Por invadir facultades federales para responder solicitudes de acceso a la información y reservas por seguridad nacional, la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) invalidó la Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública de Puebla.

Los ministros discutieron la acción de Inconstitucionalidad 217/2025 en el que analizaron que la legislación de transparencia poblana permite atender solicitudes de información enviadas a partidos políticos y sindicatos.

Pero consideraron que en Puebla “no pueden crear esquemas paralelos que permitan a órganos estatales conocer de solicitudes de información, recursos de revisión o procedimientos en la materia de partidos y sindicatos, ya que ello generaría duplicidad de funciones”.

Entre las razones para invalidar la Ley de Transparencia poblana se analizó que las solicitudes de partidos políticos son facultad del Instituto Nacional Electoral (INE), mientras que la de sindicatos las atienden tanto el Centro Federal de Conciliación y Registro Laboral como el Tribunal Federal de Conciliación y Arbitraje.

Otro alcance de la sentencia fue que “declaró inconstitucional la porción que establece que la legislación local (de Puebla) puede fijar las reglas para reservar información por motivos de seguridad nacional, pues se trata de una materia cuya regulación corresponde exclusivamente al Congreso de la Unión”.

Reportero de investigación, interesado en temas de transparencia y acceso a la información pública, desde 2015.
Actual integrante de la comunidad Connectas Hub, por liderar proyectos de investigación de la iniciativa Periodismo de Investigación de las Américas del Centro Internacional para Periodistas.
Participante del manual “Cómo rastrear empresas en las Américas” de Connectas.