TEPJF tumba participación de partidos en elección de juntas de Puebla y Cuautlancingo
joomla.2014j25
El Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (TEPJF) revocó las convocatorias emitidas por los ayuntamientos de Puebla y Cuautlancingo que permitían la participación de partidos políticos en la elección de juntas auxiliares
El Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (TEPJF) revocó las convocatorias emitidas por los ayuntamientos de Puebla y Cuautlancingo que permitían la participación de partidos políticos en la elección de juntas auxiliares.
El Tribunal Electoral fundamentó su resolución con base en los siguientes criterios: Se preserva la constitucionalidad de la participación ciudadana en procesos electivos de esta naturaleza, al declararlos eminentemente ciudadanos. La reforma promulgada por el Congreso del Estado a la Ley Orgánica Municipal no se aplicó, en este caso, respetando lo dispuesto por el artículo 105 de la Constitución General de la República que permite su aplicación en un periodo de 90 días No es equitativa la participación de candidatos postulados por partidos políticos a los candidatos ciudadanos, existe inequidad de recursos. Y ordena a los ayuntamientos responsables a emitir una nueva convocatoria en el término de 48 horas, a partir de que les sea notificada la sentencia, observando las reglas de la normatividad previa a la reforma de la ley orgánica municipal del 31 de marzo.