6 preguntas básicas sobre el reparto de utilidades
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La entrega la deben hacer del 1 de abril al 30 de mayo las personas morales (empresas) y del 1 de mayo al 29 de junio las personas físicas
Expansion.mx informa que el reparto de utilidades es un derecho constitucional de los trabajadores, quienes deben recibir una parte del 10% de los beneficios generados en la empresa donde laboran.
¿Cuándo se reparten?
La entrega la deben hacer del 1 de abril al 30 de mayo las personas morales (empresas)
Del 1 de mayo al 29 de junio las personas físicas
¿Quiénes tienen derecho?
Todos los trabajadores que laboren al servicio de un empleador
¿Quiénes no recibirán nada?
– Directores, administradores y gerentes generales
– Socios y accionistas
– Trabajadores eventuales que hayan laborado menos de 60 días durante el año al que corresponda el reparto de utilidades
– Profesionistas y técnicos por pago de honorarios sin relación de trabajo subordinado.
¿Cómo se calculan?
Se suman el número de días trabajados al año (incluyendo vacaciones y días festivos) y el salario conforme al tabulador o cuota diaria (sin contar tiempo extra y gratificaciones).
¿Qué empresas no están obligadas?
– Empresas de nueva creación (exentas por un año)
– Compañías que elaboran un producto nuevo (exentas por dos años)
– Firmas de la industria extractiva durante el periodo de exploración (petroleras)
– Las instituciones que no tengan fines de lucro
– El IMSS y las instituciones públicas descentralizadas
– Las empresas cuyo ingreso anual no sea superior a 300,000 pesos
– Empresas en crisis financieras
¿Y si no me las entregan?
– La Procuraduría Federal de la Defensa del Trabajo atiende las denuncias de los trabajadores
– Hacienda aplica una multa de 250 a 5,000 veces el salario mínimo a las compañías que se oponen a dar este beneficio
– La secretaría aún no tiene una multa medida con Unidades de Cuenta.