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Ricardo Henaine pretende hipotecar Valle Fantástico

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STAFF PUEBLA ON LINE 2009 16 de diciembre de 2010
Ricardo Henaine Mezher pretende hipotecar por 100 millones de pesos el predio de 18.7 hectáreas en el cual se encuentra el abandonado parque de diversiones Valle Fantástico, mismo que adquirió por 10 millones de pesos. Lo anterior, con la finalidad de continuar en posesión de dicho inmueble, mismo que forma parte de la reserva Atlixcáyotl Quetzalcóatl.
Sin embargo, el gravamen que se busca imponer al predio debía ser inscrito en el registro público de la propiedad de San Andrés Cholula, jurisdicción en la que se encuentra Valle Fantástico. No obstante, fue devuelto por no cumplir con los requisitos legales. Fuentes cercanas al ayuntamiento sanandreseño informan que desde la Secretaría de Gobernación estatal, están ejerciendo presión a los funcionarios del registro para que inscriban la fianza y así avalen la operación de Henaine.
La historia
Henaine Mezher se apropió del terreno mediante una donación onerosa que lo obligaba a construir el parque metropolitano en el predio denominado SA-18, en una superficie de 18 hectáreas, según la escritura pública 20,628 de fecha 11 de febrero de 2004, pasada ante la fe del licenciado Rafael Gutiérrez Martínez, notario público No. 31 de Puebla. 
Las cargas de la donación fueron: destinar el inmueble a la operación de un parque de diversiones que abriría sus puertas a más tardar el 15 de diciembre de 2004; pagar 10 mdp; y construir un parque metropolitano. No obstante, lo anterior mediante escritura pública 6,674 de fecha 7 de noviembre de 2006, ante la fe del notario público 55 de Puebla, Humberto José Barbosa López, y sin ninguna justificación legal, se levantaron las obligaciones de destinar el inmueble para el parque de diversiones, permitiendo que ésta se redujera a una superficie de seis hectáreas y lo más grave, quitándole la obligación de construir un parque metropolitano, regalando el terreno a Henaine. El valor catastral en ese momento era de cerca de 20 mdp.  Pero ahora el también dueño del equipo de futbol Puebla FC, ha dado el predio en garantía de una fianza, misma que no tiene un beneficiario específico, lo que es un indicativo de que la única intención es gravar el inmueble para continuar en posesión del mismo a través de una serie de acciones legales artificiosas, que le permitirán usufructuar con este inmueble, patrimonio de todos los poblanos.
Sin beneficiarios
La operación consiste en que Henaine Mezher signó un contrato general de solicitud de afianzamiento como representante legal de la empresa Futbol Soccer, SA de CV, empresa dueña del club de la franja, por parte de la con Chubb de México, Compañía Afianzadora, SA de CV, a través de su representante legal, Rocío Angélica Sosa Alonso, por la cantidad de 100 millones de pesos.
En la clausula quinta del contrato, titulada “Clausula de Afectación” se estableció como obligado solidario a la empresa Inmobiliaria Hena, SA de CV, de la cual es accionista Ricardo Henaine Mezher. De acuerdo al texto del documento, su objeto principal es la expedición de fianzas nacionales e internacionales desde el momento en que se firma; la cláusula primera establece que Chubb de México podrá emitir de manera indistinta, una o varias pólizas de fianza a solicitud de Futbol Soccer S.A. de C.V. y/o a solicitud de Inmobiliaria Hena, sin que en lo particular se establezca un beneficiario, permitiendo que puedan expedirse pólizas sin termino, ni causa específica y para varios fines.
Y para realizar dicho contrato, se ofreció en garantía el predio identificado como UDU SA-18 de la Reserva Territorial Atlixcáyotl, de San Andrés Cholula, Puebla, predio donde se encuentra ubicado Valle Fantástico, con una superficie de 187 mil 207.53 metros cuadrados.
Anomalías
Del contrato celebrado se desprende la obligación de ser inscrito en el Registro Público del Propiedad, en el caso concreto le compete al ubicado en Cholula, Puebla, por ser el municipio donde se ubica el inmueble.
Sin embargo, una de las firmas es impresión de fax, motivo por el cual no cumple, a criterio del Registro con los requisitos de ley para hacer la inscripción del contrato, ya que existe señalamiento de la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) de que aún cuando se trate de una copia certificada por notario público, si una firma es facsímil, ésta no es válida para ser aceptada en trámites de esa naturaleza.
Igualmente, en el instrumento número 4971 del volumen 71 de la Notaria Pública número 49 de la ciudad de Puebla, en el cual se redactó un Acta de ratificación de contenido y firma, sólo interviene Ricardo Henaine Mezher, cuando en el documento que se ratifica intervienen tres personas distintas: Chubb de México Compañía Afianzadora, S.A. de C.V.; Futbol Soccer, S.A. de C.V.; e Inmobiliaria Hena, S.A. de C.V., por lo que no existe una ratificación del consentimiento de todas las personas que intervinieron en el contrato de fianza, lo que se suma a la falta de requisitos para su inscripción en el registro público.
De acuerdo a la documentación presentada, y dado que no existe un beneficiario específico en el contrato de fianza, y con todas las deficiencias antes señaladas, se desprende que el único objeto que se persigue es el gravar el inmueble para continuar con en posesión del mismo.
La fianza fue presentada en el registro público de la propiedad de San Andrés, sin embargo fue devuelta por no cumplir con todos los requisitos legales.
Staff Puebla On Line 2009
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