Alcaldes serán sujetos de responsabilidad por malgastar recursos federales
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Hasta ahora los integrantes de los ayuntamientos no eran responsables por violaciones a la Constitución
La Cámara de Diputados aprobó con cambios el dictamen de una minuta que envió el Senado y que reforma la Constitución para incluir de manera expresa como sujetos de responsabilidad a los servidores públicos municipales que administren y manejan indebidamente los recursos federales.
Esta reforma al tercer párrafo del artículo 108 de la Constitución Política establece que “los integrantes de los ayuntamientos” serán responsables por violaciones a esta Constitución y a las leyes federales, así como por el manejo y “aplicación indebidos” de fondos y recursos federales.
Este artículo no menciona hasta ahora de manera expresa a los integrantes de los ayuntamientos como responsables por violaciones a la Constitución y a las leyes federales, así como por el manejo indebido de fondos y recursos federales.
En este apartado se hace referencia a diputados locales, magistrados de los Tribunales Superiores de Justicia locales, miembros de los Consejos de las Judicaturas locales, así como miembros de organismos a los que las constituciones locales y el Estatuto de Gobierno del Distrito Federal les otorguen autonomía.
Sin embargo, esa responsabilidad para ayuntamientos sí figura en otras normas como el artículo 2 de la Ley Federal de Responsabilidades Administrativas de los Servidores Públicos, el cual señala como sujetos de la misma a “todas aquellas personas que manejen o apliquen recursos federales”.
En el último párrafo del artículo 49 de la Ley de Coordinación Fiscal también prevé que “las responsabilidades administrativas, civiles y penales en que incurran los servidores públicos federales o locales por el manejo o aplicación indebido de los recursos de los Fondos de Aportaciones Federales, serán determinadas y sancionadas por las autoridades federales o locales, de acuerdo con sus propias legislaciones.
Con la reforma aprobada este martes al artículo 108 de la Constitución, en materia responsabilidad de los servidores públicos, se incluyen de manera expresa a los integrantes de los ayuntamientos, como son los presidentes municipales, regidores y síndicos.