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Aborto en Puebla: a primerizas quitan cárcel y ponen multa

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Aborto en Puebla: a primerizas quitan cárcel y ponen multa
STAFF PUEBLA ON LINE 2009 3 de noviembre de 2011

El gobernador de Puebla envió una iniciativa al Congreso para modificar las penas contra mujeres que abortan, de tal forma que se elimina la sanción penal de seis meses hasta cinco años de prisión y se imponen multas de 50 a 500 días de salario mínimo, es decir, entre 2 mil 500 y 28 mil pesos; sin embargo, quien reincida irá a la cárcel hasta un año

El gobernador de Puebla envió una iniciativa al Congreso para modificar las penas contra mujeres que abortan, de tal forma que se elimina la sanción penal de seis meses hasta cinco años de prisión y se imponen multas de 50 a 500 días de salario mínimo, es decir, entre 2 mil 500 y 28 mil pesos; sin embargo, quien reincida irá a la cárcel hasta un año.

La propuesta de Rafael Moreno Valle ordena que las mujeres que aborten por primera vez sean sometidas a “tratamiento médico integral” de un mes a un año en alguna institución de salud pública.

Sin embargo, el documento remitido por el secretario General de Gobierno, Fernando Manzanilla Prieto, propone castigar la reincidencia en este delito con un máximo de un año de cárcel.

Textualmente, el documento señala las siguientes modificaciones al Código de Defensa Social para el Estado Libre y Soberano de Puebla.

Artículo 342. A la mujer que voluntariamente se cause un aborto o consienta en que otra la haga abortar, se le impondrá un tratamiento médico integral en libertad en instituciones de salud pública, mismo que tendrá una duración no inferior a un mes, ni superior a un año, así como multa de cincuenta a quinientos días de salario, o trabajo a favor de la comunidad, de ochenta a doscientas cincuenta jornadas.

El tratamiento deberá ser conforme a las circunstancias de la mujer, comprendiendo la concientización sobre la afectación al bien jurídico tutelado.

En caso de reincidencia, la sanción consistirá en tratamiento médico integral y prisión de seis meses a un año.

Actualmente, el mismo código establece una sanción de seis meses a un año de prisión para la mujer que aborte y “no tenga mala fama, que haya logrado ocultar su embarazo o que el embarazo no sea fruto del matrimonio.”

Según la ley actual, de faltar alguna de las circunstancias mencionadas, la sanción será de hasta 5 años de prisión.

Staff Puebla On Line 2009
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