Ante la pérdida de poder adquisitivo en las pensiones, la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) ordenó que cada año a los jubilados el Instituto Mexicano del Seguro Social (IMSS) se actualicen sus pagos a la inflación.
La resolución derivó del amparo de revisión 180/2023, promovido por una viuda de un pensionado del IMSS que demandó que “la prestación de seguridad social que percibe sea inferior al mínimo vital por encontrarse muy por debajo del salario mínimo vigente”, por lo que pidió replantear la fórmula de los aumentos.
En su ponencia, la ministra ponente del recurso 180/2023, Loretta Ortiz Ahlf, avaló los argumentos de la demandante y apoyó que la pensión por viudez se actualice, de acuerdo con el Índice Nacional de Precios al Consumidor (INPC).
Los ministros validaron que, conforme a la Ley del Seguro Social de 1995, la pensión por viudez incrementará cada año INPC y no conforme al salario mínimo, al considerar que no puede usarse como referencia los ajustes de las pensiones.
Aunque en la sentencia se aclaró que los beneficiados con el ajuste del monto de la pensión aplican para quienes reciben la prestación por incapacidad permanente, viudez, orfandad y ascendientes.

