domingo, 07 junio 2026
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GASTOS DE CAMPAÑA, PROTAGONISTAS –Y TAL VEZ LA PIEDRA DE TOQUE- DE LA ELECCIÓN 2018

Arturo Luna Silva

Arturo Luna Silva

GASTOS DE CAMPAÑA, PROTAGONISTAS –Y TAL VEZ LA PIEDRA DE TOQUE- DE LA ELECCIÓN 2018
Arturo Luna Silva ARTURO LUNA SILVA 14 de febrero de 2018

De por sí inédita y atípica por una serie de factores que nunca antes habían coincidido en un mismo proceso electoral, los comicios de este 2018 tendrán un inesperado invitado como elemento de enorme peso en el desenlace de la guerra por el poder, tanto a nivel federal como estatal.

Y es que hace unos días, la Sala Superior del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (TEPJF) abrió por primera vez la puerta a la posibilidad de anular una elección por rebase al tope de gastos de campaña.

Y algo aún más importante: ello aun cuando la diferencia entre el primero y segundo lugar en votación sea superior a 5% de los sufragios, un salto cualitativo en muchos sentidos.

El tema no es menor y, al menos en el caso de Puebla, pondrá en un serio predicamento a los tres principales candidatos a la gubernatura: Martha Erika Alonso, de la coalición “Por Puebla al Frente”; Luis Miguel Barbosa, de la alianza “Juntos Haremos Historia”, y Enrique Doger, del PRI, quienes si ya en la precampaña se las vieron negras para medio ocultar el enorme gasto que realizaron –y que obviamente no es el que reportaron a las autoridades electorales-, para la campaña van a tener que hacer verdadera magia.

Al resolver una contradicción de tesis entre dos salas regionales del TEPJF, la Sala Superior emitió la tesis de jurisprudencia: “Nulidad de elección por rebase de topes de campaña. Elementos para su configuración”.

En dicha tesis determinó que la nulidad procederá cuando se acrediten tres circunstancias y fijó, además, las reglas sobre a quién corresponderá probar que hubo o no tal vicio.

La regla principal para aplicar esa máxima sanción, es que debe estar comprobado objetivamente que hubo “determinancia” (sic), es decir, que el rebase del límite gastado permitido fue determinante para el resultado de una elección.

Hasta hace poco, la Constitución preveía la causal de nulidad de una elección cuando se rebasaba el tope de gasto de campaña en 5% del monto autorizado, si esto era grave, doloso y determinante y, además, cuando la diferencia entre el primero y segundo lugar en votos fuera menor al 5%.

La contradicción de tesis que resolvió el TEPJF consistió en que la Sala Regional de Xalapa avaló que la nulidad procede cuando el rebase de tope de gastos es superior a 5% y resulta determinante de forma automática, al existir una diferencia entre el primero y segundo lugar menor a 5% de la votación.

En contraste, la Sala Regional de la Ciudad de México estableció que aun cuando la diferencia entre el primero y segundo lugar sea menor a 5% habrá presunción de “determinancia”, pero no se debe tener por acreditada en automático la causal de nulidad.

Para resolver la controversia, el TEPJF determinó que la causal de nulidad procederá cuando se acrediten tres elementos: 1) que haya resolución del INE o IEE de rebase de topes de campaña en 5% o más; 2) que quien impugne acredite que la violación fue grave, dolosa y determinante, y 3) que la responsabilidad de presentar las pruebas dependa de la diferencia de la votación entre el primero y segundo lugar.

Así que el riesgo para cualquiera de los candidatos a Casa Puebla es altísimo, pues cualquiera de ellos puede ganar en las urnas, pero perder en la mesa si se les comprueba que se excedieron en los gastos de su campaña.

Y ahora sí con base en una jurisprudencia.

El IEE está por determinar el tope, mismo que en 2016, para la elección a la gubernatura, fue de 44 millones 814 mil 944.56 pesos, una cifra ridícula a la luz de los últimos procesos electorales, donde el costo real de los mismos ha sido literalmente incalculable, muy, pero muy por encima de lo reportado oficialmente.

¿Cómo le van a hacer Martha Erika, Luis Miguel y Enrique para no rebasar un tope que, como puede anticiparse, se quedará chico ante el verdadero gasto de una campaña estatal, con las características de la que se avecina, y sin que los rivales de enfrente lo registren y documenten para argumentarlo, si es el caso, como causal de nulidad?

¿Son suficientes 44 millones y pico de pesos para hacer una campaña competitiva al gobierno del estado?

Evidentemente que no.

De ahí que los gastos de campaña, a la postre, podrían convertirse en los verdaderos, y más importantes, protagonistas de la elección 2018.

Vaya: la piedra de toque.

gar_pro@hotmail.com

Arturo Luna Silva
Arturo Luna Silva
Periodista desde 1990. Ha sido reportero de Televisa Puebla, El Universal de Puebla, La Jornada de Oriente y Síntesis. Fue coordinador editorial de El Universal de Tlaxcala y jefe de información de El Universal de Puebla. Dirigió la revista Síntesis Policiaca, el área de noticias de Marconi Comunicaciones - donde condujo el noticiario matutino de "La Tropical Caliente" durante cuatro años- y el periódico El Heraldo de Puebla. Desde 2001 ha publicado su columna "Garganta Profunda" en medios digitales, impresos y electrónicos. Es director general del periódico digital Puebla Online y del periódico Crónica Puebla. Trabajó durante 10 años en Televisa Puebla, donde condujo el noticiero nocturno -también el matutino y vespertino en distintas etapas- y fungió como gerente de Noticias por casi un lustro. En 1990 recibió el Premio Nacional de Periodismo Juvenil, en 1991 el Premio Estatal de Periodismo de Puebla en el género de reportaje y en 1996 el Premio Estatal de Periodismo BUAP-Froylán Manjarrez. Ha sido jurado del Premio Estatal de Periodismo del Estado de Tlaxcala. Realizó estudios profesionales en la Escuela de Ciencias de la Comunicación de la UPAEP. <img class="alignnone size-full wp-image-7103" title="foto-perfil" src="https://www.pueblaonline.com.mx/archivo/wp-content/uploads/2024/02/arturo-luna5.webp" alt="foto-perfil" width="457" height="325" />