En Puebla castigarán feminicidio con penas de 30 a 50 años de prisión
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En Comisiones, los diputados locales aprobaron la iniciativa para tipificar como delito el feminicidio; este miércoles pasará al pleno
Los diputados integrantes de la Comisión de Procuración y Administración de Justicia del Congreso del estado aprobaron por unanimidad algunas modificaciones al Código de Defensa Social del Estado de Puebla y al Código de Procedimientos en Materia de Defensa Social para tipificar el delito de feminicidio en la entidad.
En entrevista el presidente de este grupo parlamentario, Gerardo Mejía Ramírez, informó que durante la sesión de trabajo los legisladores aprobaron una serie de iniciativas enviadas por el gobernador del estado, Rafael Moreno Valle Rosas.
Desatacó que con estas reformas el estado de Puebla se convierte en la decimotercer entidad en tipificar el feminicidio como un delito castigado con una pena de 30 a 50 años de cárcel.
Mejía Ramírez puntualizó que los diputados aprobaron modificar el artículo 312 Bis del Código de Defensa Social, el cual deberá de decir: “Comete delito de feminicidio quien, por razones de género, priva de la vida a una mujer. Para efectos de este artículo existen razones de género, cuando existan datos que establezcan: Que el sujeto activo lo comete por odio o aversión a las mujeres. Así como a quien cometa este delito por celos extremos respecto a la víctima. Y cuando existan datos que establezcan en la víctima lesiones infamantes, violencia sexual, amenazas, acoso, tortura o tratos crueles, inhumanos o degradantes”.
Destacó que con esta reforma, la cual aprobaran los diputados en la sesión del pleno del Congreso Local de este miércoles, se buscará disminuir las probabilidades que se prive de la vida a una mujer por violencia de género y fomentar la equidad e igualdad.