Un engaño el foro para la Ley Indígena que se realizó en Cuetzalan
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La consulta a los pueblos indígenas que la Comisión de Asuntos Indígenas del Congreso estatal realizó en esta ciudad el pasado lunes es una “falsedad” debido a que no se convocó a las instituciones representativas de cada comunidad y no fue citado por las propias poblaciones indígenas, además nada garantiza que las opiniones recabadas se vayan a tomar en cuenta, señalaron los participantes del foro realizado en el auditorio municipal de esta ciudad.
CUETZALAN, Pue.- La consulta a los pueblos indígenas que la Comisión de Asuntos Indígenas del Congreso estatal realizó en esta ciudad el pasado lunes es una “falsedad” debido a que no se convocó a las instituciones representativas de cada comunidad y no fue citado por las propias poblaciones indígenas, además nada garantiza que las opiniones recabadas se vayan a tomar en cuenta, señalaron los participantes del foro realizado en el auditorio municipal de esta ciudad.
“Yo tengo una crítica porque están utilizando la palabra consulta, y creo que esto no es una consulta, es una falsedad”, afirmó Ignacio Rivadeneira Pasquel, quien por muchos años ha trabajado en la defensa de los derechos de las poblaciones indígenas de la zona y es ex integrante de la Comisión Takachiualis de la junta auxiliar de San Miguel Tzinacapan.
Añadió que “el convenio 169 de la Organización Internacional del Trabajo (OIT) dice que para la modificación de cualquier ley se tiene que consultar a las instituciones de los pueblos indígenas, es decir, a los fiscales, mayordomos, diputados de las fiestas, tenientes y danzantes y médicos tradicionales, por lo tanto en este momento no se están consultando a las instituciones indígenas que nos representan”,
Por otro lado, dijo que el método que el Congreso utilizó para convocar a los consultados tampoco fue el adecuado porque los que deberían de haber convocado son las propias instituciones indígenas y de acuerdo a una serie de procedimientos que ellos debieron haber indicado para que fuera realmente representativo.
Explicó que cuando se modificó el artículo segundo constitucional los legisladores solo vieron sus propios intereses sin tomar en cuenta que los derechos indígenas son derechos que los pueblos siempre han tenido y vivido y que lo que tiene que aparecer en la modificación de la constitución es lo que crean mejor, lo que se refleja en las comunidades, por lo que existe el riesgo de que las consultas que se llevan a cabo tengan la misma suerte, es decir, que los diputados locales vean sus propias conveniencias sin efectuar un estudio verdadero de los sistemas normativos que se viven en las comunidades indígenas.
Para Hermilo Diego Mendoza, juez indígena del municipio, “probablemente las opiniones que se dieron puede que se tomen en cuenta o puede que no, no existe ninguna garantía”, porque para una verdadera consulta a los pueblos indígenas “deberían primero consultar a la población y después analizar lo recabado en el congreso”, porque aquí se le consultó a la gente de un tema que ni siquiera conocía”.
SE TRATA DE REIVINDICAR LOS DERECHOS INDÍGENAS
En tanto, la presidenta de la Comisión de Asuntos Indígenas del Congreso del estado, Josefina García Hernández, dijo que en la reciente modificación a la constitución local, en la que se adiciona un segundo párrafo al Artículo 13 de la Constitución Política del Estado y en el cual se señala que el estado reconoce a las comunidades indígenas la calidad de sujetos de derecho público, con personalidad jurídica y patrimonios propios, “reivindica los derechos de los pueblos indígenas”.
Explicó que esto significa que los pueblos indígenas y las comunidades podrán ser parte del gobierno y podrán participar en las tomas de decisiones tanto en el poder Ejecutivo, Judicial, Legislativo, municipal y en juntas auxiliares, por lo que de esta manera podrán fortalecer sus formas internas de organización y las decisiones que se tomen en las comunidades deberán ser respetadas por las demás instancias de gobierno o los demás poderes, se trata según dijo “de darle esa autoridad a las propias poblaciones y sus comunidades”.