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IMSS Puebla: ¿Cómo adquirir el Seguro de Salud para la Familia?

Staff Puebla On Line 2014

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IMSS Puebla: ¿Cómo adquirir el Seguro de Salud para la Familia?
Staff Puebla On Line 2014 STAFF PUEBLA ON LINE 2014 9 de abril de 2014

En caso de no ser derechohabiente del Instituto Mexicano del Seguro Social (IMSS), es posible recibir atención médica, hospitalaria y medicamentos adquiriendo el Seguro de Salud para la Familia

En caso de no ser derechohabiente del Instituto Mexicano del Seguro Social (IMSS), es posible recibir atención médica, hospitalaria y medicamentos adquiriendo el Seguro de Salud para la Familia (SSF).

Este seguro se adquiere a través de un convenio entre el asegurado y el propio Instituto, está destinado a profesionales independientes, pequeños comerciantes, artesanos, trabajadores no asalariados, empleados domésticos, pequeños propietarios, ejidatarios y colonos, entre otros.

Para adquirirlo es necesario que se inscriban cuando menos dos integrantes de la familia, realizar el pago de cuotas anuales anticipadas por cada sujeto y familiar adicional que se contrate, de acuerdo a la edad: Los costos son los siguientes:

Para el trámite de alta en el SSF es necesario acudir al Departamento de Afiliación de la Subdelegación del IMSS que le corresponda de acuerdo a su domicilio (Puebla cuenta con Subdelegaciones en Tehuacán, Teziutlán, Izúcar de Matamoros y dos en la capital), y presentar acta de nacimiento, comprobante de domicilio, identificación oficial, una fotografía tamaño infantil y acta de matrimonio. Asimismo, los integrantes del núcleo familiar que deseen adquirir el seguro deberán someterse a los exámenes y estudios que el instituto determine para constatar su estado de salud.

Al adquirir este Seguro deberá respetar las restricciones, como tiempos de espera para intervenciones quirúrgicas, entre los que destacan los siguientes: seis meses de espera después de diagnosticar tumoración benigna de mama, diez meses para atención de un parto, un año para intervenciones quirúrgicas por padecimientos ginecológicos (excepto neoplasias malignas de útero, ovarios y piso perineal), cirugías de hernias, cirugía de insuficiencia venosa y várices y dos años para cirugía ortopédica.

El SSF no comprende pago de incapacidades ni pensiones; tampoco cubre cirugía estética, adquisiciones de anteojos, lentes de contacto, lentes intraoculares y aparatos auditivos; cirugía para corrección de astigmatismo, presbicia, miopía e hipertropía; ni examen médico preventivo solicitado por el asegurado y beneficiarios; ni tratamientos, a causa de lesiones autoinfligidas y derivadas de intento de suicidio; de lesiones derivadas de la práctica de deportes de alto riesgo; de trastornos conducta y aprendizaje; dentales, excepto extracciones, limpieza y obturaciones, entre otros no incluidos.

Para mayor información puede consultar la página oficial del IMSS www.imss.gob.mx o acudir a cualquiera de las cinco Subdelegaciones del IMSS en Puebla

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