lunes, 08 junio 2026
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Hotel de Acapulco pagará 30 mdp por la muerte de un joven

Staff Puebla On Line 2014

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Staff Puebla On Line 2014 STAFF PUEBLA ON LINE 2014 27 de febrero de 2014

Falleció electrocutado en las instalaciones del hotel Mayan Palace de Acapulco

La Jornada informó que la primera sala de la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) fijó una indemnización histórica de 30 millones de pesos, por concepto de daño moral, a los padres de un joven que falleció electrocutado en las instalaciones del hotel Mayan Palace de Acapulco, por negligencia de la empresa.

El dictamen elaborado por el ministro Arturo Zaldívar, estableció que el hotel carecía de personal calificado para responder a una emergencia, no brindó la atención médica adecuada y no proporcionó trato digno a Ángel Sinue García Medina, quien murió al caer en el lago artificial del hotel que estaba electrificado luego de que una bomba de agua sumergible ocasionó un corto circuito.

Por unanimidad, los ministros resolvieron en definitiva el juicio que con la demanda por los hechos ocurridos el 15 de septiembre de 2010, cuando Ángel Sinué murió luego de más de 20 minutos de sufrir la descarga eléctrica hasta que sus compañeros de viaje lograron desconectar la electricidad; además la médica del lugar no contaba con el equipo de salvamento necesario para auxiliar a la víctima.

La demanda presentada por los padres el joven, Ángel García Tello y Sabina Medina Coronado recorrieron un largo camino legal para lograr la indemnización referida. Los quejosos “nunca recibieron apoyo, por el contrario, trataron de alterar el acta de defunción para eliminar la palabra electrocución, y durante el han humillado a los padres de la víctima acusándolos de querer sacar provecho económico de la desgracia “, argumentaron los progenitores en su demanda contra el Hotel Mayan Palace.

Inicialmente, el juez vigésimo primero de lo civil de primera instancia condenó al hotel al pago de indemnización por daño moral por un monto de ocho millones de pesos; sin embargo, el cálculo se basó en lo que Ángel habría ganado durante su vida laborable, obteniendo el mismo sueldo.

Las indemnizaciones deben ser “justas”, por lo que el monto de la pensión debe ser suficiente para resarcir el daño sufrido por las víctimas, además de que debe cumplir con un fin de retribución social, es decir, el monto de la compensación debe reflejar la desaprobación hacia las conductas ilícitas así como intentar persuadirlas, resolvió la Corte.

 

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