EL DAP Y EL TRIUNFO DEL CONGRESO DE PUEBLA

CONGRESO

Más que el triunfo de algún municipio en particular, la resolución de la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN), que valida la fórmula para el cobro del Derecho de Alumbrado Público (DAP), es una victoria del Congreso del Estado, que además sortea los tan reiterados reveses que había venido recibiendo el Poder Legislativo poblano en el pasado.

Sin ánimo de amarrar navajas, la determinación de la Corte, sobre el recurso de inconstitucionalidad que presentó la CNDH, además exhibe que la actual LXI Legislatura es más profesional que las anteriores.

Al menos en este tema queda claro.

Respecto del DAP, la SCJN debió corregir la plana a la anterior LX Legislatura (2018-2021).

De ahí que el año pasado, al aprobar este derecho en las Leyes de Ingresos de 144 municipios, el Congreso haya sido más cuidadoso.

La fórmula se corrigió.

Literalmente, se pulió.

Con ocho votos, el Máximo Tribunal declaró la constitucionalidad de ésta.

Pero esta resolución alcanza a lo que aprobó ya el Congreso del estado.

Se trata del cobro del DAP para 144 municipios.

Eso ocurrió a finales de diciembre del año pasado.

Entre este más de un centenar de municipios a quienes se avaló en sus Leyes de Ingresos están:

San Salvador el Seco, Rafael Lara Grajales, Zacatlán, Zinacatepec, Tehuacán, Chiautla, Libres, Chignahuapan, Tepexi de Rodríguez, Izúcar de Matamoros, Atlixco, Huaquechula, Tepeaca

La conclusión es que los criterios que utilizó el Congreso del Estado en las fórmulas no son violatorios.

Esa era la argumentación de la Comisión Nacional de los Derechos Humanos (CNDH), la que fue desechada este martes por la SCJN.

Sin embargo, desde el año pasado, no entraron en ese aval del Congreso, entre otros, Puebla capital y municipios de la zona conurbada, cuyos alcaldes son de filiación panista, como San Pedro Cholula y San Andrés Cholula.

En el caso específico de la capital, para esta solicitud al Congreso, el Ayuntamiento recurrió a una fórmula diferente.

De ahí que no está incluido en esta declaración de constitucionalidad que realizó la SCJN.

La administración capitalina de Eduardo Rivera Pérez, por su parte, presentó una controversia constitucional, la número 14/2022, que todavía no resuelve la Corte.

En este caso, como las Cholulas, todavía está pendiente el tema político, pues los alcaldes de Acción Nacional (PAN) deben realizar la labor de convencimiento de su bancada, que votó en contra el año pasado.

Si obtienen el respaldo de su grupo legislativo, como se espera que sea obvio e indispensable, seguramente la mayoría también los respaldará.

El caso es técnico.

Es legislativo.

Pero también es político.

Le llaman cabildeo.

gar_pro@hotmail.com

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