miércoles, 03 junio 2026
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Congreso debe convocar a elecciones para sustituir a diputados chapulines: CPU

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STAFF PUEBLA ON LINE 2009 20 de abril de 2013
Ante la negativa de cuatro diputados suplentes del Congreso de Puebla para entrar en funciones, la Constitución dice que debe convocarse a elecciones
Ante la negativa de cuatro diputados suplentes del Congreso de Puebla para entrar en funciones, la Constitución dice que debe convocarse a elecciones; sin embargo, el Poder Legislativo ha optado por la inacción, denunció el Comité del Pueblo Unido
 
Al haberse negado los suplentes de los distritos 15,16 y 19 con cabera distrital en Ajalpan, Tepeaca y Ciudad Serdán respectivamente, para asumir el cargo dejan sin representación a sus distritos.
 
Lo que más nos preocupa es que el Congreso no cumpla con la Constitución Política del Estado de Puebla al no convocar a nuevas elecciones en esos distritos, como lo señalan los artículos 48 y 57 fracción XXIII, inciso b), que a la letra dicen:
 
“ARTICULO 48.- El Congreso del Estado no podrá ejercer sus funciones sin la concurrencia de más de la mitad del número total de sus miembros. Los Diputados deberán reunirse en el Recinto Oficial el día señalado por la Ley y compeler a los ausentes a que concurran dentro de los cinco días siguientes, bajo apercibimiento de cesar en sus cargos, previa declaración del Congreso del Estado, a menos que exista causa justificada que calificará el mismo Congreso. En la hipótesis prevista, serán llamados los suplentes a quienes podrá aplicarse la misma sanción, si no concurrieren en el mismo plazo y en cuyo caso, se declarará vacante el cargo y se convocará a nuevas elecciones.
 
ARTICULO 57.- Son facultades del Congreso:
 
XVIII.- Convocar a elecciones, comunicando oportunamente al Consejo General del Instituto Electoral del Estado: b) De Diputados, cuando ocurra falta absoluta de propietarios y suplentes antes de los seis meses últimos del período.
 
El chapulinismo político ha llegado a tal grado que si el Congreso del Estado respetara e hiciera cumplir la ley, tendría que convocar a nuevas elecciones y comunicárselo al Instituto Electoral del Estado de Puebla tal como se enuncia en el artículo 57.
 
A causa de la lucha que ha encabezado el Comité del Pueblo Unido, el Congreso de Puebla se ha vuelto hermético ante la información que se publicaba en su sitio oficial, respecto a la negativa de los suplentes que han rechazado asumir el cargo. Advertimos claramente que los políticos chapulines son protegidos por el Congreso del Estado y es grave que utilicen los recursos públicos en su defensa.
Staff Puebla On Line 2009
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