featured_media":0,"comment_status":"closed","ping_status":"closed","sticky":false,"template":"","format":"standard","meta":{"newspack_featured_image_position":"","newspack_post_subtitle":"","newspack_article_summary_title":"Overview:","newspack_article_summary":"","newspack_hide_updated_date":false,"newspack_show_updated_date":false,"footnotes":""},"categories":[104],"tags":[],"class_list":["post-357834","post","type-post","status-publish","format-standard","hentry","category-puebla","entry"],"_links":{"self":[{"href":"https:\/\/www.pueblaonline.com.mx\/archivo\/wp-json\/wp\/v2\/posts\/357834","targetHints":{"allow":["GET"]}}],"collection":[{"href":"https:\/\/www.pueblaonline.com.mx\/archivo\/wp-json\/wp\/v2\/posts"}],"about":[{"href":"https:\/\/www.pueblaonline.com.mx\/archivo\/wp-json\/wp\/v2\/types\/post"}],"author":[{"embeddable":true,"href":"https:\/\/www.pueblaonline.com.mx\/archivo\/wp-json\/wp\/v2\/users\/18"}],"replies":[{"embeddable":true,"href":"https:\/\/www.pueblaonline.com.mx\/archivo\/wp-json\/wp\/v2\/comments?post=357834"}],"version-history":[{"count":0,"href":"https:\/\/www.pueblaonline.com.mx\/archivo\/wp-json\/wp\/v2\/posts\/357834\/revisions"}],"wp:attachment":[{"href":"https:\/\/www.pueblaonline.com.mx\/archivo\/wp-json\/wp\/v2\/media?parent=357834"}],"wp:term":[{"taxonomy":"category","embeddable":true,"href":"https:\/\/www.pueblaonline.com.mx\/archivo\/wp-json\/wp\/v2\/categories?post=357834"},{"taxonomy":"post_tag","embeddable":true,"href":"https:\/\/www.pueblaonline.com.mx\/archivo\/wp-json\/wp\/v2\/tags?post=357834"}],"curies":[{"name":"wp","href":"https:\/\/api.w.org\/{rel}","templated":true}]}}