Ligan sin pruebas a ex jefa de Ministerios Públicos con Los Zetas
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El documental “Presunto Culpable” tiene su versión poblana en la abogada María Eugenia Enríquez Reyes, ex coordinadora de Ministerios Públicos de Cholula, que fue exhibida hasta el cansancio como supuesta protectora de los Zetas en Puebla y perseguida gracias a la trama macabra orquestada desde la propia Procuraduría General de Justicia del estado durante el tristemente célebre periodo marinista.
Hace tres años y medio empezó el calvario de Enríquez Reyes, lo que la llevó a perder absolutamente todo: trabajo, honra, familia y tranquilidad.
Sometida a un proceso plagado de irregularidades y contradicciones, con denuncias anónimas y sumamente endebles, la abogada tuvo que dejar Puebla y enfrentar desde la incertidumbre una pesadilla rica en maniobras sucias, falsedades y sentencias sencillamente estúpidas.
“Maru”, como la conocen sus amigos y amigas, trabajó más de veinte años en la Procuraduría poblana y hoy se encuentra a la deriva gracias a una serie de acciones dignas de la verdadera delincuencia organizada que florece cotidianamente en los centros que supuestamente imparten justicia.
De entrada, las dos denuncias que el juez Tercero de Distrito en el plano federal tomó en cuenta para considerarla culpable y obsequiarle una orden de aprehensión son verdaderamente ridículas.
La primera la hizo un personaje ligado a Los Zetas, que, sin describirla físicamente, aseguró que la convenció de que les pasara información de los operativos de la Diedo –dependencia que nada tiene que ver con la Coordinación de Ministerios Públicos de Cholula– a cambio de cincuenta mil pesos mensuales.
Sencillo: si querían tener información de primera mano de la Dirección de Investigación Especializada en Delincuencia Organizada lo más cuerdo hubiera sido cooptar a un alto mando de la institución y no a una coordinadora de Ministerios Públicos de Cholula.
Esta suspicacia no la tuvo el juez que “estudió” el expediente de Enríquez Reyes.
Tampoco le importó investigar si los números telefónicos de la “Presunta culpable” –proporcionados por el Zeta– eran reales y estaban a su nombre.
En su ámbito de justicia tampoco cupo la necesidad de investigar las cuentas bancarias o fortuna personal de la inculpada o de sus familiares y amigos cercanos.
No.
Le bastó con un señalamiento hecho al parecer por encargo para considerar a Enríquez Reyes como culpable de los delitos contra la salud y delincuencia organizada.
(Hay versiones de que en una segunda declaración el nombre de Enríquez Reyes simplemente ya no fue mencionado por el Z).
Y para darle fuerza a su sentencia, el juez le dio una importancia brutal a una denuncia anónima hecha vía telefónica, cuando hay jurisprudencia al respecto que no le da valor probatorio a ese tipo de acusaciones.
El caso indigna, sí, y mucho, sobre todo porque se orquestó en tiempos marinistas: tiempos de excesos y culpables fabricados.
Le dejo al indignado lector un fragmento del alegato de Enríquez Reyes con la promesa de darle seguimiento al caso: “Como autoridad, este Juzgado tiene la facultad de valorar si una prueba o declaración testimonial es falsa o no, en una estricta aplicación del derecho pero además en uso de un sentido común que debe tener el juzgador a fin de no perjudicar a quienes claman justicia.
“Esto es, si de la simple lectura emitida por Aurelio Xolo Goscón o Javier Ríos Ponciano, alias “El Congo” se desprenden hechos o situaciones no creíbles debe exigirse que se corrobore esta declaración con otros medios de prueba.
“Es increíble como al no ser suficiente la declaración de un solo testigo para justificar la emisión de una orden de aprehensión, se le otorgue valor probatorio a una supuesta llamada telefónica que a todas luces parece ‘fabricada’ al detallar de manera aleccionada nombres y detalles que se supone que por la secrecía de la investigación, eran desconocidos por empleados de la procuraduría general de justicia. Pero aún mas, el que la autoridad que conoció del recurso de Revisión haya tenido que emitir argumentos para fundar su resolución, de pruebas inexistentes como lo es el argumento emitido en la sentencia de fecha cuatro de septiembre de dos mil nueve, dictada por el Juez Tercero de Distrito del Centro Auxiliar de la Segunda Región, mediante la cual me negó el amparo y protección de la Justicia Federal, en el juicio de amparo número 1525/2008 del índice del Juzgado Noveno de Distrito en Puebla, y su pronunciado considerando rector séptimo y octavo.
“(…) Es fácil señor Juez acabar con la dignidad de una persona, pagar notas periodísticas que desacrediten a un ser humano como sucedió en mi caso, y afectarme no solo a mí, sino además a mi familia, y sobre todo a mis hijos que dependen totalmente de mi y que han sufrido del abandono y del derrumbe de su patrimonio, sin ingresos, pero sobre todo el dolor y la angustia, la desintegración familiar que es aun más penoso.
