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Militares con VIH/SIDA podrán continuar en el Ejército Mexicano

Staff Puebla On Line 2014

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Militares con VIH/SIDA podrán continuar en el Ejército Mexicano
Staff Puebla On Line 2014 STAFF PUEBLA ON LINE 2014 20 de marzo de 2014

El objetivo principal de la enmienda es garantizar los derechos de igualdad y no discriminación

Por unanimidad, la Cámara de Diputados aprobó el dictamen que reforma, adiciona y deroga diversas disposiciones de la Ley del Instituto de Seguridad Social para las Fuerzas Armadas Mexicanas (LISSFAM), , para eliminar como causal de retiro del personal militar, la seropositividad al Virus de Inmunodeficiencia Humana (VIH).

 

El dictamen señala que el objetivo principal de la enmienda es garantizar los derechos de igualdad y no discriminación del personal militar portador de dicha enfermedad; ello, para dar cumplimiento a la recomendación de la Comisión Interamericana de Derechos Humanos (CIDH) para hacer compatible la Ley del ISSFAM con los artículos 1.1, 11 y 24 de la Convención Americana sobre Derechos Humanos.

Al fundamentar el dictamen, el diputado José Ignacio Duarte Murillo (PRI), secretario de la Comisión de Defensa Nacional, dijo a nombre de la misma que con esta reforma se deja claro que no hay excepciones de igualdad y no a la discriminación de los derechos fundamentales de los hombres y las mujeres que integran las Fuerzas Armadas Mexicanas, los que deben de ser garantizados y respetados por el instituto armado.

Con esta reforma, explicó, se eliminan causales de retiro del servicio activo de las armas a los militares que padecen la seropositividad al VIH, y se condiciona el retiro únicamente cuando quien lo padezca tenga pérdida de funcionalidad para el desempeño de sus actos de servicio.

Lo anterior, agregó, bajo la consideración de que no hay argumento médico o científico que demuestre que el sólo padecimiento del VIH-Sida sea equivalente a la incapacidad para desempeñarse laboralmente.

“Pensar lo contrario, es violentar los derechos fundamentales a la igualdad y a la no discriminación”, aseveró.

 

Duarte Murillo destacó que las conductas de desprecio o de estigmatización son en sí mismas degradantes y sólo por ello deberán ser prohibidas. En este tenor, abundó, el trato diferenciado de que son objeto las personas que realizan una función militar y que son portadoras de un virus, no está justificado.

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