Terapias de conversión: pormenor legislativo

Lesly Mellado May

En el Congreso de Puebla suelen ser adoradores del evangelista Mateo, sí adictos a galimatías. Acuden a esta práctica en temas escabrosos, en los que deben quedar bien con dios y con el diablo.

Las terapias de conversión sexual se incluyeron en esta categoría, pues ante la oposición de grupos religiosos y conservadores no quedaron legalmente prohibidas, sólo serán sancionadas cuando se someta, coaccione u obligue a tomarlas.

El 24 de mayo, la Comisión de Procuración y Administración de Justicia, sin discusión, aprobó reformar el Código Penal para tipificar como delito los Esfuerzos para Corregir la Orientación Sexual e Identidad de Género (ECOSIG), con penas de uno a tres años de prisión y multas de 50 a 200 veces el valor diario de la Unidad de Medida y Actualización.

La decisión causó resquemor entre la jerarquía religiosa y el PAN, así el dictamen corregido pasó al pleno hasta la sesión del 2 de junio, donde el diputado morenista Carlos Evangelista y la panista Mónica Rodríguez presentaron oficial y mediáticamente posiciones encontradas respecto a las terapias de conversión, él a favor, ella en contra.

En realidad, la reforma al Código Penal quedó en esencia como la pedía el ala conservadora.

La reforma al dictamen presentada por Evangelista fue prácticamente la misma que la propuesta por Rodríguez. La clave fue cambiar las palabras promueva, imparta, obligue o financie, por someta, coaccione u obligue.

La izquierda progresista cedió.

El dictamen aprobado en comisiones rezaba: artículo 228 quáter, se impondrá de uno a tres años de prisión y de 50 a 200 veces el valor diario de la Unidad de Medida y Actualización, a quien promueva, imparta, obligue o financie, cualquier tipo de tratamiento, terapia, servicio o práctica, con o sin fines de lucro, con el objetivo de obstaculizar, restringir, impedir, menoscabar, anular o modificar la orientación sexual, identidad o expresión de género.

El texto modificado presentado por Evangelista y aprobado por el Congreso dice: artículo 228 quáter, se impondrá de uno a tres años de prisión y cincuenta a doscientas veces el valor diario de la Unidad de Medida y Actualización, a quien someta, coaccione u obligue a otra persona a realizarse o recibir cualquier tipo de tratamiento, terapia o servicio, con o sin fines de lucro, con el objetivo de obstaculizar, restringir, impedir, menoscabar, anular o modificar la orientación sexual, identidad o expresión de género, de una persona. Las mismas penas se impondrán a quienes apliquen dichos tratamientos, terapias o servicios. Los tratamientos, terapias o servicios a que se refiere el párrafo anterior, son todas aquellas prácticas consistentes en sesiones psicológicas, psiquiátricas, métodos o procedimientos, en los que empleando violencia física, moral, psicoemocional o cualquier otra, obstaculice, restrinja, impida, menoscabe, anule o modifique la expresión e identidad de género; así como la orientación sexual de las personas.

La propuesta de la panista Mónica Rodríguez fue: artículo 228 quáter; se impondrá de uno a tres años de prisión y de 50 a 200 veces el valor diario de la Unidad de Medida y Actualización, a quien someta, coaccione u obligue a otra persona a recibir o realizar terapia de conversión, con la finalidad de forzar un cambio en su orientación sexual, expresión o identidad de género, causando un daño a la integridad física o psicológica de la persona. Se entenderá por terapia de conversión, aquellas prácticas, procedimientos o métodos consistentes en sesiones psicológicas, psiquiátricas o tratamientos en los que se emplea violencia física, moral, psicoemocional, sexual o cualquier otra, mediante tratos crueles, inhumanos o degradantes, que atenten contra la autodeterminación sexual de las personas.

Los panistas propusieron, parece que sin éxito, un salvoconducto: “No se considerará terapia de conversión, aquellas que buscan armonizar la expresión de género conforme al libre desarrollo de la personalidad y libre determinación terapéutica, de la o el paciente; dar atención a la visoria de género o explorar la fluidez sexual”.

La comunidad LGBTTTIQ+ y la izquierda progresista celebraron la reforma aprobada por mayoría, aunque no ganaron del todo. La jerarquía religiosa y los grupos de derecha no han protestado por el asunto.

Y es que el diablo se esconde en el detalle.

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