Candidatos ya no podrán adquirir cobertura informativa en campañas
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La adición del término “adquiera” evitará la simulación que se puede dar al obtener de forma indebida cobertura informativa
El Pleno del Senado de la República aprobó en lo general y lo particular por 89 votos la minuta que modifica el artículo 41 de la Constitución, a fin de considerar como una causal de nulidad de elecciones no sólo la compra sino también la adquisición de cobertura informativa o tiempos de radio y televisión, que esté fuera de lo previsto en la ley.
Los senadores avalaron la iniciativa que envió el Ejecutivo federal para incorporar el término “adquiera” al texto constitucional vigente, relacionado con el acceso a espacios informativos en los medios de comunicación.
En el dictamen se explica que la redacción actual del artículo 41 únicamente alude a la acción de la “compra” de dicha cobertura, lo que resulta limitado e insuficiente porque el acceso a los medios de comunicación “no necesariamente implica el pago de una contraprestación”.
Por tal motivo, es que con la adición del término “adquiera” evitará la simulación que se puede dar al obtener de forma indebida cobertura informativa, pues existe “la posibilidad fáctica” de obtener espacios “con formas susceptibles de ser utilizadas por partidos políticos y candidatos” como la donación o la dación en pago.
Ello –agregaron- con el objetivo de tener mayor cobertura informativa e incidir de esa manera en la decisión de la población en plena desventaja de sus adversarios.
Recordaron que la reforma política-electoral aprobada por el Senado en diciembre pasado, contemplaba la adquisición de cobertura como causa de nulidad. Sin embargo, la Cámara de Diputados cambió el vocablo “adquiera” por “comprar”, lo que posibilitaba la simulación en la adquisición de espacios informativos.
De ahí que los senadores estimaron que la adición propuesta por el Presidente de la República subsana esa limitación al contemplar, expresamente, como conducta sancionable la adquisición y compra de cobertura informativa o de tiempos de radio y televisión.
El documento remitido a la Cámara de Diputados, puntualiza que esta reforma “refuerza el contenido vigente del artículo 41 al establecer como hipótesis para el sistema de nulidades de las elecciones federales y locales la acción de adquirir cobertura informativa en contravención a la previsto por el régimen legal”.
La presidenta de la Comisión de Gobernación, senadora María Cristina Díaz Salazar señaló que la reforma implica un supuesto mucho más amplio, en el que se determina la violación grave, dolosa y determinante consistente en la adquisición de cobertura informativa o tiempos de radio y televisión.
Lo anterior, debido a que el acceso a la cobertura informativa no siempre se llevan a cabo mediante una contraprestación consistente en un precio cierto, por ello, “la intención es aclarar que la nulidad de elecciones se puede producir no sólo ante la compra, sino ante cualquier tipo de adquisición”.
El senador del PT, Manuel Bartlett Díaz expresó que es correcto regresar el término “adquisición”, sin embargo, dijo que las condiciones y exigencias que la norma constitucional imponen para la procedencia de la nulidad, harán en los hechos que esta declaración por esta figura sea casi imposible.
“En este dictamen encontramos simulación e hipocresía, además de promoción del divorcio entre la norma jurídica y la realidad”, advirtió.
En su turno, el senador panista Javier Corral Jurado señaló que el tema aborda uno de los asuntos más distorsionados de la competencia electoral: el mercado negro de la información, donde “los medios de comunicación se han convertido en la principal arena de la disputa electoral, de la competencia por el poder y ahí se ha producido un mercado negro de la información”.
Destacó “la manera en que expolian los medios de comunicación a candidatos y partidos, cómo nos ofrecen entrevistas pagadas, empaquetamiento publicitario informativo para cubrir las campañas”, pues “está planteada en los hechos una relación comercial por debajo de la mesa”.
Nunca, sentenció, una palabra había tenido tanto valor económico y político, nunca una palabra había costado tanto al mercado negro de la información y nunca en una sola palabra se le había regresado un mensaje contundente al duopolio de la televisión, que a través de sus personeros en la colegisladora y abusando de la nocturnidad cambiaron la Constitución para hacerse un traje a la medida de su sistema de cobertura informativa en las campañas electorales.