{"id":99327,"date":"2020-07-07T21:26:37","date_gmt":"2020-07-07T21:26:37","guid":{"rendered":"legacy-k2-2019-99431"},"modified":"2020-07-07T21:26:37","modified_gmt":"2020-07-07T21:26:37","slug":"cdh-puebla-emite-recomendacion-a-edil-de-juan-galindo-por-agresion-de-policias-k2-99431","status":"publish","type":"post","link":"https:\/\/www.pueblaonline.com.mx\/archivo\/2020\/seguridad\/cdh-puebla-emite-recomendacion-a-edil-de-juan-galindo-por-agresion-de-policias-k2-99431\/99327\/","title":{"rendered":"Polic\u00edas de Juan Galindo detuvieron con violencia a ciudadanos; CDH Puebla emite recomendaci\u00f3n"},"content":{"rendered":"<p>En los puntos a cumplir pide inicio de expediente por uso excesivo de la fuerza<\/p>\n<p>La Comisi\u00f3n de Derechos Humanos del Estado de Puebla (CDH Puebla), emiti\u00f3 la Recomendaci\u00f3n 3\/2020 al Presidente Municipal de Juan Galindo por vulnerar los derechos humanos a la legalidad, seguridad jur\u00eddica y a la integridad y seguridad personal.<\/p>\n<p>Del an\u00e1lisis de los hechos y evidencias que integran el expediente 3297\/2018, se contaron con elementos suficientes para acreditar que elementos de la policiales del municipio de Juan Galindo, emplearon el uso excesivo de la fuerza en una detenci\u00f3n, provocando lesiones a tres personas.<\/p>\n<p>De la misma manera, se acredit\u00f3 que no existen constancias documentales que justifiquen que los agraviados hayan sido puestos a disposici\u00f3n del entonces Juez Calificador; por lo que omitieron iniciar el procedimiento administrativo correspondiente y se impuso una sanci\u00f3n no individualizada para cada uno de los detenidos sin estar fundada y motivada; adem\u00e1s se realiz\u00f3 el cobro de la sanci\u00f3n econ\u00f3mica fijada sin estar amparada por el procedimiento administrativo.<\/p>\n<p>La autoridad responsable no remiti\u00f3, a este organismo, el \u201cInforme Policial Homologado\u201d el cual se encuentra obligado a realizar de acuerdo con la Ley General del Sistema Nacional de Seguridad P\u00fablica y la Ley de Seguridad P\u00fablica del Estado de Puebla; documento en el que cada uno de los elementos que hayan aprehendido a los probables infractores, manifiestan las circunstancias de tiempo, modo y lugar, inmediatamente despu\u00e9s de que sucedieron los hechos; adem\u00e1s, en dicho documento los elementos policiales debieron justificar el uso de la fuerza y mencionar si las personas detenidas se encontraban lesionadas; aunado a que no existe la valoraci\u00f3n m\u00e9dica que contempla el Bando de Polic\u00eda y Gobierno del Municipio de Juan Galindo.<\/p>\n<p>Ante tales hechos se constat\u00f3 con las evidencias presentadas, que la autoridad municipal vulner\u00f3 los derechos humanos a la integridad y seguridad personal, legalidad y seguridad jur\u00eddica, por lo que se procedi\u00f3 a recomendar lo siguiente:<\/p>\n<p>I. Instruya a fin de que se tomen las medidas necesarias para reparar los da\u00f1os ocasionados a los agraviados y proporcione una indemnizaci\u00f3n econ\u00f3mica, atenci\u00f3n m\u00e9dica y psicol\u00f3gica para restablecer la integridad f\u00edsica y que permita la rehabilitaci\u00f3n y la superaci\u00f3n de las secuelas que fueron provocadas con motivo de los hechos conocidos en el presente documento en t\u00e9rminos de la Ley de V\u00edctimas del Estado de Puebla.<\/p>\n<p>II.\u00a0 Informe a la Contralor\u00eda Municipal de Juan Galindo, para que se inicie un procedimiento en contra de los entonces elementos de la Polic\u00eda Municipal y del entonces Juez Calificador, que tuvieron bajo su a los agraviados, a efecto de que determine sobre el inicio del procedimiento de investigaci\u00f3n administrativa correspondiente.\u00a0\u00a0<\/p>\n<p>III. Colabore ampliamente con la Fiscal\u00eda General del Estado de Puebla en el tr\u00e1mite de la carpeta de investigaci\u00f3n en contra de los servidores p\u00fablicos municipales que participaron en los hechos.<\/p>\n<p>IV. Brindar a los funcionarios p\u00fablicos del Ayuntamiento de Juan Galindo, en particular a los elementos de la Polic\u00eda Municipal, capacitaci\u00f3n relativa al respeto y protecci\u00f3n de los derechos humanos establecidos tanto en la legislaci\u00f3n local, nacional e internacional, principalmente los relacionados con la seguridad jur\u00eddica, integridad y seguridad personal, incluso en el uso racional de la fuerza, con el fin de evitar que actos como los se\u00f1alados se repitan.<\/p>\n<p>V. Emitir una circular a trav\u00e9s de la cual reitere la instrucci\u00f3n a los elementos de la Polic\u00eda Municipal de Juan Galindo sujeten su actuar a lo establecido por el Orden Jur\u00eddico mexicano, as\u00ed como a los Tratados Internacionales suscritos y ratificados por el Estado mexicano y se abstengan de realizar actos que atenten contra de la seguridad jur\u00eddica, integridad y seguridad personal de las personas.<\/p>\n<p>Cada punto recomendatorio debe ser justificado por la autoridad se\u00f1alada, debiendo informar del cumplimiento ante este organismo aut\u00f3nomo.<\/p>\n<p>\u00a0<\/p>\n","protected":false},"excerpt":{"rendered":"<p>En los puntos a cumplir pide inicio de expediente por uso excesivo de la fuerza La Comisi\u00f3n de Derechos Humanos del Estado de Puebla (CDH Puebla), emiti\u00f3 la Recomendaci\u00f3n 3\/2020 al Presidente Municipal de Juan Galindo por vulnerar los derechos humanos a la legalidad, seguridad jur\u00eddica y a la integridad y seguridad personal. 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