IEE protege a Tony Gali Fayad, el “delfín” de RMV
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Las últimas actuaciones de los nueve miembros del pleno del Consejo General del Instituto Estatal Electoral (IEE) los han puesto en evidencia que su actitud en el presente proceso electoral, será de protección a los intereses del Poder Ejecutivo, y por esa razón no les ha importado pasar por encima de dos lineamientos legales que les posibilita proceder contra la campaña adelantada de Antonio Gali Fayad, el delfín de Rafael Moreno Valle Rosas para contender por la alcaldía de Puebla.
Como parte de esa protección que los consejeros electorales están dando a Antonio Gali Fayad han dispuesto tampoco proceder contra los miembros del PRI que han violado las mismas normas, como es el caso de José Chedraui, quien busca ser candidato a edil de la capital.
Ante el surgimiento de los más de 700 anuncios –entre espectaculares y paraderos de autobuses– con que Gali ha inundado la ciudad de Puebla, en los que promociona su imagen junto con la figura de Rafael Moreno Valle, los colores emblemáticos del PAN y la fachada de una de las principales obras públicas del actual sexenio, el IEE tendría ya que haber respondido de la siguiente manera:
Tendría que haberse invocado el artículo 200 bis del Código de Instituciones y Procesos Electorales del Estado de Puebla, que en su segundo párrafo, indica:
“Ningún ciudadano podrá realizar actividades propagandísticas y publicitarias con el objeto de promover su imagen personal, de forma pública y con el inequívoco fin de establecer su postulación a un cargo de elección popular. Exclusivamente podrán realizar tales actividades aquellos ciudadanos que participen dentro de un proceso de selección interna de candidatos a cargos de elección popular que lleven a cabo los partidos políticos, ajustándose siempre a los plazos y disposiciones establecidos en esta ley”.
Para nadie es un secreto que esos anuncios de Gali ya están direccionados no sólo para que obtenga la candidatura del PAN, sino para posicionarse en el electorado y de esa manera obtener ventaja frente a quien será su adversario del PRI.
Es cierto que por ahora el IEE está imposibilitado de aplicar una sanción a Gali, pues aún no participa en el proceso interno de un partido para obtener la postulación; sin embargo, ya se podría haber abierto una investigación para que cuando el actual secretario de Infraestructura del gobierno del estado buscará registrarse como candidato oficial a edil, entonces se les aplicara la segunda parte del artículo del Código Electoral en cuestión, que establece: “el incumplimiento a esta norma dará motivo a que el instituto, a través de sus órganos competentes y en los plazos correspondientes, fundado, motivado y previamente acreditado el incumplimiento, les niegue el registro como candidato”.
La respuesta que hasta ahora han ofrecido los consejeros de que no ha evidencias de que los anuncios de los políticos Antonio Gali, Pablo Rodríguez, Jorge Aguilar Chedraui, Fernando Manzanilla Prieto y José Chedraui no son para buscar el voto, y que además no hay quejas contra ellos, por lo que no se pueden investigar, son argumentos evasivos y que atentan contra el sentido común.
Lo más grave es que hay una segunda norma que establece que cuando se viola la legalidad del proceso electoral, el IEE puede iniciar una queja de oficio; es decir, sin que una persona física o moral se presente a interponer un recurso de inconformidad.
Esa posibilidad está contenida en el Reglamento de Quejas y Denuncias del IEE, así como en el artículo 392 bis del Código de Instituciones y Procesos Electorales del Estado de Puebla.
En el segundo de esos ordenamientos se indica que “los procedimientos para conocer y resolver las presuntas infracciones de partidos políticos y candidatos, y en su caso precandidatos y aspirantes, a cargo del Consejo General, son los siguientes: I. El de queja de fiscalización; II. El especial sancionador, y III. El ordinario… El procedimiento ordinario iniciará de oficio o a petición de parte para atender el resto de las denuncias o quejas presentadas por presuntas faltas cometidas por partidos políticos, candidatos, precandidatos o aspirantes. El Consejo General deberá conocer el dictamen y emitir la resolución correspondiente en un plazo no mayor a 30 días posteriores a su presentación para efectos de imponer la sanción que, en su caso, corresponderá al Tribunal confirmar y aplicar”.
Es decir, el IEE sin que tuviera una queja interpuesta ya podría estar haciendo una investigación contra el uso de anuncios de los políticos adelantados que están promocionando su imagen en la vía pública y aspiran a ser candidatos a un puesto de elección popular, sin que hayan esperado los procesos internos de sus partidos, o por lo menos, el instituto podría haber dictado un acuerdo general en el cual llamara a los partidos políticos, aspirantes y miembros de los tres niveles de gobierno a abstenerse de seguir con las campañas adelantadas, y fijando las posibles sanciones para quien no acatara la disposición.
Hasta ahora el IEE no ha hecho nada al respecto. Lo más grave es que ya existe una queja ciudadana contra las campañas adelantadas, y este martes los consejeros electorales la quisieron desechar bajo argumentos mínimos de que no se encontró bien puesto el número de la dirección que se dio para que se les enviara notificaciones a los agraviados.
Es cierto que ningún consejero electoral ha hecho ni hará algún pronunciamiento público a favor de Gali o el gobernador Moreno Valle, pero su conducta timorata contra las campañas adelantadas tienen como principal beneficiario al secretario de Infraestructura del gobierno.
De ahí que todos los consejeros hagan como que les habla el “tío Lolo”.