Puebla, entre los estados deficientes en acceso a la información: IFAI
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Un estudio del IFAI señala que tanto las entidades como los poderes legislativo y judicial tienen deficiencias en acceso a la información. Cámara de diputados, la más omisa
Animal Político informa que las entidades del país y el resto de los sujetos obligados a cumplir con el artículo 6 de la Constitución aún presentan diferencias y en general, a más de tres años de haberse aprobado la reforma constitucional, siguen sin cumplir en su totalidad con el derecho de acceso a la información.
Un estudio elaborado por el Instituto Federal de Acceso a la Información y Protección de Datos (IFAI), denominado “Análisis del Régimen de Transparencia y Acceso a la Información en los Estados y la Federación”, demuestra que estados y Federación, así como los órganos autónomos y de los poderes Legislativo y Judicial, presentan aún deficiencias para que cualquier mexicano pueda tener libre acceso a presentar una solicitud de información.
Las trabas van desde la forma en cómo presentar una solicitud de información, el cobro por la información, el tiempo que tardan en resolver un recurso de queja o de revisión y hasta la falta de sanciones que hay en contra de quienes incumplan con las leyes de transparencia.
Sistema de sanciones deficiente
El estudio, coordinado por Christian Laris Cutiño, director de Vinculación y Promoción con Estados y Municipios, muestra por ejemplo, que estados como Baja California Sur, Campeche, Chiapas, Coahuila, Distrito Federal, Hidalgo, Oaxaca, Puebla, Tamaulipas, Tlaxcala y la misma Ley Federal, a través del IFAI, no cuentan con capacidad sancionadora por lo que se requeriría de una reforma en cada una de estas leyes para promover sanciones que pesaran contra los funcionarios incumplidos.
Debido a las reformas en materia de transparencia que se discuten actualmente en la Cámara de Diputados, el IFAI realizó el presente estudio para diagnosticar el estado en que se encuentra todo el país en la materia.
En relación a las sanciones administrativas: 21 legislaciones contemplan las multas; 14 los apercibimientos; 18 la suspensión, destitución e inhabilitación del servidor público; 21 las amonestaciones, y una solamente considera el arresto (Sonora). Solamente en siete legislaciones se establecen las sanciones de tipo penal (Baja California Sur, Jalisco, México, Michoacán, Querétaro, Tabasco y Yucatán).
En el caso de los órganos garantes de otros poderes el caso es similar o peor: Ninguno tiene facultades para sancionar a quienes vigila, es decir, a pesar de que incumplan con las leyes de transparencia, los sujetos obligados, como el IFE, INEGI, Poder Legislativo o Judicial, deben cumplir una ley pero si no lo hacen, no hay sanciones por parte de sus órganos garantes.
LA CAMARA DE DIPUTADOS, LA MAS OMISA
Así, encontramos que la Cámara de Diputados fue uno de los entes que más tardó en instalar su “Consejo de Transparencia, Acceso a la Información Pública y Protección de Datos Personales”, ya que pasaron más de 9 años desde que se aprobó la Ley Federal de Transparencia.
En el caso de la Auditoría Superior de la Federación, el Comité Resolutor de los Recursos de Revisión y Reconsideración, tardó 2 años y en el Banco de México se aconsejó incorporar un artículo en su reglamento en el que se indique la autonomía con la que cuenta la Gerencia de Control Normativo.
“De los 18 sujetos obligados que señala el artículo 61 de la Ley Federal de Transparencia, cinco de ellos instalaron su órgano garante después del 2003, para cumplir con lo establecido en dicha legislación: ASF (2005), Cámara de Diputados (2012), INEGI (2008), Tribunal Electoral (2006), Tribunal Superior Agrario (2004).
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