Van por 5 años de prisión a quien niegue atención en partos
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En la Gaceta Parlamentaria se publicó la iniciativa que plantea modificar el artículo 230
Excélsior dio a conocer que senadores del PAN presentaron una iniciativa de reformas al Código Penal Federal para sancionar hasta con cinco años de cárcel a directores, encargados, administradores, así como al personal auxiliar de la atención médica que impidan o nieguen la prestación de servicios de salud en trabajo de parto.
En la Gaceta Parlamentaria se publicó la iniciativa que plantea modificar el artículo 230 de dicho ordenamiento, para imponer pena de seis meses a cinco años de prisión y multa de cinco a ciento veinticinco días de salario mínimo vigente en la zona económica.
Lo anterior en contra de directores, encargados, administradores, así como al profesional, técnico o auxiliar de la atención médica de cualquier centro de salud, cuando incurran en alguno de las siguientes causales.
Impedir el acceso, negar la atención o prestación de los servicios de salud de mujeres en trabajo de parto en fase activa y/o ruptura de membranas, así como a las personas en condición de emergencia médica, derivado de accidentes, lesiones graves o descompensaciones que pongan en riesgo la vida del paciente, la madre o del producto.
Asimismo impedir la salida de un paciente, cuando éste o sus familiares lo soliciten, aduciendo adeudos de cualquier índole.
Retener sin necesidad a un recién nacido, por los motivos a que se refiere la parte final de la fracción anterior.