Gobierno estatal de Puebla tolera invasiones de predios privados
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En Puebla, nadie por encima de la Ley, reza la propaganda morenovallista.
Este principio es aplicable, excepto en San Jerónimo Caleras, Puebla; donde desde hace diez meses un grupo de invasores, perteneciente a la “Organización de Coordinación de Organizaciones Urbanas y Campesinas A.C.”, ocupa ilegalmente un predio de 17 hectáreas con la abierta complacencia de las autoridades.
Los propietarios (Juan Luis Flores Carpenter y Julio Alejandro Flores Pastrana) han recurrido a todas las instancias en busca de revertir dicha invasión, pero en las secretarías General de Gobierno y Seguridad Pública, así como la Procuraduría General de Justicia dan largas y se niegan a desalojar a los invasores con el pretexto de la falta de elementos policiacos.
El predio fue invadido el 30 de junio del 2012 por más de 300 personas, encabezadas por los líderes de la agrupación: Porfiria Flores Tlamintzi y Delfino Flores Melgar.
Los afectados han iniciado procedimientos legales 355/2012/90 y 96/2012 ante los juzgados sexto y noveno de lo penal.
Se libraron órdenes de aprehensión en contra de los líderes y 11 personas más el 20/11/12, pero es la fecha en que no se ejecutan y los invasores ya empezaron a construir casas y vender ilegalmente la tierra.
Todavía se ordenó la restitución del predio a favor de los dueños con fecha del 2 de febrero del 2013 a las tres de la madrugada, pero siempre con el argumento de las autoridades poblanas ha sido la “inconveniencia mediática por el II Informe del Gobernador o por la falta de policías” para aplicar la Ley, ésta no se consumó.
Lo más grave no sólo es la complacencia de los secretarios de despacho y subsecretarios, sino que se les olvida que en el arranque del sexenio se turnó al Congreso del Estado para su aprobación una Ley contra el Despojo:
EL mandato legal se encuentra sustentado en los artículos 408, 409 y 409 bis.
Artículo 408. Se impondrá prisión de tres meses a tres años y multa de cinco a cincuenta días de salario:
I. Al que de propia autoridad y haciendo violencia o furtivamente, o empleando amenaza o engaño, ocupe un inmueble ajeno o remueva o altere sus límites o, de otro modo, turbe la posesión pacífica del mismo o haga uso de él, o de un derecho real que no le pertenezca; y
II. Al que de propia autoridad y haciendo uso de cualquiera de los medios indicados en la fracción anterior, ocupe un inmueble de su propiedad, en los casos que la ley no lo permite por hallarse en poder de otra persona, o ejerza actos de dominio que lesionen derechos legítimos del ocupante.
Artículo 409. Cuando el despojo se cometa materialmente por cinco o más personas, la sanción de prisión será de seis a nueve años y multa de cien a mil quinientos días de salario mínimo.
El supuesto de que el delito en contra de personas mayores de sesenta años, o personas con discapacidad, o en contra de zonas declaradas área natural protegida, la sanción se aumentará hasta en una tercera parte.
Artículo 409. BIS.- A quienes dirijan la invasión y su autor o autores intelectuales, la sanción de prisión será de siete a doce años y multa de mil a tres mil días de salario.
¿Estará enterado el gobernador Rafael Moreno Valle?
¿Por qué se tolera a estos grupos la invasión de propiedad privada?
Se sabe que existen alrededor de 600 invasiones de terrenos sin que las autoridades hagan algo al respecto.
¿Qué político morenovallista se encuentra detrás de los invasores?
¿De cuánto será la tajada que se lleva?
¿Quién en el Ayuntamiento dio permiso para la construcción de viviendas en un terreno invadido?
El asunto será escándalo nacional.
alemondras@iCloud.com
Twitter: @AleMondras