SCJN ampara a pacientes con VIH-Sida
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En su sentencia, la segunda sala de la Corte determinó que el Instituto Nacional de Enfermedades respiratorias (INER) debe salvaguardar el derecho humano a la salud “al nivel más alto posible” en el caso de las personas relacionadas al amparo ya que al ser portadores del VIH, deben recibir el tratamiento médico correspondiente
Excélsior informa que la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) otorgó un amparo a personas infectadas con el Virus de Inmunodeficiencia Adquirida (VIH/Sida).
En su sentencia, la segunda sala de la Corte determinó que el Instituto Nacional de Enfermedades respiratorias (INER) debe salvaguardar el derecho humano a la salud “al nivel más alto posible” en el caso de las personas relacionadas al amparo ya que al ser portadores del VIH, deben recibir el tratamiento médico correspondiente “en instalaciones separadas del resto de los pacientes” a fin de evitar el contagio de alguna enfermedad.
Los ministros explicaron que el fallo implica la posibilidad de que las autoridades responsables “consideren qué medida resulta más adecuada” para poder brindar a los pacientes un tratamiento médico apropiado a su enfermedad.