Las reformas a las Leyes IV
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“La salud del pueblo
está en la supremacía
de la Ley.”
Cicerón
Maximino Ávila Camacho, protector de Carlos I. Betancourt, lo había impulsado para que fuera su sucesor, pero Gonzálo le ganó la candidatura, pues era más aguerrido y más avezado. De todas maneras, cuatro años después, ex gobernador puso gobernador, con el consentimiento del presidente Manuel Ávila Camacho.
Carlos había demostrado ser un mayordomo fiable y leal, aún cuan no fuera tan inteligente.
Maximino no quiso de candidato a alguno de los diputados federales, como Gustavo Díaz Ordaz o Alfonso M. Moreyra, compañeros de Carlos, pues eran demasiado talentosos.
El 17 de febrero de 1945, murió Maximino. Carlos, llevaba apenas unos días como gobernador, entonces pronto surgió una rebelión de diputados federales, de la fracción parlamentaria poblana, pidiendo la renuncia del protegido de Maximino, Carlos I. Betancourt.
Carlos “nombró” Secretario de Gobierno, al siempre fiel maximinista Dr. Bernardo Chávez Velázquez, quien en septiembre de 1946 se convirtió en diputado federal por Ciudad Serdán. Así, entonces, el nuevo Secretario de Gobierno fue el prestigiado abogado José Narváez Cano, quien terminó el sexenio.
En 1945, el gobernador observa con total indiferencia, la fundación estatal del naciente Partido Acción Nacional, el cual tuvo como primer presidente del Comité Regional al señor Adolfo Coghlan González.
Carlos I. Betancourt, se ocupó más de lo que hoy se llama infraestructura urbana, pues le entendía más a la ingeniería, aún cuando hay quien afirma que apenas pudo ser un topógrafo brillante.
Así, el 11 de mayo de 1945 se publica en el Periódico Oficial la Ley de Planificación y Zonificación del estado, a iniciativa del Ejecutivo aprobada por el Congreso del estado, cuyo Presidente de la Gran Comisión era el teziuteco Carlos Díaz Pumarino.
Para esos días, esta era una ley avanzada que consideraba la planificación integral, las vías públicas, las carreteras, la construcción de plazas, escuelas, hospitales, mercados, pavimentación, drenaje, alcantarillado, rastros, campos deportivos, estadios y naturalmente la edificación de edificios públicos y la localización de zonas industriales.
La ley se aplicaría a través de la Comisión Planificadora, el Departamento de Fomento, Comunicaciones y Economía, de la Junta Local de Caminos del Gobierno y, la entonces, Secciones de Obras Públicas Municipales y las Juntas de Mejoras Materiales.
El 29 de noviembre de 1949, se publicó la Ley Electoral que sustituía a la de 1920. Por cierto, se suprime el distrito de Libres y en su lugar se devuelve el rango de distrito a Zacapoaxtla, que era la tierra del gobernador.
Esta ley daba el carácter de ciudadanos a los poblanos mayores de dieciocho años si eran casados y de veintiuno años si no lo eran. La calidad de elector se adquiría con la inscripción en el Padrón Electoral.
También, se creó una “estructura institucional, mediante la cual se desvinculó completamente a las autoridades municipales de la organización de los procesos electorales de la entidad.
Incluso, por vez primera, la legislación de la materia contemplaba un capítulo específico para los órganos electorales.
Desaparecieron las Juntas Computadoras, asumiendo sus funciones la Comisión Estatal de Vigilancia Electoral, las Comisiones Distritales y los Comités Municipales Electorales. Pero sobre todo, se integraron formalmente los Poderos Legislativos y Ejecutivo en el organismo encargado de organizar las elecciones.
Se creó el Consejo del Padrón Electoral, de acuerdo al Artículo 45. Este órgano estaría integrado por funcionarios del Poder Ejecutivo:
-El Oficial Mayor
-El Jefe de la Sección de Estadística, y
-El Jefe del Archivo General del Gobierno del Estado.
Se modificó el Sistema Electoral, mediante la reforma al Artículo 41, cambiando la división territorial. El número de distritos aumentó de 12 a 16.
Hay que advertir que desaparecieron las candidaturas independientes y las de los partidos políticos municipales.
Esta modificación de la Ley Electoral, muestra el control que ejercía el régimen sobre la vida electoral en el estado, dando un agigantado paso para limitar las candidaturas independientes, como fue la del Dr. Nicolás Vázquez Arreola en las elecciones municipales de 1948, para el caso del municipio de Puebla.
El gobierno de Carlos I. Betancourt, enfatizaba la creación de una institución que garantizaría la confianza en los procesos electorales.
La casi nula oposición en el estado, no estaba preparada para participar en la realización de reformas adecuadas a sus intereses, así que, únicamente les quedaba el recurso de complicar la toma de posesión de los nuevos Ayuntamientos.
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