“Se que como juzgador recomendaría que ejerciera mi derecho en contra de quien o quienes sienta me han causado daño, comprobando el origen o manipulación de las notas periodísticas, o aún más, comprobar y denunciar a quien o quienes hayan fabricado la declaración de Aurelio Xolo Goscón o Javier Ríos Ponciano, alias “El Congo”
“Nada resultaría más difícil para un ser humano en mis condiciones, pues si la autoridad ministerial con todo el poder de su investidura y facultada por la ley para hacerse de medios de prueba no le fue posible investigar y acreditar mi probable responsabilidad penal, me pregunto ¿Qué haría yo o a quien acudiría para comprobar mi dicho? ¿Interrogar al periodista sobre cuánto le fue pagado por su nota? ¿Interrogar al escribiente ministerial que supuestamente de viva voz escucho la declaración de Aurelio Xolo Goscón o Javier Ríos Ponciano, alias “El Congo” o quién la dicto? ¿o llamar a declarar a quienes estuvieron presentes como personal del juzgado al momento de declarar en preparatorio Aurelio Xolo Goscón o Javier Ríos Ponciano, alias “El Congo” quien dijo no conocerme y a pesar de ello se asentó que ratificaba su declaración ministerial? Nada sería más difícil que lograr comprobar todo esto y por eso, como siempre se dice; “me reservo mi derecho”.
“Se que al momento de resolver mi situación jurídica no se analizarán estos argumentos señalando que no se refieren a los hechos que se me imputan, que son apreciaciones personales, que no tiene fundamento; pero mi intención es señalarle todas las consecuencias que he sufrido, situaciones de las que me he enterado y que son de difícil comprobación, pero sobre todo que como seres humanos y por la naturaleza del derecho, no podemos actuar de manera automática, sobre todo la Autoridad judicial, como si el derecho respondiera a una cuenta matemática, pues a final de cuentas es el humano como ser sensible y sujeto de emociones que da origen al derecho. Y que grito porque toda la sensibilidad y emoción que me produce por fin, por primera vez ser escuchada abarque no únicamente el aspecto jurídico, sino todo el sufrimiento que he vivido por tres años y medio que para una autoridad no tienen ninguna importancia, pero que créame señor juez cada día, cada despertar, es un día mas de zozobra de indignación, de esperanza, de fe…
“Hablo de que si yo fuera narcotraficante o “narco funcionaria” como se me calificó en algunos medios, tendría seguramente dinero y por ello deseo manifestarle señor juez que en el año 2008 mi hija cumplió XV años y ni siquiera pude hacerle una fiesta o recepción. Año en el que precisamente refiere Aurelio Xolo Goscón o Javier Ríos Ponciano, alias “El Congo” me entrego un portafolios “lleno” de cincuenta mil pesos, aunque no refiere las fechas de otras entregas de dinero pues dijo que sería el pago mensual
“Me resulta ilógico el hecho de que si la autoridad ministerial percibió que el grupo delictivo denominado “Z” me entregaba cincuenta mil pesos mensuales, no haya investigado mis cuentas bancarias o propiedades, mías o de mi familia por lo que considero que resulto asombrosamente omisa en su investigación sobre todo tratándose de un delito de la importancia e impacto social como es el narcotráfico y que a mi modo de ver, lo hizo para favorecer intereses de otras personas, como siempre de poder.
“Pero lo que también me resulta asombroso es el hecho de que a pesar de todas la facilidades que la ley otorga para la investigación de delitos como el narcotráfico en cualquiera de su modalidades como lo es en este caso, no haya echado mano de otros medios de investigación para corroborar el dicho de UNA SOLA PERSONA (Aurelio Xolo Goscón o Javier Ríos Ponciano, alias “El Congo”) y ordenar además por ejemplo una investigación a mis líneas telefónicas y me refiero a las reales y verdaderas para intervenirlas o incluso pedir una relación de las llamadas que realizaba y cotejar los números, ahora si, de los cuatro sujetos detenidos en Tlapanala por la DIEDO, y comprobar así si tenía comunicación con alguno de ellos.
“Esto es, que para acreditar la existencia de un delito en materia penal, existen un sinnúmero de formas de comprobar su existencia, e insisto sobre todo en delitos como el narcotráfico que tanto daña a nuestra sociedad y que ha cobrado miles de muertos en nuestro país; esto no solo con la finalidad de una exacta aplicación de la justicia, sino de la certeza que debe tener el Estado para identificar a quienes realimente delinquen o constituyen un riesgo y ayudar de manera real a combatir el narcotráfico sancionando al delincuente.”