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TEE enmienda al IEE por exonerar precampaña de Giorgana

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TEE enmienda al IEE por exonerar precampaña de Giorgana
STAFF PUEBLA ON LINE 2009 18 de abril de 2013
El Tribunal Electoral del Estado ordenó al IEE que en lapso de 48 emita una nueva resolución sobre la denuncia que Movimiento Ciudadano puso contra el priísta Víctor Manuel Giorgana por actos anticipados de campaña 
El Tribunal Electoral del Estado ordenó al IEE que en lapso de 48 emita una nueva resolución sobre la denuncia que Movimiento Ciudadano puso contra el priísta Víctor Manuel Giorgana por actos anticipados de campaña.
Luego de que el Instituto Electoral del Estado de Puebla determinó que no se probaba la promoción adelanta de quien aspiró a ser candidato del PRI a alcalde de Puebla y que hoy quiere ser diputado, Movimiento Ciudadano se inconformó.
Antes esto, el Pleno del Tribunal Electoral del Estado de Puebla  resolvió por unanimidad de votos, requerir al Consejo General del Instituto Electoral del Estado, convoque a sesión extraordinaria a efecto de que emita una nueva resolución  donde valore  todas y cada una de las probanzas  ofrecidas por el Partido Movimiento Ciudadano.
        
El presidente del Tribunal Electoral Francisco Javier de Unanue y Bretón y los Magistrados Claudia Barbosa Rodríguez y Ricardo Adrián Rodríguez Perdomo, resolvieron la apelación interpuesta por el Representante del Partido  Movimiento Ciudadano, quién se inconformó por el acuerdo del Consejo General del Instituto Electoral, de fecha 15 de marzo del presente año, por el cual  se le niega la media cautelar que solicitó el Partido Movimiento Ciudadano. 
                        
El apelante expresó como agravio la falta de fundamentación y motivación del acto reclamado y la presunta falta de valoración de probanzas ofrecidas , consistentes en una entrevista radiofónica y la editada en la revista Báltiko, realizadas al ciudadano Víctor Manuel Georgiana Jiménez.
           
En la resolución del Tribunal Electoral del Estado de Puebla revoca el acuerdo impugnado y ordena al Consejo General del Instituto Electoral del Estado  convoque  a sesión extraordinaria y resuelva sobre lo anterior en un término de cuarenta y ocho horas.
Staff Puebla On Line 2009
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