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Miércoles, 17 Mayo 2017 07:58

Tribunal declara inconstitucional la fotomulta en Puebla; Congreso local acatará fallo

Por  Staff Puebla On Line
Tribunal declara inconstitucional la fotomulta en Puebla; Congreso local acatará fallo Foto: Agencia Enfoque/Archivo

Un tribunal federal declaró inconstitucionales las fotomultas en Puebla, marcando un precedente para todo el país, porque su aplicación inmediata afecta al propietario del vehículo y no al conductor del mismo, al considerar que el conductor y el dueño pueden ser sujetos distintos, reportó El Universal.

Los magistrados del Primer Tribunal Colegiado en Materia Administrativa de Puebla concedieron un amparo en el que señalan que estas sanciones violan el derecho de audiencia de los contribuyentes.

El fallo se otorgó el pasado 12 de mayo, derivado de un Amparo en revisión asentado con el No. 374/2016, reporta Diario Cambio:

La tesis VI.1o.A106 A (10ª Época), recién publicada en el Semanario Judicial de la Federación, señala que los Artículos 53 de la Ley de Vialidad del estado de Puebla y el Artículo 58 de su Reglamento, fueron declarados inconstitucionales ya que la sanción se impone al propietario del vehículo y no al conductor, quien comete la conducta infractora, y no se señala ningún mecanismo para comprobar que efectivamente el titular del automotor fue quien cometió la violación al reglamento.

Identidad del infractor

En la tesis del Tribunal Colegiado se detalla que de los artículos citados se desprende que tratándose de conductas infractoras captadas por cualquier dispositivo o medio tecnológico (fotomultas), a quien se responsabiliza de la infracción es al dueño del vehículo, a quien se le notifica la sanción, lo que lleva a estimar que la sanción se impone a éste y no al conductor que cometió la infracción, ya que no existe ninguna previsión en la ley para confirmar la identidad de quien la comete.

“A pesar de que el conductor es quien comete la conducta infractora y es, por ello, quien resulta responsable del actuar antijurídico, sobre todo tomando en cuenta que la normativa no impone obligación alguna al propietario, la imposición de la sanción se hace a una diversa persona (inclusive de manera inmediata), atribuyéndole un supuesto carácter de responsable solidario para efectos del cobro”, menciona el resolutivo.

Asimismo, hace hincapié en que acorde con la garantía constitucional de legalidad en materia penal, prevista en el artículo 14, párrafo tercero, de la Constitución Federal, en relación con el principio de culpabilidad “la responsabilidad se debe limitar a los autores y partícipes del hecho ilícito, cortapisa que resulta acorde con la naturaleza del derecho administrativo sancionador, inclusive tratándose de los responsables solidarios, los preceptos legal y reglamentario aludidos son inconstitucionales”.

Hasta marzo de 2017, el gobierno de Puebla recuadó 500 millones de pesos con el programa Monitor Vial, iniciado en agosto del 2013 bajo la operación de la empresa Autotraffic.

Congreso de Puebla acatará el fallo

Tras difundirse que la justicia federal declaró inconstitucionales las fotomultas en Puebla, el presidente del Congreso local, Jorge Aguilar Chedraui, manifestó que acatarán la decisión.

 

El diputado panista explicó que analizarán el fallo; aunque recordó que la instalación de radares permitió reducir los accidentes viales y por ende las personas lesionadas.

Precedente para el país

El Universal informó que en la Ciudad de México han sido otorgados diversos amparos contra las fotomultas en los que los jueces de Distrito ordenan dar el derecho de audiencia a los propietarios de los vehículos sancionados para que aporten pruebas y, en su caso, puedan acreditar su inocencia.

Los amparos fueron impugnados por el Gobierno de la CDMX y se encuentran en los tribunales colegiados en materia Administrativa.

El experto en Derecho Constitucional de la Universidad La Salle, Julio Jiménez, explicó que este criterio puede ser retomado por los magistrados capitalinos para declarar inconstitucionales las fotomultas también en la Ciudad de México.

“Se toma como precedente esta resolución para poder declarar inconstitucionales las fotomultas, recordemos que son operadas, administradas y cobradas por empresas particulares que no son autoridad, además, vulneran la garantía de audiencia y dejan en total estado de indefensión a los propietarios de los automóviles”.

Fuentes: El Universal, Diario Cambio

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