La Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) confirmó que la Procuraduría Federal del Consumidor (Profeco) tiene plenas facultades para atender reclamaciones relacionadas con servicios educativos (escuelas) privados. El fallo reconoce el pago de colegiaturas como una relación de consumo sujeta a la Ley Federal de Protección al Consumidor.
Desde 1992, diversas resoluciones judiciales y administrativas respaldan estas atribuciones. En ese año se establecieron obligaciones para transparentar costos, trámites y condiciones en los planteles privados, reconociendo a la Procuraduría como la instancia interlocutora válida.
Las y los usuarios de servicios educativos nunca han estado desprotegidos, ya que la Profeco ha intervenido en procesos de conciliación con escuelas particulares en casos como cobros o requisitos extra no estipulados en los contratos, tales como cursos extraordinarios condicionados para la titulación.
La relevancia principal de este fallo radica en que es la primera ocasión en que la SCJN se pronuncia expresamente sobre el tema y elimina cualquier argumento legal que las escuelas privadas pudieran usar para evitar la competencia de la Profeco en estos conflictos.
El caso que originó la resolución llevó una década en litigio. Surgió después de que una escuela privada impugnara una multa impuesta por la Profeco al no presentarse a una audiencia de conciliación. El máximo tribunal determinó que cobrar una contraprestación por educación genera una relación de consumo, respaldando así la actuación de la Procuraduría.
El año pasado la Profeco firmó un convenio de colaboración con la Secretaría de Educación Pública (SEP) que permite compartir información con la autoridad educativa si se detectan incumplimientos administrativos o regulatorios en los centros escolares privados, fortaleciendo las labores de verificación.
La Profeco tiene la facultad de verificar que las escuelas particulares informen claramente sobre sus costos, tarifas, términos y condiciones, así como sus políticas de cancelación. Asimismo, vigila que no se condicione la prestación del servicio educativo.
Por ello, la institución sugiere comparar opciones, aclarar todas las dudas sobre la oferta y confirmar que el plantel cumpla con la ley antes de firmar un contrato.