SAT clausura restaurante en Puebla por conservar botellas vacías
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Incumplió con la obligación de destruir envases vacíos que contenían bebidas alcohólicas, a efecto de que estas no se puedan volver a utilizar
El SAT se encuentra realizando la verificación a los establecimientos que llevan a cabo actividades de enajenación o prestación de servicios con el público en general por los que se encuentren obligados en términos de las disposiciones fiscales a expedir, entregar y poner a disposición de sus clientes los comprobantes fiscales digitales por internet (CFDI), cuando estos les son solicitados, así como la expedición de comprobantes fiscales globales.
La visita de verificación que realiza el SAT en Puebla se hace de manera periódica, sin embargo, en últimas fechas se han intensificado este tipo de revisiones, dando como consecuencia que muchos contribuyentes estén siendo acreedores a multas cuando se les detectan prácticas indebidas en relación a la obligación de expedir comprobantes fiscales digitales por las operaciones que realizan.
Trascendió que en los casos de reincidencia, esto es en la segunda o posteriores ocasiones que se detecta que el contribuyente visitado, incurre en la irregularidad de no expedir Comprobantes Fiscales Digitales por Internet; no entregar o poner a disposición del cliente el comprobante respectivo; expedirlos sin que cumplan los requisitos señalados en el Código Fiscal de la Federación, o su Reglamento o en las reglas de carácter general que emita el SAT, o bien, no entregar al cliente la representación impresa del comprobante fiscal cuando éste haya sido solicitado, o no expedir comprobantes fiscales globales, se traduce en reincidencia, de acuerdo a lo que establecen las disposiciones fiscales, hecho que tiene como consecuencia la aplicación de multa mayor y la clausura temporal de los establecimientos que pueden ser desde 3 a 15 días.
Comercio sancionado en Puebla
El día 14 de julio de 2016, el establecimiento con nombre comercial “LA BELLA PIZZA”, ubicado en PLAZA SAN DIEGO, fue clausurado por personal del SAT, por encontrarse en alguno de los supuestos antes señalado.
Cabe señalar que luego de que se dio esta clausura, se buscó la información que contiene los datos anteriormente señalados, ya que la autoridad, el SAT, no quiso dar información al respecto a pesar de que es esa misma autoridad federal al que está ejecutando las revisiones.
Clausura por no destrucir envases vacíos
Derivado de que se ha detectado que existen establecimientos que venden bebidas alcohólicas apócrifas y/o adulteradas, utilizando las botellas de marcas registradas y controladas a través de los marbetes expedidos por el SAT, razón por la que el personal del SAT ha intensificado las visitas domiciliarias para efecto de verificar el cumplimiento de obligaciones fiscales relacionadas con la destrucción de envases vacíos que contenían bebidas alcohólicas, a efecto de que estas no se puedan volver a utilizar.
Las disposiciones fiscales establecen la obligación para los contribuyentes que enajenan al público en general bebidas alcohólicas para su consumo en el mismo lugar o establecimiento en el que se enajenen, la obligación de destruir los envases que las contenían, inmediatamente después de que se haya agotado su contenido.
Las visitas de verificación de destrucción de envases vacíos que realiza el SAT aquí en Puebla se hace de manera periódica, dando como consecuencia que muchos de los contribuyentes visitados, se estén haciendo acreedores en la aplicación de multas cuando se detectan prácticas indebidas en relación a la obligación de destruir envases vacios, que contenían bebidas alcohólicas.
Ahora bien, en los casos de REINCIDENCIA, esto es en la segunda o posteriores ocasiones que se detecte que el contribuyente visitado, incurre nuevamente en la irregularidad de no destruir los envases vacíos, siendo la sanción de la CLAUSURA del establecimiento del contribuyente por un plazo que va de los 3 días a los 15 días, como lo establece el Código Fiscal de la Federación.
En ese sentido el día 14 de julio de 2016, el establecimiento con nombre comercial “KAMPAI”, ubicado sobre Circuito Juan Pablo Segundo, en la colonia Las Animas, aquí en Puebla., fue clausurado por personal del SAT, por encontrarse en el supuesto de que por más de una ocasión se verificó que no se destruyen los envases vacíos que contenían bebidas alcohólicas.