miércoles, 03 junio 2026
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Coofia le gana un juicio a la Comisión Nacional Bancaria y de Valores

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STAFF PUEBLA ON LINE 2009 7 de septiembre de 2010

Financiera Coofia ganó el juicio de nulidad contra la disposición de la Comisión Nacional Bancaria y de Valores (CNBV) que le ordenó suspender la captación de ahorros en agosto de 2009, después de que hace unos días el Noveno Tribunal Colegiado en Materia Administrativa del Primer Circuito declaró como improcedente el recurso de revisión que interpuso el organismo federal, debido a deficiencias técnicas en su formulación.

Financiera Coofia ganó el juicio de nulidad contra la disposición de la Comisión Nacional Bancaria y de Valores (CNBV) que le ordenó suspender la captación de ahorros en agosto de 2009, después de que hace unos días el Noveno Tribunal Colegiado en Materia Administrativa del Primer Circuito declaró como improcedente el recurso de revisión que interpuso el organismo federal, debido a deficiencias técnicas en su formulación.

En enero de 2010 la Cuarta Sala Regional Metropolitana del Tribunal Federal de Justicia Fiscal y Administrativa anuló la orden de la CNBV que obligó a la financiera a dejar de captar dinero del público. Ante dicha resolución, este organismo –encargado de vigilar a las empresas financieras– interpuso el recurso de revisión, el cual finalmente perdió. Lo anterior significa que queda firme el fallo a favor de Coofia de que sí contaba con los requisitos para recibir ahorros e inversiones, inclusive hasta diciembre de este año.

En la sentencia –cuya copia simple está en poder de esta casa editorial– se explica que el recurso de revisión fiscal que interpuso la CNBV fue improcedente debido a que no expuso la posible responsabilidad de la empresa en relación al fraude cometido contra 78 mil clientes a nivel nacional, de los cuales 23 mil eran de Puebla.

La sentencia agrega que la CNBV, como recurrente, no presentó razones contundentes y “trascendentes” para echar abajo la resolución dictada por la Cuarta Sala Regional Metropolitana del Tribunal Federal de Justicia Fiscal que determinó como ilegal la orden que le dio dicho organismo federal a Financiera Coofia de suspender captación de ahorro.

Asimismo, los magistrados Osmar Armando Cruz Quiroz, María Simona Ramos Ruvalcaba y Juana Ruiz que, por unanimidad, reafirmaron la resolución que beneficiaba a la financiera, señalan que el organismo federal no probó el interés social de su impugnación, pese a que se acusa que la caja popular captaba ahorros para poder pagar los más de 2 mil millones de pesos que les debía a sus clientes.

Textualmente, la sentencia del recurso de revisión número 183/2010 indica: “los argumentos de la recurrente son ineficaces para la procedencia del recurso, ya que los aspectos que pondera no imprimen importancia al asunto”.

Un poco después de que la financiera cerró, su representante legal, Salvador Gutiérrez Olea, interpuso un juicio de nulidad en contra de la orden de la CNBV que dio desde 2006 para que suspendiera la captación de ahorros.

El argumento del organismo gubernamental fue que la caja de ahorro no estaba afiliada ni supervisada por ninguna institución reguladora, como lo dispone la Ley de Ahorro y Crédito Popular; sin embargo, los jueces de la Cuarta Sala Regional Metropolitana del tribunal avalaron las pruebas presentadas por la empresa y señalaron que no hubo razón para que la comisión dispusiera dicha cancelación de servicios debido a que unos meses después Coofia empezó a ser supervisada por la Federación Integradora Nacional de Entidades (FINE).

La sentencia de esa demanda agrega que el hecho de que la financiera no estuviera afiliada ni supervisada en 2006 no fue con fines dolosos ni intencionales, ya que hizo los trámites para ello ante la FINE; asimismo, señala que unos meses después acuerda que será vigilada por esta federación.

Esa resolución señala que todavía la Federación Integradora Nacional de Entidades notificó el 5 de marzo de 2009 que Coofia cumplía con los requisitos que exige la ley para seguir captando ahorros, lo que significó que “dicha federación evalúo el cumplimiento de la actora a los diversos requisitos legales para operar y, por tanto, puede seguir llevando a cabo operaciones de captación de recursos (por lo menos hasta el 31 de diciembre de 2010)”. Por ello, la orden que la Comisión Nacional Bancaria y de Valores dio en agosto de 2009 para que la financiera dejara de captar ahorros también fue ilegal.

Staff Puebla On Line 2009
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