Buscan revertir artículo 86 en beneficio de choferes del transporte
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Nadie duda de la enorme capacidad que tienen los operadores del transporte público (llámense choferes) para poner en su contra al resto de la sociedad.
Ya sea como usuarios de ese transporte o como automovilistas, o como ambos, los habitantes de la ciudad de Puebla y su zona metropolitana conocen bien los niveles de irracionalidad con que suelen comportarse estos señores a la hora de ir detrás de un volante.
Aun así, con todo y esta carga de malestar social que traen a cuestas, estos trabajadores tienen que ser objeto de un trato igualitario en la ley, lo que no ha ocurrido en Puebla desde hace cinco años y medio, cuando un gobernador (de apellido Marín) y un aspirante a gobernador (de apellidos López Zavala) modificaron el Código de Defensa Social para aplicarles “mano dura” y quedar bien ante los ojos de ese “resto de la sociedad”.
Lo malo no fue la “dureza” con que comenzaron a castigarse las negligencias de los choferes cometidas en el ejercicio de su trabajo, sino que por hechos delictivos idénticos a los de conductores particulares fueron medidos (juzgados) con diferente rasero.
Aquello que a primera vista pareció un mero acto de justicia se convirtió pronto en un tema de inconstitucionalidad.
Mario Marín estuvo enterado de ello pero prefirió presumir que el gobierno de Puebla, el suyo, era un gobierno inmisericorde con los choferes homicidas, aunque por eso mismo atentara contra el máximo ordenamiento jurídico del país: la Constitución.
Si bien la confesión vertida en febrero pasado por el diputado panista Jorge Garcilazo Alcántara fue el adelanto de una magnífica noticia para operadores y concesionarios del transporte público, las palabras del secretario de Transportes, Bernardo Huerta Couttolenc, a favor de la derogación del artículo 86 de ese Código de Defensa Social, confirman el objetivo de la nueva administración por cumplir una de las más sentidas demandas del sector.
Las expresiones de Garcilazo, vertidas hace cinco meses, sumadas a las de Huerta, manifestadas el fin de semana, coinciden en volver a otorgarle a los conductores la posibilidad de obtener la libertad bajo fianza después de cometer homicidio culposo.
Y que lo digan el diputado presidente de la Comisión de Transportes en el Congreso, panista, y el secretario del ramo dentro del gabinete estatal, no es otra cosa más que la respuesta del gobierno morenovallista a la solicitud planteada en campaña por el gremio del transporte.
Bernardo Huerta considera discriminatoria la legislación actual, pues otorga beneficios a un conductor particular sobre uno del transporte público en relación a incidentes similares.
Él dirá que el tema compete a los legisladores y que son ellos quienes revisarán el tema para hacer las correcciones pertinentes.
La verdad es que la Secretaría a su cargo y la de Juan Pablo Piña, la Secretaría de Servicios Legales y Defensoría Pública, son las que están preparando una iniciativa de reforma para terminar con esa desigualdad.
Revise aquello que dice el Código en la actualidad.
Para los conductores ajenos al servicio público está el artículo 83:
“Los delitos culposos se sancionarán con prisión de tres días a cinco años y suspensión hasta de dos años del derecho de ejercer la profesión o el oficio, en cuyo ejercicio se hubiera cometido el delito.”
Y para los choferes, el 86:
“Cuando se cause homicidio por actos u omisiones culposos de quien realiza un servicio público de transporte, la sanción será de seis a 15 años de prisión e inhabilitación de dos a 10 años para transportar pasajeros, aun si lo hiciere en forma ocasional.”
Los particulares tienen derecho a la libertad bajo el pago de una fianza porque la sanción máxima establecida en la ley no rebasa los cinco años, a diferencia de los operadores del transporte, que por un “pequeño” ajuste se van hasta los 15 años.
Esa diferencia es por la que han protestado los transportistas en los últimos cinco años y medio.
Ya los escucharon.
El gobierno de Rafael Moreno Valle Rosas trabaja en la reforma.
Lo que todavía no definen Huerta y Piña es cómo eliminar el artículo 86 sin que se perciba una suerte de obsequio de impunidad a favor de los operadores.
Estos señores no son “hermanitas de la caridad” que merezcan la flexibilización de las leyes.
No pueden ni deben ser tratados con inequidad, pero tampoco con benevolencia.
Ahí es donde está empantanada la iniciativa.
Pero de que pronto desaparecerá el artículo 86 como se le conoce, ni lo dude.
Hasta la próxima.